Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2009 (03/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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importancia para el Peru, entre otros, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la politica aerea nacional; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, mediante el Informe N° 328-2009-MTC/12 de fecha 01 de junio de 2009, senalo que del 06 al 18 de MORDAZA de 2009, se realizara el Curso Beech B ­ 1900D Initial Pilot Training", en la MORDAZA de New MORDAZA, Estados Unidos de America; Que, el Curso citado precedentemente, tiene por objetivo contar con inspectores de operaciones habilitados y vigentes en las aeronaves Beech B- 1900D y otras de caracteristicas similares, cuyos tripulantes necesiten de chequeos por vigilancia, proficiencia o calificacion; Que, resulta necesaria la participacion en el mencionado curso de los senores MORDAZA Alvan Cabrejos y MORDAZA Chung Bartra, Inspectores de Operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil; Que, la participacion de los mencionados profesionales, permitira mantener la habilitacion correspondiente de los citados inspectores, quienes tienen a su cargo la Vigilancia y la Seguridad Operacional de las tripulaciones que operan en dichas aeronaves; De conformidad con la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA Alvan Cabrejos y MORDAZA Chung Bartra, Inspectores de Operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de New MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 05 al 19 de MORDAZA de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Gestion de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. N° 007-05-2009 y al siguiente detalle: Pasajes US $ 2,070.40 Viaticos US $ 6,160.00 Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US $ 62.00 Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de su retorno al MORDAZA, los profesionales mencionados, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, los profesionales mencionados en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 461-2009-MTC/01
MORDAZA, 26 de junio de 2009 VISTO: El Informe Nº 369-2009-MTC/12 del 15 de junio de 2009 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 246-2009-MTC/12.04 del 11 de junio de 2009 emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del articulo 9° de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Ministerial, entre las cuales se encuentra el viaje que realizaran los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Lan Peru S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil su solicitud para ser atendida durante el mes de MORDAZA de 2009, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Lan Peru S.A. ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva Orden de Inspeccion y referida en el Informe Nº 3692009-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil;

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