Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2007 (12/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2007

a. Presentar a la Comision Especial de Implementacion propuestas de politicas y objetivos para la adecuada implementacion progresiva del MORDAZA Codigo Procesal Penal. b. Alcanzar a la Comision Especial de Implementacion propuestas de modificacion del Plan de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como otros planes, programas y proyectos relacionados con la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. c. Elevar a la Comision Especial de Implementacion propuestas de modificacion del calendario oficial de aplicacion progresiva del MORDAZA Codigo Procesal Penal. d. Presentar a la Comision Especial de Implementacion propuestas de anteproyectos de normas que MORDAZA necesarios para la transferencia de los recursos presupuestarios para la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. e. Alcanzar a la Comision Especial de Implementacion informes sobre los programas anuales de adecuacion, provision de recursos materiales y humanos que permitan la ejecucion del Plan de Implementacion progresiva del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de las propuestas de los proyectos de reforma legal que se requiera, respecto de los sectores e instituciones integrantes de la referida Comision. f. Elevar a la Comision Especial de Implementacion informes sobre la concordancia, supervision, seguimiento, evaluacion o monitoreo de los planes y programas de implementacion, respecto de los sectores e instituciones integrantes de la referida Comision, asi como del MORDAZA de implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. g. Presentar a la Comision Especial de Implementacion propuestas e informes sobre la conformacion de los equipos tecnicos de trabajo y la contratacion de consultorias especializadas por parte de sus miembros. h. Solicitar a las instituciones integrantes de la Comision Especial de Implementacion informacion relacionada con la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, directamente o a traves de sus equipos tecnicos institucionales o secretarias tecnicas u otros representantes debidamente acreditados, asi como a las Comisiones Distritales de Implementacion. i. Presentar ante la Comision Especial de Implementacion propuestas para la integracion de los sistemas de informacion y comunicacion interinstitucional. Con tal finalidad, podra solicitar informacion a sus miembros y proponer los planes y programas correspondientes. j. Convocar a los secretarios tecnicos, equipos tecnicos institucionales y demas representantes de los sectores e instituciones que participan directa e indirectamente en el MORDAZA de reforma procesal penal a reuniones para tratar temas relacionados con la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. k. Las demas atribuciones que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones y en general para la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como aquellas otras que especificamente le confiera la Comision Especial de Implementacion. TITULO III DE LOS EQUIPOS TECNICOS INSTITUCIONALES Articulo 23º.- Funciones El Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y la Academia de la Magistratura, en el ambito de su funcion constitucional de formar y capacitar a jueces y fiscales, deben conformar sus respectivos equipos tecnicos institucionales con la finalidad de adoptar medidas y realizar acciones para programar y ejecutar adecuadamente la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Asimismo, los equipos tecnicos institucionales deben apoyar tecnicamente a sus respectivas instituciones en el cumplimiento de sus obligaciones, en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del referido codigo y de la reforma procesal penal en general, en coordinacion permanente con la Secretaria Tecnica de la Comision Especial de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal.

Articulo 24º.- Informacion sobre miembros y organizacion Las instituciones integrantes de la Comision Especial de Implementacion deben comunicarle la conformacion y organizacion de sus equipos tecnicos asi como cualquier modificacion a los mismos. Dicha comunicacion debera efectuarse por escrito en un plazo no mayor de 5 dias contados desde que se produzcan las conformaciones o sus modificaciones. TITULO IV DE LAS COMISIONES DISTRITALES DE IMPLEMENTACION Articulo 25º.- Objeto y conformacion Para efectos de la implementacion progresiva del MORDAZA Codigo Procesal Penal en cada distrito judicial de acuerdo al calendario de implementacion vigente, se deben conformar comisiones distritales de implementacion, las mismas que seran presididas por el Presidente de la Corte Superior de Justicia respectiva e integradas por los representantes en el distrito, del Ministerio Publico, la Defensoria de Oficio y la Policia Nacional del Peru. Articulo 26º.- Integrantes Los integrantes de las comisiones distritales de implementacion deben ser los representantes de las instituciones de mas alta jerarquia en el respectivo distrito. Articulo 27º.- Instalacion Las comisiones distritales de implementacion deben instalarse, a convocatoria de su presidente, cuando menos MORDAZA de los doce (12) meses de la fecha prevista para la entrada en vigencia del MORDAZA codigo en el distrito judicial y tendran la misma duracion que la Comision Especial de Implementacion. Por razones de complejidad o dimension, la Comision Especial de Implementacion puede requerir la instalacion de las comisiones distritales de implementacion MORDAZA del plazo establecido en el parrafo precedente. Articulo 28º.- Obligacion de informacion Las comisiones distritales de implementacion tienen la obligacion de informar periodicamente a la Comision Especial de Implementacion sobre el desarrollo de sus actividades, asi como respecto del cumplimiento de sus funciones previstas en el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS. TITULO V DE LA REUNION DE COORDINACION TECNICA INTERINSTITUCIONAL Articulo 29º.- Integrantes y convocatoria La reunion de coordinacion tecnica interinstitucional es convocada por el Secretario Tecnico de la Comision Especial de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y esta conformada por los secretarios tecnicos, miembros de los equipos tecnicos institucionales u otros representantes debidamente acreditados del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia y Ministerio de Economia y Finanzas. Tambien puede convocarse a un representante de la Academia de la Magistratura y de la Policia Nacional del Peru, en los asuntos de su competencia, asi como de otras instituciones relacionadas con la reforma procesal penal. Articulo 30º.- Acuerdos En la reunion de coordinacion tecnica interinstitucional se podran adoptar acuerdos vinculantes para todas las instituciones que lo integran. Para adoptar dichos acuerdos se requiere de mayoria simple de los asistentes. Articulo 31º.- Reuniones ordinarias A propuesta de la Secretaria Tecnica de la Comision Especial de Implementacion, la reunion de coordinacion

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