Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2006 (21/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 21 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Dictan Normas de Aplicacion de la Ordenanza Nº 255-MDMM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004 18 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, mediante Ordenanza Nº 255-MDMM se MORDAZA el funcionamiento de kioscos de venta de periodicos, diarios y revistas ubicados en areas de uso publico del distrito de MORDAZA del Mar; considerando que de conformidad con el articulo 56º de la Ley Nº 27972, las vias y areas publicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso publico resultando necesario mantener el orden y el ornato de los mismos; Que, es necesario dictar normas especificas de aplicacion de la precitada Ordenanza, con el fin de viabilizar la labor municipal, sin dejar de reconocer, dentro de sus alcances, la legislacion que ampara a los expendedores de diarios, revistas y billetes de loteria contenida en la Ley Nº 10674; Que, de conformidad con el articulo 42º de la Ley Nº 27972, los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas; DECRETA: Articulo Primero.- Es objeto del presente Decreto de Alcaldia desarrollar y establecer normas de aplicacion de la Ordenanza Nº 255-MDMM. Articulo Segundo.- Entiendase que las disposiciones de la Ordenanza Nº 255-MDMM relacionadas con la obtencion del permiso municipal para el funcionamiento de los kioscos de ventas de periodicos, diarios y revistas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, son aplicadas a los conductores que no cuentan con licencia o autorizacion municipal vigente. Los conductores que cuentan con licencia o autorizacion municipal vigente desarrollaran el giro consignado en el documento de autorizacion. Articulo Tercero.- Para efectos del control y la fiscalizacion municipal, no se consideran como exhibidores adicionales para la venta de periodicos, diarios y revistas, a los elementos que forman parte integrante del modulo del kiosco. Articulo Cuarto.- Para efectos de la aplicacion del articulo decimo setimo de la Ordenanza Nº 255-MDMM, no se considera publicidad que requiere autorizacion municipal a aquella que resulta inherente a la actividad de venta de periodicos, diarios y revistas. No obstante, esta disposicion no faculta al pegado o fijado de dicha publicidad en los exteriores del modulo del kiosco. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Disponer que en el plazo MORDAZA de 30 dias de publicado en el presente Decreto de Alcaldia, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras expida la Resolucion a que se refiere el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 255-MDMM. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 09013

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban normas sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para la Localizacion de Actividades Urbanas del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 17 Miraflores, 15 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Art. 42º de la Ley Nº 27972, establece que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes del vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 920-2006 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprueba el reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo del distrito de Miraflores, conformante del area de tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; Que, asimismo, la tercera disposicion transitoria de dicha Ordenanza establece que "dentro del plazo de 45 dias calendario, la Municipalidad Distrital de Miraflores, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, las normas sobre Estandares de Calidad y el cuadro de Niveles Operacionales para la Localizacion de Actividades Urbanas del distrito"; Que, con esa finalidad, la Subgerencia de Planificacion Estrategica y Ambiental elaboro el informe Nº 61-2006-SPEA/ MM de la propuesta sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para la Localizacion de Actividades Urbanas del distrito, la cual fue remitida al Area Ejecutiva de Gestion MORDAZA (GTA.01) para que realice las observaciones y recomendaciones que considere pertinentes; Que, con fecha 24 de MORDAZA de 2006, el Area Ejecutiva de Gestion MORDAZA (GTA.01) remite el informe Nº 104-2006GTA.01/MM, en el cual realiza las recomendaciones del caso, las que han sido consideradas por la Subgerencia de Planificacion Estrategica y Ambiental en la propuesta sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para la Localizacion de Actividades Urbanas del distrito; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar las normas sobre Estandares de Calidad y Niveles Operacionales para la Localizacion de Actividades Urbanas del distrito, que como anexo forma parte del presente Decreto. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tramites y Autorizaciones, a la Gerencia de Fiscalizacion y Control y a la Gerencia de Planificacion Local el cumplimiento de las normas aprobadas por el presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NORMAS SOBRE ESTANDARES DE CALIDAD Y NIVELES OPERACIONALES PARA LA LOCALIZACION DE ACTIVIDADES URBANAS EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES I CONTENIDO II AMBITO DE APLICACION III ESTANDARES DE CALIDAD

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