Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2009 (13/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de noviembre de 2009

terreno materia del Contrato revertia a la Municipalidad Distrital de Pimentel; Que, mediante Informe Nº 172-2009-OFIC-ASESORIA LEGAL/GDU-MDP, la Asesora Legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural de esta comuna se ha pronunciado en el sentido que los compradores han hecho caso omiso a lo establecido en la clausula MORDAZA, y que la obligatoriedad se plasma al imponer un plazo determinado que es la de 18 meses para construir, caso contrario el terreno materia de venta revierte al vendedor, por incumplimiento, asi como se tiene que la relacion juridica entre comprador y vendedor ha quedado extinguida por incumplimiento del comprador, por lo que ante esta situacion es aplicable la resolucion automatica del Contrato de Compra venta y por lo tanto revertido el inmueble vendido al dominio de la Municipalidad Distrital de Pimentel. Por otra parte senala que la efectividad de la clausula MORDAZA no podra aplicarse en los siguientes casos: 1.- cuando el comprador MORDAZA realizado cualquier MORDAZA de trabajo en el predio materia de la venta, aun no encontrandose al dia en los pagos de sus tributos municipales; y 2.- En el caso que el comprador se encuentre pagando a la actualidad sus tributos municipales, sin haber realizado ninguna construccion o cualquier MORDAZA de trabajo) Que, por otra parte, con Informe Nº 499-2009-MDP-OAL, el Asesor Legal de esta comuna opina que de conformidad con el articulo 1361º del Codigo Civil los contratos son de cumplimiento obligatorio por las partes, de tal manera que cuando una de las partes no cumple con su obligacion, es facultad de la parte afectada proceder a la resolucion de dicho contrato, de conformidad con lo establecido en el Articulo 1430º del citado Codigo Civil, sin expresar ninguna excepcion; Que, con Informe Legal suscrito por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Registro ICAL 2147, opina que resulta procedente que la Municipalidad Distrital de MORDAZA haga uso de la clausula MORDAZA de los Contratos de Compra Venta de los lotes ubicados en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, a los compradores que no han construido sus respectivos lotes, asi como se debe exceptuar a los compradores que hayan venido pagando los tributos municipales de los lotes de terreno que han adquirido en virtud de los mencionados Contratos de Compra Venta, sustentando su analisis juridico en que se observa que ciertos compradores han realizado actos especificos de pagos de tributos municipales como propietarios, lo cual permite concluir en su interes de ejercer el derecho de propiedad sobre los lotes adquiridos, haciendo que esta conducta consolide su derecho de propiedad por ejercer actos legales como propietarios; De conformidad con lo establecido en el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de los senores regidores se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA LA REVERSION DE LOS PREDIOS VENDIDOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA Articulo 1º.- DISPONER la reversion de los predios vendidos por la Municipalidad Distrital de MORDAZA, que a la fecha no han cumplido con lo establecido en la Clausula MORDAZA del Contrato de Compra Venta, mediante comunicacion a los compradores, notificacion o publicacion de la decision de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, de hacer efectiva la Clausula MORDAZA de dicho Contrato, quedando resuelto el Contrato de puro derecho. Articulo 2º.- DECLARAR que no se encuentran comprendidos en lo dispuesto en el Articulo 1º de la presente Ordenanza cuando el comprador MORDAZA realizado cualquier MORDAZA de trabajo en el predio materia de la venta, aun no encontrandose al dia en los pagos de sus tributos municipales, asi como en el caso que el comprador se encuentre pagando a la actualidad sus tributos municipales, sin haber realizado ninguna construccion o cualquier MORDAZA de trabajo. Articulo 3º.- DISPONER la Publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en Diario Oficial de la Region Lambayeque. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYLLA
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Saylla
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Saylla, mediante Oficio Nº 571A/MDS-2009, recibido el 12 de noviembre de 2009) ORDENANZA Nº 007-2008-A/MDS Saylla, 18 de agosto del 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYLLA VISTO: En sesion de Concejo Nº 33-2008 celebrado el 15 de Agosto la propuesta del Texto Unico de Procedimientos Administrativos "TUPA" de la Municipalidad Distrital de Saylla alcanzada por el Senor Alcalde; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades Distritales son organos de Gobierno local, los mismos que cuentan con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autoridad aludida en el considerando precedente, radica segun el Articulo 2º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de acuerdo a la Ley de Procedimiento Administrativo General, los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, dichos procedimientos deben de ser compendiados y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos "TUPA" es un documento de Gestion Institucional determinado en la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, Cuya finalidad es la de unificar, dosificar y simplificar los procedimientos administrativos de las distintas dependencias de la Municipalidad con el objetivo de optimizar el servicio; Que, dando cumplimiento a la Ley de Silencio Administrativo, Ley Nº 29060 y de conformidad a los lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del silencio Administrativo, que fue aprobado mediante D.S. Nº 079-2007-PCM; En ese entender y estando a lo dispuesto por los Articulos 20º Inc. 5), y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por Mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion de acta aprobo lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimiento Administrativo "TUPA" que consta de 93 procedimientos administrativos, y sus anexos, de la Municipalidad Distrital de Saylla. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a las instancias administrativas correspondientes. Articulo Tercero.- REALIZAR la publicacion del texto Unico de Procedimientos Administrativos de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 38º literal 38.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Articulo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA K'ANA MORDAZA

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421954-1

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