Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2008 (13/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Costera solicitada por OLYMPIC PERU INC., indicando las coordenadas correspondientes en los sistemas UTM y Geografico. Dicho Acuerdo de Directorio estuvo basado en el Informe N° 072-2008-APN/DIPLA, emitido por la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos de la APN, de fecha 7 de MORDAZA de 2008; Que, a traves del Oficio N°500-2008-APN/GG de fecha 22 de MORDAZA de 2008, con numero de registro 043826, la APN remitio al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Acuerdo de Directorio N° 489-110-15/04/2008/D adoptado en la sesion de fecha 15 de MORDAZA de 2008, solicitando proseguir con el tramite de otorgamiento de Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica y Franja Costera a favor de la empresa OLYMPIC PERU INC.; Que, con Informe N°041-2008-MTC/13 de fecha 30 de MORDAZA de 2008, la Direccion General de Transporte Acuatico recomendo aprobar, en los terminos acordados por la APN, la Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica y Franja Costera presentada por OLYMPIC PERU INC.; Que, conforme a lo establecido en el inciso v) del Articulo 24° de la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley N° 27943 -en adelante LSPN-, es atribucion de la APN "normar las autorizaciones portuarias, habilitaciones portuarias y licencias de obras portuarias, y coordinar su ejecucion con las autoridades portuarias regionales"; Que, por su parte, la Novena Disposicion Transitoria y Final del Reglamento de la LSPN, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº003-2004-MTC -en adelante RLSPN, modificada por el articulo 1° de los Decretos Supremos Nº033-2004-MTC y Nº 010-2005-MTC, senala que la APN, a partir del 1 de MORDAZA de 2005, asume las atribuciones y los procedimientos que por la LSPN y el RLSPN le fueron asignados; Que, el RLSPN establece en su Articulo 29° que las personas naturales o juridicas que pretendan desarrollar actividades portuarias, incluyendo aquellas a realizarse en areas acuaticas y franjas costeras, deberan obtener previamente una autorizacion para el uso de areas acuaticas y franja costera y una habilitacion portuaria; Que, asimismo, el inciso a) del Articulo 30° del RLSPN, indica lo siguiente: "Articulo 30°.- Las autorizaciones de uso de area acuatica y franja costera podran ser: a. Autorizacion temporal de uso: La autorizacion otorga al peticionario el derecho a realizar los estudios correspondientes en el area solicitada, asi como realizar obras e instalaciones portuarias de cualquier MORDAZA o para otras labores afines que, por su naturaleza, tengan caracter transitorio. Esta autorizacion da derecho al uso temporal de las aguas y franjas costeras y a la obtencion de servidumbres temporales. La autorizacion temporal de uso tiene caracter exclusivo y se otorga por un plazo MORDAZA de dos (2) anos, renovables por un (1) ano mas. En cualquier caso, el ejercicio de los derechos que de MORDAZA se deriven no deben vulnerar los derechos de terceros y estara condicionada a la disponibilidad de las areas acuaticas y franjas costeras. El otorgamiento de la autorizacion temporal de uso obliga al administrado a cancelar a la Autoridad Portuaria nacional un derecho de vigencia anual. [...]".

Acuerdo de Directorio N° 489-110-15/04/2008/D- refieren que el area acuatica ha sido solicitada por OLYMPIC PERU INC. a fin de realizar los estudios necesarios para instalar un MORDAZA Terminal Multiboyas; Que, asimismo, el area acuatica y franja costera solicitada, estara delimitada por las siguientes coordenadas:
CUADRO DE COORDENADAS DEL AREA DATUM WGS-84 VERTICE A B C D E F G H UTM MORDAZA 17 Sur NORTE 9,456,146.691 9,454,996.573 9,455,156.980 9,454,991.125 9,454,657.813 9,454,823.668 9,454,984.074 9,456,133.821 ESTE 485,446.127 483,712.616 483,606.192 483,356.208 483,577.348 483,827.332 483,720.909 485,453.862 GEOGRAFICAS LATITUD SUR 4º 55' 12.998" 4º 55' 50.443" 4º 55' 45.218" 4º 55' 50.618" 4º 56' 01.475" 4º 55' 56.075" 4º 55' 50.850" 4º 55' 13.417" LONGITUD OESTE 81º 07'52.581" 81º 08'48.878" 81º 08'52.332" 81º 09'00.451" 81º 08'53.273" 81º 08'45.154" 81º 08'48.609" 81º 07'52.330"

