Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2009 (13/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de febrero de 2009

los procesos de seleccion que fueron ejecutados durante dicho ejercicio; Que, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 303-2008-P-PJ, de la misma fecha, se aprobo la exoneracion de MORDAZA del "Servicio de publicaciones de avisos en los diarios El Comercio, La Republica y Expreso", bajo la causal de servicios personalisimos, conforme lo dispone el inciso f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, concordante con lo dispuesto en los articulos 145°, 146° y 147° del Reglamento del TUO de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, respectivamente, por la suma de S/. 1'000,000.00 (Un Millon y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008; Que, mediante Memorandum N° 068-2009-SL-GAFGG-PJ, de fecha 13 de enero del 2009, la Sub Gerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General, comunica a la Oficina de Asesoria Legal, que con fecha 12 de enero del 2009, salio publicado en el Diario Oficial El Peruano la aprobacion de la exoneracion del referido servicio, siendo notificado en la misma fecha, por la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; Que, de revision del expediente que exoneracion de MORDAZA dicho servicio, el dia de cierre del Ejercicio Fiscal 2008, se advierte que el Articulo Tercero de la resolucion establece que la Sub Gerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas, como organo encargado de las adquisiciones y contrataciones del Poder Judicial, sera el responsable de llevar a cabo la referida contratacion, mediante acciones inmediatas; Que, asimismo, el Articulo MORDAZA de la acotada resolucion dispone que la Gerencia de Administracion y Finanzas debera poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, los informes que sustentan la referida exoneracion, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular del Pliego de la Entidad; Que, el articulo 26° del referido Reglamento, establece que el Plan Anual y el documento que lo apruebe deberan ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo de cinco (05) dias habiles de aprobado, y que adicionalmente estara a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la pagina web de esta; Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto, el numeral 2 de las Disposiciones Especificas de la Directiva N° 001-2004-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion N° 017-2004-CONSUCODE, modificada por Resolucion N° 0345-2005/CONSUCODE/PRE, que establece que "El registro de adquisiciones exoneradas es una de las informaciones obligatorias que deben ser reportadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, para su difusion a nivel nacional, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda"; Que, del mismo modo, el ultimo parrafo del articulo 23° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, establece que "El Plan Anual considerara todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del regimen que las regule", por lo que dicha exoneracion conforme dispone la Directiva MORDAZA senalada, ha sido oportunamente incluido en el PACC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, mediante Resolucion Administrativa N° 069-2008-GG-PJ, de fecha 25 de enero del 2008, reportado al SEACE y publicado por la institucion para su difusion a nivel nacional; Que, conforme a las facultades establecidas en el MORDAZA parrafo del numeral 9) Supervision del Plan Anual referido en la Directiva N° 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion N° 380-2003-CONSUCODE/ PRE, al finalizar cada ejercicio presupuestal, la Sub Gerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion

y Finanzas, como organo encargado de las adquisiciones y contrataciones del Poder Judicial, tal como se observa del Memorandum N° 873-2008-GAF-GG-PJ y el Informe N° 597-2008-SL-GAF-GG-PJ, emitido el dia 31.Dic.2008, respectivamente, procedio a elevar el informe pormenorizado de la ejecucion del PAAC aprobado para el Ejercicio Fiscal 2008, siendo excluido la exoneracion aprobada, mediante Resolucion Administrativa N° 14802008-GG-PJ, el 31 de diciembre del 2008; Que, tal como se infiere de la documentacion elevada, la ejecucion del referido MORDAZA exonerado implicaba que la Sub Gerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas, mediante acciones inmediatas debio registrar a mas tardar el 31.Dic.2008, la convocatoria del referido MORDAZA en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, para que dicho MORDAZA se ejecute con cargo al Ejercicio Fiscal 2008; del mismo modo, debio solicitar a las empresas adjudicadas la MORDAZA de propuestas para que remitan la documentacion senalada por la Ley y el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para suscribir los Contratos respectivos; Que, de lo precedentemente expuesto, se advierte que teniendo en cuenta que el ordenamiento vigente en materia de contrataciones estatales contempla que todas las adquisiciones y contrataciones deben ser registradas en el Plan Anual, independientemente del regimen que lo regule, en el caso materia de consulta, al no haber sido reportado la convocatoria exonerada en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­SEACE y haber sido excluido del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) del Poder Judicial, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, resulta procedente declarar sin efecto sus alcances; Por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo previsto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, sus modificatorias y normas complementarias, en uso de las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO los alcances de la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 303-2008-P-PJ, aprobado el 31 de diciembre del 2008 y publicado el 12 de enero del 2009, que exonera de MORDAZA de seleccion la contratacion del "Servicio de publicaciones de avisos en los diarios El Comercio, La Republica y Expreso", bajo la causal de servicios personalisimos, conforme lo dispone el inciso f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, concordante con lo dispuesto en los articulos 145°, 146° y 147° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, respectivamente, por la suma de S/. 1'000,000.00 (Un Millon y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, por las consideraciones precedentemente expuestas. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como a la Gerencia de Administracion y Finanzas la notificacion a la Contraloria General de la Republica, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE y a la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial, debiendo remitir la documentacion que fundamenta la emision del presente resolutivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA STEIN Presidente del Poder Judicial 312039-1

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