Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2006 (21/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de MORDAZA de 2006

IV DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA MIVIVIENDA EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES V NIVELES OPERACIONALES PARA LAS ACTIVIDADES COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES VI APLICACION DE LAS NORMAS I. CONTENIDO La presente MORDAZA se adecua a la normatividad Metropolitana vigente, dispuesta en la tercera disposicion transitoria de la Ordenanza Nº 920-2006/MML QUE APRUEBA EL REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL DISTRITO DE MIRAFLORES CONFORMANTE DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO III DE MORDAZA METROPOLITANA, concordado con el una "Plan MORDAZA Distrital de Miraflores 1996-2010". II. AMBITO DE APLICACION Para los propositos de la presente MORDAZA, el ambito de aplicacion esta constituido por la jurisdiccion del distrito de Miraflores, conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana. II.1 Delimitacion de Zonas II.1.1 En el Plano de Zonificacion General del Distrito de Miraflores se han delimitado las distintas zonas mediante lineas que pasan por el eje de las vias o cruzan las manzanas por los limites de propiedad. II.1.2 En las areas ya habilitadas, las lineas limite de MORDAZA deben interpretarse de la siguiente manera: a. Linea divisoria en eje de via.Diferencia los usos del suelo en los lotes que dan frente a una misma MORDAZA (ver grafico Nº 1). GRAFICO Nº 1:

c. Lotes con frente a dos calles paralelas.Cuando un lote da frente a dos calles paralelas y esta MORDAZA por una "linea limite de zonas", cada MORDAZA afectara al terreno en areas proporcionales a los fondos del lote normativo. Solo en casos especiales podra optarse por uno de los usos, previo dictamen de la Comision Tecnica correspondiente. d. En lotes con area mayor a 10,000 m 2. que se encuentren frente a vias calificadas de caracter metropolitano se aplicara la zonificacion de mayor jerarquia hasta una longitud de 30 metros lineales medidos desde el limite de propiedad (ver grafico Nº 3). GRAFICO Nº 3:

III. ESTANDARES DE CALIDAD III.1 Altura de Edificacion La altura de edificacion se medira sobre el frente de vereda de la linea municipal (cota mas baja de la vereda) y sera la establecida en los Planos de Altura de Edificacion del distrito de Miraflores correspondiente al Area de Tratamiento III de MORDAZA Metropolitana, con las siguientes precisiones: III.1.a. En las zonas donde la altura de edificacion esta asignada como: 1.5 (a + r) Donde: b. Linea divisoria que corta la manzana.Diferencia los usos del suelo teniendo como base la profundidad del lote cuyo frente esta afectado por un uso determinado. Esto es aplicable tambien cuando dos lineas divisorias atraviesan una manzana determinando vias de dos usos (ver grafico Nº 2). GRAFICO Nº 2: a : Seccion de la via. r : Suma de retiros reglamentarios en ambos lados de la via. No se permitira mayor altura de edificacion por mas que la edificacion se retire a una distancia mayor del retiro reglamentario, no existira tolerancia alguna para este parametro. III.1.b. En edificios multifamiliares de uso residencial, ubicados en RDB (Residencial de Densidad Baja) con altura de edificacion MORDAZA de 3 o 4 pisos, podran incrementar esta altura MORDAZA de edificacion hasta 1.20 metros adicionales para el uso exclusivo de estacionamientos en semisotano. III.1.c. En aquellos lotes ubicados en esquina cuyo lindero (lateral o posterior) colinde con un lote de zonificacion inferior (por lo tanto, con menor altura), se podra adoptar la mayor altura de edificacion en una longitud no mayor a 30 metros lineales medidos a partir de la esquina y en direccion hacia el lote de menor zonificacion. III.1.d. El caso de COLINDANCIA POSTERIOR en las zonas RDB (Residencial de Densidad Baja) descrito

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