Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2007 (12/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2007

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el MORDAZA 21 de octubre de 2007 "Dia del Censo Nacional" para efectos de los Censos Nacionales: XI de Poblacion y VI de Vivienda
DECRETO SUPREMO Nº 081-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 13248, "Ley de Censos", dispone el levantamiento periodico de los Censos de Poblacion y Vivienda, en el territorio de la Republica y sus aguas jurisdiccionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 093-2006-PCM, se declara de prioridad nacional la ejecucion de los Censos Nacionales: XI de Poblacion y VI de Vivienda en el ano 2007; Que, el Decreto Supremo Nº 035-2007-PCM, establece que el "Dia del Censo" se fijara mediante Decreto Supremo a propuesta de la Comision Consultiva de los Censos Nacionales. Asimismo, dispone que el dia del Censo habra inamovilidad de la poblacion en todo el territorio nacional; Que, la Comision Consultiva de los Censos Nacionales, ha propuesto se declare el "Dia del Censo" el MORDAZA 21 de octubre del 2007; por lo que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, debera prever la ejecucion de todas las actividades censales, a fin de que el empadronamiento nacional se ejecute en dicha fecha; Que, asimismo es necesario disponer las medidas pertinentes a fin de garantizar la seguridad en la poblacion, y el resguardo de los funcionarios censales y del material que se utilizara durante el periodo del empadronamiento censal; De conformidad con el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 13248 y el Decreto Supremo Nº 035-2007-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Declarese el dia MORDAZA 21 de octubre del 2007 "Dia del Censo Nacional", para efectos de los Censos Nacionales: XI de Poblacion y VI de Vivienda, fecha en que se llevara a cabo el Empadronamiento en el area MORDAZA, a nivel nacional. Articulo 2º.- En el Area MORDAZA el Empadronamiento se realizara con inamovilidad de la poblacion, entre las 08:00 y las 18:00 horas; para cuyo efecto, el Ministerio del Interior en coordinacion con el INEI, dictara las medidas correspondientes. Articulo 3º.- El empadronamiento en el Area rural del MORDAZA se efectuara durante 15 dias consecutivos, a partir del "Dia del Censo". Articulo 4º.- El Ministerio del Interior, en coordinacion con el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, dictara las medidas correspondientes para la proteccion de la poblacion, funcionarios y demas personal que intervenga en los censos, asi como la custodia del material destinado a la ejecucion de la operacion Censal. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de setiembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 107147-5

Exoneran al Ministerio de Energia y Minas de la medida de austeridad dispuesta en la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, a fin de que pueda adquirir camionetas doble traccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 163-2007-PCM MORDAZA, 11 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal c) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 se ha prohibido la adquisicion de automoviles, camionetas y station wagons, salvo para la reposicion en caso de perdida total; Que, la precitada disposicion tambien ha establecido que mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizara las solicitudes de exoneracion, se podran agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompanar la certificacion de que se cuenta con el credito presupuestario suficiente para atender tal gasto; Que, el Ministerio de Energia y Minas requiere que se le exonere de la prohibicion de adquisicion de vehiculos establecida en la MORDAZA MORDAZA mencionada, a fin de que pueda adquirir cinco (05) camionetas que le permitan realizar la funcion promotora, normativa, reguladora y supervisora asignadas por ley, al Ministerio de Energia y Minas; Que, atendiendo a las funciones asignadas a ese Ministerio, este debe realizar visitas de verificacion en zonas de actividad minera, atender denuncias referidas a temas ambientales, participar con los gobiernos regionales y/o locales promocionando actividades del Sector, ejecutar actividades de educacion y capacitacion, transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales, resolucion de conflictos, todo lo cual requiere de la presencia del Ministerio en las diversas zonas del MORDAZA, por lo que es necesario otorgarle los medios que faciliten su labor, ademas de brindarle la seguridad que requieren los funcionarios del Ministerio, mediante el uso de unidades de transporte adecuadas; Que, mediante Informe Nº 545-2007-EM-OGP/PRES, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica del Ministerio de Energia y Minas, ha certificado que el MEM cuenta con los creditos presupuestarios suficientes para la adquisicion de los vehiculos que se requieren; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, y el literal c) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Energia y Minas de la medida de austeridad senalada en el literal c) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2007, a fin de que pueda adquirir cinco (05) camionetas doble traccion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 107147-10

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