Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2008 (29/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2008 Precios CIF de Referencia Leche Entera en Polvo 1850 1900 1950 2000 2050 2100 2150 2200 2250 2300 2350 2400 2450 MAYOR A MENOR A 3300 3350 3400 3450 3500 3550 3600 3650 -

NORMAS LEGALES
Derecho adicional Rebaja arancelaria LEP, LDP y GAL 661 609 558 506 455 403 352 300 249 197 146 94 43 0 0 -28 -80 -131 -183 -234 -286 -337 -389 Precios CIF de Referencia Leche Entera en Polvo -

375229
Derecho adicional Rebaja arancelaria LEP, LDP y GAL -1625 -1676 -1728 -1779 -1831 -1882 -1934 -1985 -2037 -2088 -2140 -2191 -2243 -2294 -2346 -2397 -2449 -2500 -2552 -2603 -2655 -2706 -2758

219874-2

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008
DECRETO SUPREMO Nº 085-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 9° del Decreto Legislativo Nº 978, establece los montos que se transferiran anualmente a los Departamentos de Amazonas, Ucayali y MORDAZA de MORDAZA como consecuencia de la eliminacion de las exoneraciones e incentivos tributarios, senalandose que para las provincias o distritos de los demas departamentos de la Amazonia, incluida la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de MORDAZA, el monto se distribuira entre las municipalidades provinciales o distritales considerando los criterios que se determinen por Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-EF se establecio que los recursos presupuestales a favor de las municipalidades provinciales o distritales de los departamentos de la Amazonia, a que se refiere la Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, aprobada por la Ley Nº 27037 y modificada por la Ley Nº 27759, seran distribuidos con base a criterios de poblacion y necesidades basicas insatisfechas; Que, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, del Ministerio de Economia y Finanzas, ha actualizado los montos a ser transferidos, sobre la base del IPC de MORDAZA Metropolitana, por aplicacion de los programas de sustitucion de exoneraciones e incentivos tributarios; Que, en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados se encuentran comprendidos los recursos correspondientes a la aplicacion del articulo 9° del Decreto Legislativo N° 978, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 088 614,00), siendo necesario, asimismo, establecer el plazo para la autorizacion de dichos recursos por parte de la Direccion Nacional del Tesoro Publico; y De conformidad con lo establecido por el articulo 45° de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. DECRETA: Articulo 1.- Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el

Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, hasta por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 088 614,00 ), conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA : PLIEGO 009: UNIDAD EJECUTORA 001: FUNCION 03: PROGRAMA 006: SUBPROGRAMA 0019: ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO (En Nuevos Soles) GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 000010: Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 5: Recursos Determinados

CATEGORIA DEL GASTO 5. Gastos Corrientes 0. Reserva de Contingencia TOTAL A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

62 088 614,00 =========== 62 088 614,00 ===========

En Nuevos Soles) : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Gobiernos Regionales 59 568 000,00 : Gobiernos Locales 2 520 614,00 5: Recursos Determinados =========== TOTAL 62 088 614,00 ===========

Articulo 2.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos involucrados en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° del presente Decreto Supremo, a nivel de funcion, programa, subprograma, actividad, proyecto y grupo generico de gasto, dentro de los cinco (05) dias calendario siguiente a la entrada en vigencia de la presente MORDAZA legal. MORDAZA de la citada Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º

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1899 1949 1999 2049 2099 2149 2199 2249 2299 2349 2399 2449 2499 2499 3300 3349 3399 3449 3499 3549 3599 3649 3699

4850 4900 4950 5000 5050 5100 5150 5200 5250 5300 5350 5400 5450 5500 5550 5600 5650 5700 5750 5800 5850 5900 5950

4899 4949 4999 5049 5099 5149 5199 5249 5299 5349 5399 5449 5499 5549 5599 5649 5699 5749 5799 5849 5899 5949 5999

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