Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2009 (21/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

396223

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para la implementacion del Programa MUNITRACTOR" que en texto adjunto forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- El "Procedimiento para la implementacion del Programa MUNITRACTOR", aprobado en el articulo 1º, sera publicado en el MORDAZA Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

Articulo 1º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados en el mes de MORDAZA de 2009, segun la siguiente relacion:
N° de Nombre Registro Comercial PQUA 153-SENASA Arranque 90% PS 154-SENASA Zentella 75% PM 155-SENASA Farmetrin 500 SC Ingrediente activo Metomil Clase MORDAZA de origen Titular del Registro

Insecticida Gran Bretana Pineral MORDAZA S.A.

Ciromazina Insecticida Gran Bretana Pineral MORDAZA S.A. Ametrina Herbicida MORDAZA, Peru Farmex S.A.

350037-1

Relacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y de productos biologicos formulados registrados en el mes de MORDAZA de 2009
RESOLUCION DIRECTORAL N°121-2009-AG-SENASA-DIAIA
La MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo senalado por el Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, establece que la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, disponiendo en su Articulo 53° que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados en el mes anterior; Que, la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento acotado menciona que en tanto no se disponga de reglamentacion especifica para el registro y control de productos biologicos se aplicaran las disposiciones referentes al registro de estos, contenidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG; Que, el Articulo 12º del Reglamento sobre el Registro, Comercializacion y Control de Plaguicidas Agricolas y Sustancias Afines, aprobado con Decreto Supremo Nº 1595-AG, y actualmente aplicable solo para el registro de los productos biologicos formulados, senala que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas registrados en el mes anterior; Que, mediante Memorandum Nº 1555-2009-AGSENASA-DIAIA-SIA de fecha 4 de MORDAZA de 2009, la Subdireccion de Insumos Agricolas ha remitido el listado de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y de productos biologicos formulados registrados en el mes de MORDAZA de 2009; De conformidad con el Decreto Supremo N° 162000 y modificatorias, el Decreto Supremo N° 15-95-AG y modificatoria, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y la Resolucion Jefatural Nº 044-2006-AG-SENASA; y con los vistos buenos del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica y del Director de la Subdireccion de Insumos Agricolas;

Articulo 2º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los productos biologicos formulados registrados en el mes de MORDAZA de 2009, segun la siguiente relacion:
N° de Registro PBUA Nombre Comercial Ingrediente activo Clase MORDAZA de origen Titular del Registro

177-SENASA Laikuaj

Regulador Acido giberelico crecimiento plantas

de C h e m i c a l de Espana Industrial Valmed S.A.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria

349638-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU., Bolivia, Colombia, Brasil y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 455-2009 DE/SG
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº F-448 de fecha 5 de MORDAZA de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, personal de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA efectuara un estudio de sitio para la realizacion de un futuro entrenamiento en las instalaciones de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y,

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