Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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PROYECTO
SEMAT SEAT SEMT MORDAZA MORDAZA MORDAZA Igual o Mayor que 138 kV

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

MORDAZA "Procedimiento para la Determinacion de los Costo de Operacion y Mantenimiento para la Regulacion de los Sistemas Secundarios de Transmision" (en adelante "Procedimiento COyM"), por no ajustarse a lo establecido en la Ley Nº 28832 y en el D.S. Nº 027-2007-EM; Que, en ese sentido, y en consideracion a lo senalado en los literales b) y c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos3 y en el Articulo 4º de la Ley 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas4, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº XXXX-2007-OS/CD, se dispuso la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de OSINERGMIN, del proyecto de resolucion que fija los "Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estandar de Operacion y Mantenimiento de las Instalaciones de Transmision"; asi como, de la informacion de sustento, para que las empresas titulares de los SST y SCT e interesados presenten sus comentarios y sugerencias a la misma, sin que esto tenga caracter vinculante ni de lugar a procedimiento administrativo; Que, el Articulo 2º de la Resolucion OSINERGMIN Nº XXX-2007-OS/CD otorgo un plazo de quince (15) dias calendario contados desde la fecha de la publicacion, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias, al proyecto de resolucion e informacion que la sustenta, prepublicados; a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria; Que, luego de analizados y revisados los comentarios presentados al proyecto de resolucion e informacion que la sustenta, prepublicados, corresponde la aprobacion de los "Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estandar de Operacion y Mantenimiento de las Instalaciones de Transmision"; Que, asimismo, debe dejarse sin efecto la MORDAZA "Procedimiento para la Determinacion de el Costo Anual Estandar para la Regulacion de los Sistemas Secundarios de Transmision", aprobada mediante Resolucion OSINERG Nº 415-2005-OS/CD, la cual no se ajusta a lo establecido en la Ley Nº 28832 y en el Decreto Supremo Nº 027-2007EM; Que, en este sentido, se han emitidos los Informes Nº XXXX-2007-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN y Nº XXXXX-2007-GART, de la Division de Generacion y Transmision Electrica del OSINERGMIN, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en el Decreto Supremo 029-2002-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como, en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estandar de Operacion y Mantenimiento de las Instalaciones de Transmision", aplicables para el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA de 2009 y el 30 de MORDAZA de 2015, conforme el siguiente detalle:

3,00% 4,00% 4,07%

Mayor que 30 kV y menor que 138 kV Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV,(*)

(*) Aplicable solo para celdas de Alimentadores en Media Tension ubicadas dentro de las subestaciones del sistema de transmision. (**) Para el caso de transformadores se debe aplicar el factor correspondiente al nivel de tension del lado primario.

Articulo 2º.- Deroguese la MORDAZA "Procedimiento para la Determinacion de el Costo Anual Estandar para la Regulacion de los Sistemas Secundarios de Transmision, aprobada con Resolucion OSINERG Nº 415-2005-OS/CD. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con los archivos magneticos que sustentan los porcentajes a que se refiere el Articulo 1º y el Informe Nº 0xxx-2007-GART que la sustenta, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN EXPOSICION DE MOTIVOS El Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas (en adelante "RLCE"), aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y modificado con el Decreto Supremo Nº 027-2007-EM, establece los conceptos y pautas aplicables para la regulacion de las instalaciones de transmision, correspondientes al Sistema MORDAZA de Transmision (en adelante "SST") y al Sistema Complementario de Transmision (en adelante "SCT"). Que, el referido Articulo 139º modificado, en el numeral II) de su literal b), establece que el Costo Medio Anual de las instalaciones de transmision que no conforman los SST remunerados de forma exclusiva por la demanda, estara conformado por la anualidad de la inversion y el correspondiente costo anual estandar de operacion y mantenimiento. Seguidamente, el numeral VI) senala que el costo anual estandar de operacion y mantenimiento sera equivalente a un porcentaje del costo de inversion, que sera determinado y aprobado por OSINERGMIN cada seis (6) anos: Teniendo en cuenta la extensa duracion que por su complejidad tendra el MORDAZA regulatorio de los SST y SCT del que resultaran las tarifas aplicables a partir del 1 de MORDAZA del 2009 y el hecho que los agentes deben incluir en sus propuestas tarifarias el respectivo costo anual estandar de operacion y mantenimiento, resulta necesario aprobar lo MORDAZA posible los porcentajes para calcular dicho costo, los cuales seran aplicables para el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA de 2009 y 30 de MORDAZA de 2015. Los criterios que fundamentan los porcentajes que se fijan, se encuentran expuestos en el Informe Tecnico que sustenta la prepublicacion.
3

Articulo 3º.- Funciones 3.1 Dentro de sus respectivos ambitos de competencia, los Organismos Reguladores ejercen las siguientes funciones: (...) b) Funcion reguladora: comprende la facultad de fijar las tarifas de los servicios bajo su ambito; c) Funcion normativa: comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; (...) 3.3 Estas funciones seran ejercidas con los alcances y limitaciones que se establezcan en sus respectivas leyes y reglamentos. Articulo. 4º. ­ Transparencia de la informacion.- Las empresas prestadoras y las organizaciones representativas de usuarios, asi como toda persona, tienen el derecho a acceder a los informes, estudios, dictamenes, modelos economicos y memorias anuales que constituyan el sustento de las Resoluciones que fijan los precios regulados, de conformidad con lo establecido en el articulo 2º, incisos 5) y 6) de la Constitucion del Estado. Asimismo, el Organismo Regulador debera prepublicar, en su pagina web institucional y en el diario oficial El Peruano, el Proyecto de la Resolucion que fije la tarifa regulada y una relacion de la informacion a que se refiere el parrafo anterior, con una antelacion no menor a 15 dias habiles. La Resolucion que fija las tarifas reguladas, su exposicion de motivos, asi como toda Resolucion que pudiera tener implicancia en dicho MORDAZA, debera ser publicada en el diario oficial El Peruano, bajo sancion de nulidad.

4

Codigo

Para Instalaciones

% respecto de Costo de Inversion

Ubicadas en COMAT COAT COMT SIMAT SIAT SIMT Costa Costa Costa MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Nivel de Tension** Igual o Mayor que 138 kV Mayor que 30 kV y menor que 138 kV Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV,(*) Igual o Mayor que 138 kV Mayor que 30 kV y menor que 138 kV Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV,(*) 3,00% 3,13% 3,61% 2,74% 3,48% 3,81%

102403-1

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