Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2009 (13/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

405997

la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubiera aprobado en el mes anterior. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM "SIDEMCAT", D.S. Nº 014-92 "TUO de la Ley General de Mineria" y D.S. Nº 018-92-EM "Reglamento de Procedimientos Mineros" y Resolucion Ministerial Nº 0092008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLICARSE en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Junio y Agosto del 2009 por la Direccion Regional de Energia y Minas de MORDAZA, siendo las referidas las siguientes: 1) MORDAZA TRES con codigo 68-00010-09 mediante R.D. Nº 059-2009/DREM.MGRM de fecha 11 de Agosto del 2009 (D.Ubinas, P.General MORDAZA Cerro); 2) MORDAZA CUATRO con codigo 68-0000909 mediante R.D. Nº 060-2009/DREM.M-GRM de fecha 11 de Agosto del 2009 (D. Ubinas P. General MORDAZA Cerro); 3) EL MORDAZA VII con codigo 68-00011-09 mediante R.D. Nº 040-2009/DREM.M-GRM de fecha 25 de Junio del 2009 (D. San MORDAZA P. Mariscal Nieto); 4) GEMINSA 27 con codigo 68-00008-09 mediante R.D. Nº 035-2009/DREM.MGRM de fecha 18 de Junio del 2009 (D. Samegua/Torata P. Mariscal Nieto); 5) MORDAZA 2009 con codigo 68-0000609 mediante R.D. Nº 067-2009/DREM.M-GRM de fecha 27 de Agosto del 2009 (D. Carumas P. Mariscal Nieto); 6) TRADICION Y EMPRENDIMIENTO con codigo 68-0000608 mediante R.D. Nº 068-2009/DREM.M-GRM de fecha 31 de Agosto del 2009 (D. Pacocha P. Ilo). Registrese y comuniquese. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Directora Regional Direccion Regional de Energia y Minas

421415-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el Plan Regulador de las Zonas de Trabajo y Paraderos de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014 Ate, 4 de noviembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Informe Nº 065-2009 y 150-2009-MDAGDU/SGVT de la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte, el Informe Nº 746-2009-MDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, el Informe Nº 191-2009-MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 2492009-MDA/OGP de la Oficina General de Planificacion, el Proveido Nº 3612-2009/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 28607, determina que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, por mandato del numeral 5) del articulo 195º de la Constitucion del Peru, las Municipalidades en ejercicio de su autonomia politica, economica y administrativa tienen competencia exclusiva para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos de su circunscripcion. Que, el articulo 73º, inciso 2.2, del numeral 2) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades preceptua que los gobiernos locales son competentes para regular el transporte publico, circulacion y el MORDAZA vehicular.

Que, el inciso 3.2 del numeral 3) del articulo 81º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades dispone que las Municipalidades Distritales en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico ejerce la funcion de otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial. Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transportes y MORDAZA Terrestre establece los lineamientos generales economicos, organizacionales y reglamentarios del Transporte y MORDAZA Terrestre y rige en todo el territorio nacional. Que, mediante Ordenanza Metropolitana Nº 241/ MML, de fecha 27 de octubre de 1999, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprueba el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga de Vehiculos Menores estableciendo las disposiciones normativas generales de regulacion del transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores. Que, mediante Ordenanza Nº 188/MDA, publicada el 18 de MORDAZA de 2008, la Municipalidad Distrital de Ate, regula el Servicio de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores para el Distrito de Ate, MORDAZA que se modifico mediante Ordenanza Nº 205/MDA, publicada el 10 de enero de 2009, la cual se encuentra vigente. Asimismo, en su Primera Disposicion Transitoria, se otorgo a la Sub Gerencia de Vialidad y Transportes un plazo de 90 dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de dicha MORDAZA modificatoria para elaborar el Plan Regulador del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga de Vehiculos Menores Motorizados o no Motorizados de la jurisdiccion de Ate, que contenga el Estudio Tecnico de la realidad, necesidad y factibilidad para la prestacion del servicio por Zonas de Trabajo, la ubicacion de paraderos en el Distrito debidamente actualizado, quedando suspendida durante dicho plazo la emision de nuevas resoluciones de circulacion, ampliacion o modificacion de las zonas y/o vias de trabajo, inclusion de flotas e incremento de Paradero Oficial de Vehiculos Menores. Que, del mismo modo la MORDAZA Disposicion Final de la acotada MORDAZA modificatoria, faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la correcta aplicacion de la Ordenanza. Que, en cumplimiento de lo estipulado en la MORDAZA municipal MORDAZA aludida; la Sub Gerencia de Vialidad y Transportes mediante Informe Nº 065-09-MDA/GDU-SGVT sostiene, que se ha culminado el Estudio Tecnico respecto a la realidad existente, la necesidad actual del servicio de transporte de vehiculo menor en la Jurisdiccion Distrital de Ate, materializado en el MORDAZA Plan Regulador, el cual esta integrado por las Personas Juridicas de Derecho Privado, quienes ejecutaran la prestacion del servicio de transporte, los paraderos y las zonas de trabajo; motivo por el cual, existe la necesidad de aprobar dicho documento mediante Decreto de Alcaldia, que contenga disposiciones encaminadas a su aplicacion y aquellas complementarias que propicien la correcta prestacion de dicho servicio. Que, mediante el Proveido Nº 3612-2009/MDA/GM el Gerente Municipal, senala se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Regulador de las Zonas de Trabajo y Paraderos de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de Ate, que con Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, con las siguientes Especificaciones tecnicas: I - Descripcion, II - Delimitacion de Zonas de Trabajo, III - Personas Juridicas de Transporte de Vehiculo Menor, IV - Analisis de Paraderos por cada MORDAZA de Trabajo, V - Determinacion de Paraderos y Cantidad de Unidades Propuestas para las Zonas de Trabajo 07,10,11 y 14, VI - Conclusiones y VII ­ Recomendaciones. Articulo Segundo.- DISPONER que las Personas Juridicas de Transporte Publico de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, que presten el servicio de transporte en el Distrito de Ate, deberan adecuarse al presente Plan Regulador aprobado por la presente MORDAZA, respecto a las zonas de trabajo y los paraderos con su respectiva MORDAZA de embarque. Articulo Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte, emita las Resoluciones de Circulacion de las nuevas Personas Juridicas de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.