Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2009 (14/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2009

Aprueban Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2009-2013 PRIO-U
ORDENANZA REGIONAL N° 002-2009-GRU-CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificados por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 27 de enero del 2009 continuada el 28 de enero del 2009, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 2º, inciso 2), garantiza que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o cualquier de otra indole. Asimismo, asume que la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin de la sociedad y el Estado, reconociendo ademas, el derecho a la igualdad ante la ley y la no discriminacion por motivo de sexo; e igualmente, en su Articulo 191º, modificado el 07 de marzo de 2002, establece porcentajes minimos para hacer accesible la representacion de genero, comunidades nativas y pueblos originarios en los Consejos Regionales y Concejos Municipales, respectivamente. Que, del mismo modo, la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades, establece en sus articulos 3º y 6º que es potestad del Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptar politicas, planes y programas, integrando de manera transversal los principios de la Ley de Igualdad de Oportunidades, referidos a: a) El reconocimiento de la equidad de genero, desterrando practicas, concepciones y lenguaje que justifiquen la superioridad de alguno de los sexos, asi como todo MORDAZA de discriminacion y exclusion sexual y social. b) La prevalencia de los derechos humanos, en su MORDAZA integral, resaltando los derechos de las mujeres a lo largo de su ciclo de vida. c) El respeto a la realidad pluricultural, multilingue y multietnica, promoviendo la inclusion social, la interculturalidad, el dialogo e intercambio y enriquecimiento mutuo. d) El reconocimiento y respeto a los ninos, ninas, adolescentes, jovenes, personas adultas y personas con discapacidad o grupos etareos mas afectados por la discriminacion. Que, asimismo, los articulos 7º, 11º y 60º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, hacen referencia a la "inclusion, participacion de la sociedad civil, desarrollo e igualdad de oportunidades". Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su Articulo 84º, define como funcion, tanto de las municipalidades provinciales como distritales el planificar y promover el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales, establecer MORDAZA de concertacion entre instituciones que trabajan en defensa de los derechos de ninos y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores, asi como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado y promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad. Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2005MIMDES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo

Social, se aprueba el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 ­ 2010, cuyo objetivo es promover el desarrollo del MORDAZA mediante la participacion equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de genero mediante acciones afirmativas en salud, educacion, empleo, participacion politica, violencia familiar, en un MORDAZA de respeto por los derechos humanos. Que, en el Acuerdo Nacional suscrito en MORDAZA de 2002 por organizaciones de la sociedad civil y el Estado, con caracter vinculante, compromete su cumplimiento hasta el 28 de MORDAZA de 2021, en su Decimo Primera Politica de Estado "Promocion de la Igualdad de Oportunidades sin discriminacion". Que, avanzar hacia la igualdad de oportunidades supone superar los problemas de exclusion y generar oportunidades que mejoren la calidad de MORDAZA de hombres y mujeres, donde el desarrollo humano pasa por el reconocimiento y pleno ejercicio de los derechos fundamentales de las personas, y en cuya tarea esta involucrada la sociedad civil y el Estado para compartir esfuerzos y responsabilidades que ayuden a promover una sociedad mas igualitaria sin exclusion en la que todos y todas podamos vivir con dignidad. Por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 36º, 37º literal a) y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, ha aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria de fecha 27 de enero del 2009, continuada el 28 de enero del 2009, la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2009 ­ 2013, PRIO-U, el mismo que en sesenticuatro (64) folios corre como anexo de la presente disposicion regional formando parte integrante de la misma. Articulo Segundo.- DISPONER que el Gerente General Regional cumpla con la implementacion y transversalidad del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres 2009 ­ 2013 en los contenidos de documentos y practicas de gestion, planes, programas y normas que se elaboren tanto en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, en las direcciones regionales sectoriales y en los demas sectores dependientes del Gobierno Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Ucayali www.regionucayali.gob. pe). Articulo Cuarto.- CONSTITUIR una Comision de seguimiento y evaluacion del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades en linea de coordinacion con la Gerencia General Regional, la misma que estara integrada por: - Gerente Regional de Desarrollo Social, quien la presidira - Un(a) Representante por cada Direccion Regional de: Educacion, Salud y Trabajo y Promocion del Empleo. - Un(a) Representante del MIMDES - Un(a) Representante del Gobierno Provincial de MORDAZA Portillo - Un(a) Representante del Gobierno Provincial de Padre MORDAZA - Un(a) Representante del Gobierno Provincial de Atalaya - Un(a) Representante del Gobierno Provincial de Purus - Un(a) Representante de la Sociedad Civil - Una representante de la Red Nacional de Promocion de la Mujer- Ucayali - Un(a) Representante de Foro Salud Ucayali - Un(a) Representante de la Mesa contra la Violencia Familiar y Sexual. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion.

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