Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2007 (30/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

352441

Designan Asesora II de la Primera Adjuntia de la Defensoria del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 053-2007/DP
MORDAZA, 29 de agosto de 2007. VISTO: El Memorando Nº 652-2007-DP/OGRH que adjunta los Memorandos Nºs. 893-2007/PAD y 472-2007-DP/OPP, mediante el cual se solicita la emision de la resolucion autoritativa que designe al Asesor II de la Primera Adjuntia de la Defensoria del Pueblo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y mediante la Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el regimen laboral del personal de la Defensoria del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, el articulo 33º de la Ley Organica de la Defensoria establece que es potestad de la Defensora del Pueblo designar libremente a los asesores necesarios para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con el reglamento y dentro de los limites presupuestales; Que, el articulo 43o del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, establece que son trabajadores de confianza aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador, y cuyas opiniones o informes son presentados directamente al personal de direccion; Que, el numeral 2) del articulo 4º de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, senala que se considera empleado de confianza a aquel que desempena un cargo tecnico o politico, distinto al de funcionario publico; de igual modo, el empleado de confianza forma parte del entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningun caso su porcentaje sera mayor al cinco por ciento (5%) de los servidores publicos existentes en cada entidad; Que, el literal ii) del numeral 2) del articulo 4° de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, senala que esta permitida la designacion de cargos de confianza conforme a los documentos de gestion de la entidad y a la normatividad vigente; Que, a traves de la Resolucion Defensorial Nº 0522007/DP se dio por concluida la designacion de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de confianza de Asesora II de la Primera Adjuntia de la Defensoria del Pueblo, a partir del 1º de setiembre del 2007; Que, con el fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional resulta necesario designar al titular que desempene el cargo de confianza de Asesor II de la Primera Adjuntia de la Defensoria del Pueblo, con Categoria y Nivel D7, en la Plaza 024, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 033-2007/DP, como con el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 0035-2006/ DP y sus modificatorias aprobadas mediante Resoluciones Administrativas Nº 007-2007/DP, Nº 0014-2007/DP, Nº 00302007/DP y Nº 0036-2007/DP; Que, asimismo, la Oficina de Planificacion y Presupuesto, a traves del Memorando Nº 472-2007-DP/ OPP senala que la referida accion de personal se encuentra presupuestada, por lo que es procedente designar a su titular; Que, mediante la Resolucion Defensorial N° 020-2007/ DP se designo a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FernanZegarra de Belaunde, en el cargo de Jefa de la Oficina Defensorial de MORDAZA, con Categoria y Nivel D7, en la Plaza 265, con efectividad al 10 de MORDAZA del 2007; Que, por necesidad del servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la designacion anteriormente referida, disponiendose designar como Asesora II de la Primera Adjuntia de la Defensoria del Pueblo a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernan-Zegarra de Belaunde;

Que, asimismo, la precitada Asesora II se encargara de la Jefatura de la Oficina Defensorial de MORDAZA, hasta la designacion de su titular; Con los visados de la Primera Adjuntia y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos, de Administracion y Finanzas y de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5°, el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 33º de la Ley N° 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y en concordancia con los literales d) y o) del articulo 8º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Defensorial N° 0039-2006/ DP, el literal a) de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el numeral 2) del articulo 4º de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; el literal ii) del numeral 2) del articulo 4° de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, y el articulo 43º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designacion de la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNANZEGARRA DE BELAUNDE, en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina Defensorial de MORDAZA, que sera efectiva a partir del 1º de setiembre del 2007. Articulo Segundo.- DESIGNAR a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNAN-ZEGARRA DE BELAUNDE en el cargo de confianza de Asesora II de la Primera Adjuntia de la Defensoria del Pueblo, con Categoria y Nivel D7, Plaza 024, a partir del 1º de setiembre del 2007. Articulo Tercero.- ENCARGAR las funciones de la Oficina Defensorial de MORDAZA a la precitada Asesora II, hasta la designacion de su titular, a partir del 1º de setiembre del 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 744-2007-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 28 de agosto de 2007 VISTOS: Los Oficios Nºs. 2358 y 2477 -2007/GPDR/ RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe N° 1047-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identificacion Dactilar ­ AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades multiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologacion Monodactilar Nº 1127, 1596, 1628, 1617, 1630, 1497, 1650, 1622, 1603, 1640, 1085, 1522, 1595, 1683, 1594, 1415, 1568, 1612, 1535 y 1633/DDG/GPDR/ RENIEC, se determino que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripcion con datos distintos; siendo dichas inscripciones las siguientes:

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