Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

352416

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

confianza de Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio del Interior, Nivel F-5. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

102725-1

- Monto maximo: S/. 30 000,00 (TREINTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) - Plazo MORDAZA del credito: 4 anos y 6 meses - Periodo de gracia: 6 meses - Tasa de interes: 2% (dos por ciento) anual. - Descuento del 20% (veinte por ciento) del monto del prestamo para los beneficiarios que cumplan con pagar puntualmente cada una de las correspondientes cuotas del prestamo. El FONDEPES establecera las condiciones complementarias que considere necesarias para el otorgamiento de los creditos a que se refiere el presente articulo, asi como las condiciones para el desembolso y pago de los mismos. Articulo 2º.- Rehabilitacion y mejoramiento de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales Autorizar al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES a destinar la suma de S/. 3 032 500,00 (TRES MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) de la transferencia de partidas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 131-2007-EF, a realizar inversiones destinadas a la rehabilitacion de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales de Tambo de MORDAZA, San MORDAZA, El Chaco, Lagunillas y MORDAZA Grande, que permitan reactivar su operatividad. Las referidas inversiones se ejecutaran en etapas, con sujecion a lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 011-2007EF/68.01, conforme a lo siguiente:
DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL Tambo de MORDAZA San MORDAZA El Chaco Lagunillas MORDAZA Grande ACCIONES ACCIONES ACCIONES DE PRIMER DE MORDAZA DE TERCER ORDEN ORDEN ORDEN 95 000 -----200 000 1 520 000 750 000 41 500 30 000 --108 000 125 000 --38 000 125 000 --TOTAL: S/. MONTO TOTAL 95 000 2 470 000 71 500 233 000 163 000 3 032 500

PRODUCE
Otorgan creditos a pescadores artesanales perjudicados por el sismo del 15 de agosto de 2007
DECRETO SUPREMO Nº 017-2007-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007PCM, cuyos alcances fueron ampliados por Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM, se declaro en Estado de Emergencia al departamento de Ica, la provincia de Canete y los distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima; asi como, las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, como consecuencia del fuerte sismo registrado en el MORDAZA el 15 de agosto de 2007; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 131-2007-EF se autorizo una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, hasta por la suma de S/. 6 032 500,00 (SEIS MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Produccion; Que, el FONDEPES es un Organismo Publico Descentralizado, que tiene por funciones canalizar creditos para propiciar el desarrollo sostenible de la pesqueria artesanal, asi como, proporcionar asistencia tecnica para el diseno, mejoramiento, reparacion, operacion y mantenimiento de la infraestructura pesquera artesanal; Que, la transferencia de partidas mencionada fue otorgada a efectos de brindar apoyo financiero mediante creditos a los pescadores artesanales de las zonas afectadas por el terremoto del dia 15 de agosto, asi como para la rehabilitacion de la infraestructura de los desembarcaderos pesqueros afectados con ocasion del referido sismo; Que, en dicho contexto es necesario que el FONDEPES cuente con disposiciones legales especificas que establezcan las condiciones generales para la adecuada, ordenada y eficiente ejecucion de los recursos transferidos; Que, asimismo, se ha verificado la existencia de infraestructura pesquera danada, cuya titularidad o tenencia se encuentra a cargo de diversas entidades del Estado, que requieren a efectos de su rehabilitacion de asistencia tecnica por parte del FONDEPES; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27789 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; DECRETA: Articulo 1º.- Otorgamiento de creditos a los pescadores artesanales Autorizar al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES a destinar la suma de S/. 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) de la transferencia de partidas a que se refiere el Decreto Supremo Nº 1312007-EF, para el otorgamiento de creditos a favor de los pescadores artesanales perjudicados por el sismo ocurrido el 15 de agosto de 2007, bajo las siguientes condiciones:

Articulo 3º.- Asistencia tecnica El Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES brindara asistencia tecnica para coadyuvar en la recuperacion integral de la infraestructura pesquera danada que pertenece o se encuentra a cargo de entidades del Estado no adscritas al Sector Produccion. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de agosto del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

102709-7

Autorizan viaje de representantes del Ministerio y del IMARPE para participar en la Cuarta Ronda de Negociaciones para crear un organismo regional pesquero que regule el alta mar del MORDAZA Sur
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2007-PRODUCE
MORDAZA, 29 de agosto del 2007 VISTOS: el Informe Nº 002-2007-PRODUCE/DVPAs.AGM del Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Informe Nº 433-2007-PRODUCE/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el Informe (Viaje) Nº 00052-2007PRODUCE/OGPP-Octai de la Oficina de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.