Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2009 (15/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. DEL

NORMAS LEGALES
GOBIERNO

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de noviembre de 2009

Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los 14.SEP.2009 MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 422560-1

Aprueban Plan Ganadero de la Region La MORDAZA 2006 - 2015
ORDENANZA REGIONAL N° 021-2009-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica Estado de 1993, Modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su Modificatoria - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968; Ley Nº 29053, y demas Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha siete de Agosto del 2009, la propuesta relativa a "Aprobar en vias de regularizacion el Plan Ganadero de la Region La MORDAZA 2006 ­ 2015, como un documento de gestion que esta enmarcado en el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero". CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece en su Articulo 38° que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el Articulo 4º Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 prescribe que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, el inciso a) del Articulo 51° de la Ley MORDAZA mencionada, establece las funciones en materia agraria: "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la region en materia agraria en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales". Que, con Resolucion Ministerial Nº 0490-2005-AG, se constituyo la Comision Tecnica encargada de elaborar un Plan Ganadero Nacional, de acuerdo con las politicas del sector, con la finalidad de promover el desarrollo sostenido del sector pecuario, a traves de mecanismos de DEL GOBIERNO

gestion empresarial, innovacion tecnologica, entre otros que contribuyan al mejoramiento de su productividad. Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2006-AG, aprueban el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero para el periodo 2006 ­ 2015, el cual fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de MORDAZA del 2006. Que, el Articulo Primero de la Resolucion Ejecutiva Presidencial Nº 1802-2006-GR-LL-PRE, de fecha 19 de Diciembre del 2006, se constituye la Comision Tecnica "Plan Ganadero Regional de la Region La Libertad", conformado por el Gobierno Regional de La MORDAZA en coordinacion con representantes del sector publico y privado involucrados en dicho tema. Asimismo esta Comision Tecnica es la encargada de hacer los aportes y seguimientos al Plan Ganadero Regional de La Libertad. Que, para la consecucion ordenada y progresiva de los objetivos y estrategias planteadas en el Plan de Desarrollo Ganadero y que parte de sus componentes se viene ejecutando, se hace necesario aprobar el Plan propuesto que sera el MORDAZA orientador a las politicas regionales y nacionales que se puedan generar a favor de la actividad ganadera rentable, sostenible y sustentable. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37° y Articulo 38° de la Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902 y Ley N° 28968 y, estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- APROBAR, en vias de regularizacion el Plan Ganadero de la Region La MORDAZA 2006 ­ 2015, como un documento de gestion que esta enmarcado en el Plan Nacional de Desarrollo Ganadero, y cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Agricultura y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la coordinacion de los mecanismos necesarios para la implementacion del Plan Ganadero de la Region La MORDAZA 2006 - 2015 y el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional La MORDAZA AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La MORDAZA a los 24.AGO.2009. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 422555-1 DEL GOBIERNO

Declaran de prioridad e interes regional el Fomento del Desarrollo de la Ganaderia Alpacuna y la Promocion del Consumo de Carne de Alpaca en la Region La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2009-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO

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