Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2007 (21/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2007

esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido, porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas que comprometerian directa e inminentemente la seguridad de los internos y del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, debiendose tener presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, conforme lo dispone el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084 ­2004- PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente; Que, en el articulo 148º de la normal legal acotada, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que, mediante Oficio Nº 413-2007-INPE/16.03 de fecha 12 de septiembre de 2007, la Oficina de Planificacion de la Direccion Regional MORDAZA senala que cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria; Estando a lo solicitado por la Direccion Regional MORDAZA y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 152-2007-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, ninos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, por el periodo de setenta y cinco (75) dias calendario, a partir de la expedicion de la presente Resolucion, mientras se realice el correspondiente MORDAZA de seleccion y se perfeccione el contrato respectivo, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Direccion Regional MORDAZA, del correspondiente MORDAZA de seleccion para la adquisicion de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Direccion Regional MORDAZA, para la adquisicion del suministro de alimentos preparados para los internos, ninos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, de la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO E.P. MORDAZA TOTAL DIAS 75 TOTAL S/. 118 875,00 118 875,00

Dicha autorizacion es por el periodo de setenta y cinco (75) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, mientras dure la situacion de desabastecimiento inminente prevista en el articulo precedente, debiendose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR, al Organo de Control Institucional, a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion Regional MORDAZA y a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 110815-1

INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de la renovacion de servicios de soporte tecnico Oracle
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 161-07-IPEN/PRES MORDAZA, 7 de setiembre de 2007 VISTO: El Memorandum Nº 533-07-ADMI, de fecha 27 de agosto 2007, sobre exoneracion parcial del item 12 del PAAC respecto al MORDAZA de seleccion AMC-00302007/IPEN para la Renovacion de Servicios de Soporte Tecnico Oracle. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 02907-IPEN/PRES, de fecha 26 de enero 2007, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Peruano de Energia Nuclear, el cual contiene el MORDAZA para la Adquisicion de Software en el item 12); Que, con Memorandum Nº 078-07-INES, de fecha 13 de MORDAZA 2007, el Director de la Oficina de Informatica y Estadistica, solicita al Director de Administracion se gestione la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para la Renovacion de Servicios de Soporte Tecnico Oracle que forma parte del item 12); Que, mediante Memorandum Nº 508-07-ABAS, el Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion, solicita a la Oficina de Planificacion y Presupuesto informe sobre la disponibilidad presupuestal para efectuar la inclusion en el PAAC del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0030-2007/IPEN; Que, con Memorandum Nº 103-07-PLPR/PRTO/leg el Jefe de la Unidad de Presupuesto informa que se cuenta con el MORDAZA presupuestal con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, en el ejercicio presupuestal 2007, equivalente a S/.15,419.54 (Quince Mil Cuatrocientos Diecinueve y 54/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorandum Nº 430-07-ADMI, el Director de Administracion solicita a la Direccion

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