Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2009 (13/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de noviembre de 2009

Administracion del Fondo de Garantia para Prestamos para la Pequena Industria ­ FOGAPI; Que, mediante carta de vistos, el citado funcionario ha formulado renuncia con caracter de irrevocable, a la representacion expuesta, por lo que resulta procedente emitir el acto de administracion interna que acepte dicha renuncia y designar al MORDAZA representante del Sector ante el Fondo de Garantia para Prestamos para la Pequena Industria ­ FOGAPI; Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA JACOBS MORDAZA, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el Consejo de Administracion del Fondo de Garantia para Prestamos para la Pequena Industria ­ FOGAPI, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el Consejo de Administracion del Fondo de Garantia para Prestamos para la Pequena Industria ­ FOGAPI. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Consejo de Administracion del Fondo de Garantia para Prestamos para la Pequena Industria ­ FOGAPI, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, resulta necesario incorporar en la delegacion de facultades otorgadas al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la facultad de aprobar para el presente ejercicio presupuestal el MORDAZA de estandarizacion para la adquisicion de tintas, cintas y tonners, de acuerdo a lo previsto por el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; Con la visacion del Secretario General, de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; y de la Directora General (e) de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8º del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporar el literal l) al articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 002-2009-TR precisada por Resolucion Ministerial Nº 146-2009-TR: "l) Aprobar para el presente ejercicio presupuestal el MORDAZA de estandarizacion para la adquisicion de tintas, cintas y tonners de acuerdo a lo previsto por el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

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TRANSPORTES Y
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Amplian delegacion de facultades otorgadas al Secretario General mediante la R.M. Nº 002-2009-TR precisada por R.M. Nº 146-2009-TR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 336-2009-TR MORDAZA, 11 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1017- Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, vigentes desde el 1 de febrero de 2009, constituyen el MORDAZA normativo que contiene las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que derivan de los mismos; Que, el articulo 5º del referido Decreto Legislativo, prescribe que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la Ley de Contrataciones del Estado le otorga y no pueden ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, en atencion a lo expuesto, mediante Resolucion Ministerial Nº 002-2009-TR precisado por Resolucion Ministerial Nº 146-2009-TR, se delego al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, entre otros, facultades relacionadas a las contrataciones estatales; Que, a efectos de garantizar la continuidad de una adecuada gestion en la ejecucion de contrataciones estatales

COMUNICACIONES
Autorizan a Automotriz MORDAZA Gas S.A.C. como taller de conversion a gas natural vehicular en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3125-2009-MTC/15 MORDAZA, 2 de octubre de 2009 VISTOS: El Parte Diario N° 129796 de fecha 14 de setiembre de 2009; presentado por la empresa AUTOMOTRIZ MORDAZA GAS S.A.C. mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas

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