Area Total solicitada: 151,200.13m²

Perimetro: 5,560.03 m

Que, el area total otorgada es de 151,200.13m² (Ciento Cincuenta y Un Mil Doscientos con 13/1000 metros cuadrados); Que, refieren ademas que el Plan Maestro elaborado por OLYMPIC PERU INC. cumple con todos los puntos considerados en el Capitulo 9 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, habiendo sido presentado de acuerdo a lo indicado en los articulos 29°, 30° y 31° del RLSPN y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Portuaria Nacional, concluyendo que resulta viable el otorgamiento de la autorizacion de uso temporal de area acuatica por un periodo de dos (2) anos, de acuerdo a lo solicitado por la peticionaria. Asimismo, se senala que el area acuatica a otorgar se encuentra disponible, no vulnerando derechos de terceros en la MORDAZA solicitada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9° del Decreto Supremo N° 041-2007-MTC, de fecha 22 de noviembre de 2007, posteriormente a la aprobacion de la Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica y Franja Costera, la Autoridad Portuaria Nacional emitira una liquidacion del Derecho de Vigencia Anual, la que debera ser cancelada por el titular de la autorizacion en el plazo de ocho (8) dias habiles de su notificacion; De conformidad con lo establecido en el Ley Nº 29158, Ley Nº 27943, el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica y Franja Costera Aprobar la Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica y Franja Costera otorgada a la empresa OLYMPIC PERU INC. Sucursal del Peru por la Autoridad Portuaria Nacional mediante Acuerdos de Directorio N° 468-10527/02/2008/D y N° 489-110-15/04/2008/D, en la MORDAZA de Paita, distrito de Colan, provincia de Paita, departamento de MORDAZA, segun las siguientes coordenadas:
CUADRO DE COORDENADAS DEL AREA DATUM WGS-84 VERTICE A B C D E F G UTM MORDAZA 17 Sur NORTE 9,456,146.691 9,454,996.573 9,455,156.980 9,454,991.125 9,454,657.813 9,454,823.668 9,454,984.074 ESTE 485,446.127 483,712.616 483,606.192 483,356.208 483,577.348 483,827.332 483,720.909 GEOGRAFICAS LATITUD SUR 4º 55' 12.998" 4º 55' 50.443" 4º 55' 45.218" 4º 55' 50.618" 4º 56' 01.475" 4º 55' 56.075" 4º 55' 50.850" LONGITUD OESTE 81º 07'52.581" 81º 08'48.878" 81º 08'52.332" 81º 09'00.451" 81º 08'53.273" 81º 08'45.154" 81º 08'48.609"

Que, en consideracion a los Acuerdos de Directorio N° 468-105-27/02/2008/D, adoptado en la sesion de fecha 27 de febrero de 2008 y N° 489-110-15/04/2008/D, adoptado en la sesion de fecha 15 de MORDAZA de 2008, mediante los cuales el Directorio de la APN aprueba la solicitud presentada por OLYMPIC PERU INC., para la Autorizacion Temporal de Uso de Area Acuatica y Franja Costera en la MORDAZA de Paita, distrito de Colan, provincia de Paita, departamento de MORDAZA, corresponde pronunciarse con relacion a la procedencia de emitir la Resolucion Suprema autoritativa establecida en el articulo 32° del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional; Que, los Informes N° 032-2008-APN/DIPLA y N° 0722008-APN/DIPLA de fecha 12 de febrero y 7 de MORDAZA de 2008 respectivamente, emitidos por la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos de la APN -que sustentan los Acuerdos de Directorio N° 468-105-27/02/2008/D y

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