Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2007 (21/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2007

senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito del Peru, para que asista a la VII reunion del precitado comite, actividad que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador en el periodo del 2 al 7 de octubre de 2007, por lo que es conveniente para los intereses institucionales la asistencia del senor General de Ejercito MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTZCH Comandante General del Ejercito del Peru, acompanado del Crl EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRESTA (Asesor) por cuanto los temas, acuerdos e intercambio de experiencias, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, asi como el fortalecimiento de los lazos de amistad y camaraderia con dicha Nacion, dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, el gasto que irrogue el viaje en Comision de Servicio de los precitados Oficiales sera sufragado con el presupuesto del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, AF - 2007; y, Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero del 2004 modificado con Decreto Supremo Nº 0082004 DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comision de Servicio del General de Ejercito MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTZCH, Comandante General del Ejercito del Peru y del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRESTA, Asesor, para que asistan a la VII Reunion del COMITE DE COMANDANTES DE EJERCITOS DE LOS PAISES DEL MERCOSUR Y ASOCIADOS, en la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador, en el periodo del 1 al 7 de octubre de 2007. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA US$ 765.32 x 2 personas VIATICOS: US$ 200.00 x 7 dias x 2 personas TARIFA UNICA DE USO DE AEROPUERTO (TUA): US$ 30.25 x 2 personas Articulo 3º.- Los pagos de los conceptos MORDAZA mencionados se efectuaran con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, AF - 2007. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la Comision, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 5º.- Los citados Oficiales, deberan dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º y articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 111288-8

Autorizan viaje de oficiales del Ejercito a EE.UU para recibir tratamiento medico
RESOLUCION SUPREMA Nº 254-2007-DE/EP MORDAZA, 20 de setiembre de 2007 Vista, la Hoja de Recomendacion Nº 005 Q14.a/1/15.00, del 1 de junio del 2007, de la Direccion de Salud del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Director de Salud del Ejercito, recomienda la evacuacion del Alfz Art MORDAZA DEL ALAMO MORDAZA, a la MORDAZA de BALTIMORE - ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, a fin de recibir Tratamiento Complementario de Cirugia Traumatologica en el MORDAZA NATIONAL HAND CENTER DEL MEMORIAL HOSPITAL, por un periodo de cuarenticinco (45) dias a partir del 28 de setiembre de 2007; Que, el citado Oficial Subalterno presenta el diagnostico siguiente: SECUELA DE MANO TRAUMATICA BILATERAL POR EXPLOSIVO CON MORDAZA COMPROMISO FUNCIONAL como consecuencia de un accidente por explosion de una vaina de salva de artilleria, ocurrido el 19 de junio del 2004, durante el desarrollo de una instruccion en la Escuela Militar de Chorrillos; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto para el Sector Publico ano 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito y a lo acordado por el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la evacuacion al extranjero del Alfz Art MORDAZA DEL ALAMO MORDAZA, a la MORDAZA de BALTIMORE - ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, para recibir Tratamiento Complementario de Cirugia Traumatologica en el MORDAZA NATIONAL HAND CENTER DEL MEMORIAL HOSPITAL BALTIMORE, por un periodo de cuarenticinco (45) dias a partir del 28 de setiembre de 2007. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Baltimore - Maryland - USA - MORDAZA US$ 890.00 x 1 persona. Compensacion Economica por Servicio en el Extranjero US$ 83.33 x 45 dias x 1 persona. Tarifa Unica de uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 1 persona. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del tratamiento, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado Oficial debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º y articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y, a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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