Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, mediante Ley Nº 29076, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el dia de ayer jueves 23 de agosto del 2007, se autorizo en su articulo primero entre otros a los Gobiernos Regionales previo Acuerdo de Consejo, a disponer recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalias mineras con el fin de destinarlo a la asistencia y ayuda de la poblacion damnificada como consecuencia del terremoto del 15 de agosto del 2007 y que afectara entre otras provincias de nuestro MORDAZA, a las provincias de Canete y Yauyos las cuales se encuentran dentro de la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA por lo que dicha ayuda debe estar destinada a la reconstruccion, rehabilitacion y reparacion de la infraestructura afectada; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007PCM de fecha 16 de agosto del 2007, el Gobierno Central declaro en emergencia la provincia de Canete por el plazo de sesenta (60) dias naturales, asimismo por Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM de fecha 16 de agosto del 2007, el Gobierno Central declaro en emergencia la provincia de Canete por el plazo de sesenta (60) dias naturales; Que, segun el informe puesto a conocimiento de las Consejeras y Consejeros en la sesion extraordinaria, en la cual se informe que por concepto de canon, sobrecanon y regalias mineras, de los anos anteriores se tiene un total de 22,141,162 nuevos soles, monto que estaria comprometido en la ejecucion de proyectos de inversion desde el ano 2003 a la fecha; Que, tras las deliberaciones respectivas entre los senores Consejeros y senoras Consejeras Regionales a la Sesion Extraordinaria del Consejo Regional del dia viernes 24 de agosto de 2007, llevada a cabo en la MORDAZA de Canete, y con el MORDAZA en mayoria de sus integrantes concurrentes a dicha sesion (con una abstencion del Consejero Regional por la provincia de Oyon, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Murga), en uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales", concordante con el articulo 39º del mismo cuerpo legal; ACUERDA: Articulo Primero.- SOLICITAR al Gobierno Regional de MORDAZA un informe Presupuestal, detallado y documentado sobre la aprobacion, ejecucion y evaluacion del saldo presupuestal de la gestion anterior (2003-2006). Asimismo un informe tecnico de Infraestructura de las obras y su citacion legal de las mismas. Ambos pedidos se realizaran por provincia, periodo 2003-2006. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo de Consejo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada

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Modifican el Programa de Inversiones Concertado 2007 del Gobierno Regional de MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 60-2007-CR/GRL
Canete, 24 de agosto del 2007. VISTOS: La Ley Nº 29076, Ley de Solidaridad con las Localidades Afectadas con el Sismo del 15 de agosto del 2007; los Decretos Supremos Nºs. 068-2007-PCM, 071-2007-PCM y 075-2007-PCM que declaran en Estado de Emergencia las provincias de Canete y Yauyos.

Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Gobierno Nacional a traves de los Decretos Supremos Nºs. 068-2007-PCM, 071-2007-PCM y 075-2007PCM, ha declarado en estado de emergencia al departamento de MORDAZA, las provincias de Canete, Yauyos en el departamento de MORDAZA, y a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica, en el departamento de Huancavelica con el fin de que se ejecuten las acciones inmediatas para destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas por el sismo del 15 de agosto del 2007; Que, la Ley Nº 29076, Ley de Solidaridad con las Localidades Afectadas con el Sismo del 15 de agosto del 2007, autoriza a los gobiernos regionales y a las municipalidades provinciales y distritales de las localidades afectadas por el 15 de agosto del 2007 y declaradas en emergencia, a utilizar, previa aprobacion mediante Acuerdo de Consejo Regional o Consejo Municipal, segun corresponda, los recursos que perciben por ingresos provenientes del canon, sobrecanon y regalia minera a que se refiere la Ley Nº 28258, para destinarlos exclusivamente a la asistencia y ayuda de la poblacion damnificada por dicho desastre natural, asi como a la reconstruccion, rehabilitacion y reparacion de la infraestructura afectada; Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 010-2007-CR/ GRL se aprobo el Programa de Inversiones Concertado 2007, entre las cuales se considero que los proyectos: "Construccion del Sistema de Agua y Alcantarillado en el Asentamiento Humano Olof Palme y Construccion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en el Asentamiento Humano 15 de Enero", con una prevision presupuestal de S/.1,100,000.00 cada uno, localizados en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, los cuales tienen previsto su financiamiento a traves del Shock de Inversiones del Programa "Agua Para Todos" del Ministerio de Vivienda asimismo se considero el proyecto "Represamiento de la MORDAZA Tutacocha" en la provincia de Yauyos con una prevision presupuestal de S/.1,100,000.00; Que, dado los significativos danos ocasionados en la provincia de Canete y Yauyos, es conveniente modificar el Programa de Inversiones Concertado 2007 asignando los recursos de los mencionados proyectos para financiar las acciones de emergencia en el distrito de MORDAZA, y demas localidades afectadas de las provincias de Canete y Yauyos, por el sismo del 15 de agosto del 2007, modificacion que cuenta con la consenso del MORDAZA Provincial de Canete y del MORDAZA Distrital de Chilca; Que, asimismo dada la envergadura de los danos ocasionados por el sismo que ha afectado a 4,500 viviendas y a una poblacion aproximada de 22,000 pobladores de las provincias de Canete y Yauyos, asi como danos a la infraestructura educativa que pone en riesgo la continuidad de las labores escolares, la infraestructura vial que mantiene incomunicados a la poblacion de la MORDAZA altoandina de la provincia de Yauyos, y a la infraestructura de riego que afecta la actividad MORDAZA principal fuente de ingreso de la poblacion, se hace necesario dentro de los alcances de lo dispuesto por la Ley Nº 29076, aprobar que la Presidencia del Gobierno Regional utilice los recursos de Canon, Sobrecanon y Regalias Mineras para financiar las acciones de asistencia y ayuda de la poblacion damnificada por dicho desastre natural, asi como a la reconstruccion, rehabilitacion y reparacion de la infraestructura afectada en las provincias mencionadas; Que, luego de la propuesta efectuada por el Presidente Regional de MORDAZA, se acordo que la votacion del presente Acuerdo de Consejo, se iba a efectuar articulo por articulo, siendo que el primer, tercer y MORDAZA articulo fue aprobado por mayoria (seis votos a favor y una abstencion del Consejero Regional por la provincia de Canete ingeniero MORDAZA MORDAZA Mosto Fonseca) mientras que el MORDAZA articulo fue aprobado por MORDAZA unanime de las Consejeras y Consejeros concurrentes a la sesion extraordinaria llevada a cabo en la MORDAZA de San MORDAZA de Canete, el dia 24 de agosto del 2007; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 - "Ley Organica de

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