Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2009 (14/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

390823

"Articulo 2°.- La Comision de Seleccion del Administrador de la Base de Datos desarrollara las siguientes acciones: (...) 6. Realizar el seguimiento y la coordinacion con los agentes involucrados para la adecuada implementacion de la portabilidad numerica en los servicios publicos moviles, hasta el 31 de diciembre de 2009. 7. Otras, que le MORDAZA asignadas por el Consejo Directivo del OSIPTEL." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo 312553-1

Articulo 1º.- Admitir a tramite la solicitud de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento MORDAZA ­ EPSASA, para la determinacion de los Precios de los Servicios Colaterales, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD. Articulo 2º.- Requerir a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento MORDAZA ­ EPSASA, a fin de que dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, ejerza su derecho a solicitar la celebracion de una audiencia preliminar, con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de los Precios de los Servicios Colaterales, contenidas en su solicitud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUCICH LARRAURI Gerente de Regulacion Tarifaria 312555-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a tramite solicitud de EPSASA para la determinacion de precios de los servicios colaterales
RESOLUCION DE GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA Nº 001-2009-SUNASS-GRT MORDAZA, 11 de Febrero de 2009 VISTO: El oficio Nº 007 ­ 2008 ­ EPSASA/GG recibido el 8 de enero de 2009, mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento MORDAZA Sociedad Anonima ­ EPSASA remitio a la SUNASS su solicitud para determinar los precios de los servicios colaterales a fin de cumplir con los requisitos de admisibilidad y procedencia conforme al Reglamento General de Tarifas. El oficio Nº 054 ­ 2008 ­ EPSASA/GG con fecha de recepcion 2 de febrero de 2009, mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento MORDAZA Sociedad Anonima ­ EPSASA remitio a la SUNASS la documentacion adicional necesaria para dar inicio al Procedimiento para la Determinacion de Precios de Servicios Colaterales. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 0092007-SUNASS-CD, se aprobo el "Reglamento General de Tarifas"; Que, mediante el oficio Nº 012-2009-SUNASS-110 se solicito la subsanacion de las deficiencias respecto a la documentacion que acompana a la solicitud de determinacion de los precios de servicios colaterales remitida por la empresa, las mismas que fueron subsanadas mediante oficio Nº 054 ­ 2008 ­ EPSASA/ GG.; Que, se ha procedido a revisar la solicitud para la determinacion de los precios de los servicios colaterales y la documentacion adjunta entregada por EPSASA.; Que, conforme con el "Reglamento General de Tarifas" aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de Regulacion Tarifaria una vez recibido la solicitud para la determinacion de los precios de los servicios colaterales del solicitante, y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refieren los articulos 52° del citado Reglamento, admitir a tramite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD;

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen traslado de magistrados al Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 324-2008-CE-PJ MORDAZA, 23 de diciembre de 2008 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de salud de su menor hija presentada por la magistrada MORDAZA Yvel MORDAZA Payra, Juez titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Huancayo, Distrito Judicial de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado presentada por la magistrada MORDAZA Yvel MORDAZA Payra, Juez titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Huancayo, Distrito Judicial de MORDAZA, a una plaza de igual jerarquia en el Distrito Judicial de MORDAZA, se sustenta en que la salud de su menor hija A.P.T.T, requiere de atencion permanente por medicos pediatras especializados; Segundo: Que, la magistrada recurrente adjunta como medios probatorios, entre otros documentos, el Informe Medico Pediatrico Nº 006-SPED-H-IV-HYO-RAJESSALUD-007, emitido por la doctora Ysaura MORDAZA Bengoa, Jefa del Servicio de Pediatria del Hospital IV Huancayo, obrante a fojas 14, en el cual se senalo que la menor A.P.T.T., no tiene Historia Clinica en dicho centro de salud, realizando dicho informe en base a documentos presentados por la MORDAZA de la menor citada, informando que dicha MORDAZA nacio en la MORDAZA de MORDAZA por MORDAZA a las 36 semanas de edad gestacional con bajo peso, depresion MORDAZA, requiriendo cuidados intensivos, presentando durante la evolucion encefalopatia hipoxico isquemica, convulsiones y sepsis neonatal, permaneciendo hospitalizada un mes. Durante los meses siguientes se evidencio retraso del desarrollo psicomotor, pobre ganancia ponderal, crisis convulsivas, hipotonia, retrazo del lenguaje, por tal razon requiere control frecuente por diferentes especialidades en la MORDAZA de MORDAZA y cuidados permanentes MORDAZA sus limitaciones; esto es complementado con la Carta Nº 800-GRAJ-ESSALUD2007, obrante a fojas 15, emitida por el Gerente de la Red Asistencial de MORDAZA de ESSALUD, senalando que

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