Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2007 (29/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Nombres y Apellidos MORDAZA Lutgardo Belevan Mc Bride MORDAZA MORDAZA Nunez-Melgar Maguina Viaticos (*) del 1 al 3 de MORDAZA de 2007 por el total US$ 100.00 100.00

NORMAS LEGALES
Tarifa Aeropuerto MORDAZA US$ 30.25 30.25

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2007

(*)En el presente caso, los viaticos solo comprenden el concepto de movilidad local. Articulo Cuarto.- La participacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada Conferencia, los mencionados funcionarios diplomaticos deberan presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Sexto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 78139-1

Que, los explotadores aereos han presentado ante la autoridad aeronautica civil distintas solicitudes para ser atendidas durante el mes de MORDAZA de 2007, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 11 y 13, correspondientes a la Direccion General de Aeronautica Civil, previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los solicitantes han cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondientes a los Procedimientos a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes de los servicios, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende de las respectivas ordenes de inspeccion, y referidas en los Informes Nº 0307-2007-MTC/12 y Nº 0308-2007-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar los viajes en comision de servicios de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran entre el 2 al 13 de MORDAZA de 2007, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 201-2007MTC/12.04, Nº 202-2007-MTC/12.04, Nº 0307-2007MTC/12 y Nº 0308-2007-MTC/12. Articulo 2°.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas solicitantes, a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifas de uso de aeropuerto. Articulo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ucrania y Colombia, en comision de servicios y sin irrogar gastos al Estado
RESOLUCION SUPREMA N° 044-2007-MTC MORDAZA, 28 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, publicado el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean;

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