Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2008 (13/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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VISTO:

El informe Nº 025-2008-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Huancayo, actualmente desempenandose como Vocal Provisional de la MORDAZA Sala Mixta de Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junin; y, CONSIDERANDO:

Primero: Que, mediante Resolucion Ministerial de fecha 24 de MORDAZA de 1978, de conformidad con la eleccion realizada por el Consejo Nacional de Justicia en sesion del 26 de MORDAZA de ese ano, se nombro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de Junin; Segundo: El articulo 245° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por cesantia o jubilacion; Tercero: Al respecto, del informe Nº 025-2008-GPEJGG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA nacio el 11 de MORDAZA de 1938, y en consecuencia el 11 de MORDAZA del ano en curso cumplira setenta (70) anos de edad; por ende corresponde disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en el inciso a) del articulo 35° del Decreto Legislativo N° 276, concordado con el articulo 186°, inciso a), del Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del 11 de MORDAZA del ano en curso, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Huancayo, actualmente desempenandose como Vocal Provisional de la MORDAZA Sala Mixta de Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junin; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 199334-2

Destituyen a Secretario Judicial del Juzgado de la provincia de MORDAZA MORDAZA, Tingo MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 58-2006-HUANUCO MORDAZA, veintisiete de diciembre de dos mil siete.

VISTO: El expediente administrativo signado como Investigacion ODICMA numero cincuenta y ocho guion dos mil seis guion MORDAZA, que contiene la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero cincuenta y ocho, su fecha veintitres de noviembre del dos mil seis, obrante de fojas mil doscientos treinta y cinco a mil doscientos cincuenta y dos, contra don Gimbler Maynas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus actuaciones como Secretario Judicial y Tecnico Judicial del Juzgado Penal de la Provincia de MORDAZA Prado; y, los recursos de apelacion interpuestos por los senores MORDAZA Ary MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tamayo MORDAZA contra la misma resolucion en el extremo que les impuso la medida disciplinaria de suspension por siete dias sin goce de remuneraciones, por sus actuaciones como Juez Suplente y Secretario Judicial, respectivamente, del referido organo jurisdiccional; oido los informes orales, y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el presente procedimiento administrativo disciplinario se inicio a consecuencia de las irregularidades advertidas en la accion de control o visita judicial extraordinaria practicada por el Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA al Juzgado Penal de la Provincia de MORDAZA MORDAZA, ubicado en la MORDAZA de Tingo MORDAZA, el dia veinticinco de MORDAZA del dos mil cinco, en el MORDAZA de la cual la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero cincuenta y ocho, su fecha veintitres de noviembre del dos mil seis, obrante de fojas mil doscientos treinta y cinco a mil doscientos cincuenta, ha determinado responsabilidades del Juez Suplente MORDAZA Ary MORDAZA MORDAZA, de los Secretarios de Juzgado Gimbler Maynas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tamayo MORDAZA, asi como de la Tecnico Judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA por infraccion al Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa numero diez guion dos mil cuatro guion CE guion PJ, y a diversos dispositivos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Segundo: Que, en relacion al Secretario de Juzgado Gimbler Maynas MORDAZA, de las constancias obrantes en el acta de verificacion de archivos electronicos de fecha veinticinco de MORDAZA del dos mil cinco de fojas trescientos treinta y cuatro, fluye que en el disco duro de la computadora con codigo patrimonial cero dos cero cero cuatro tres cero ocho asignada al referido servidor judicial, se encontro el texto de dos escritos correspondientes a procesos judiciales que giraban ante la Secretaria en la cual el referido servidor desarrollaba sus funciones, siendo estos el Expediente numero trescientos veintiocho guion dos mil seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito de omision a la asistencia familiar; y el Expediente numero trescientos veintiseis guion dos mil seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito de homicidio culposo; determinandose que ambos escritos fueron elaborados por el secretario investigado, conforme asi ha quedado acreditado con las declaraciones de los abogados Dickse MORDAZA MORDAZA y Danmer Elver MORDAZA MORDAZA de fojas quinientos cincuenta y cuatrocientos ochenta y dos, respectivamente; lo que demuestra un accionar contrario a los deberes de transparencia y neutralidad, asi como la vulneracion de la prohibicion prevista en el articulo cuarenta y tres del Reglamento Interno de Trabajo que por su gravedad, ha comprometido la dignidad del cargo y lo ha desmerecido ante el concepto publico, por lo que procede aplicar la sancion de destitucion conforme lo senala el articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Tercero: 3.1) Que, durante la accion de control realizada al Juzgado Penal de la Provincia de MORDAZA MORDAZA, el equipo contralor tomo conocimiento del Informe de Seguridad numero cero cero uno guion cero cuatro guion SEGURIDAD guion PJ guion TM, fechado el tres de diciembre del dos mil cuatro que aparece copiado a fojas quinientos sesenta, el cual daba cuenta que con fecha once de octubre del mismo ano siendo aproximadamente las veintidos horas con veintiocho minutos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ingreso al local del Juzgado para luego a las veintidos horas con treinta y cuatro minutos retirarse llevando en su poder un

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