Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2009 (28/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de octubre de 2009

MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y Ucayali, disponiendose la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la minimizacion de los riesgos existentes dirigidas prioritariamente a la adquisicion, entre otros de antibioticos y medicinas, disponiendo que el Ministerio de Agricultura, dentro de su competencia, realice las acciones necesarias para la rehabilitacion de los servicios e infraestructura publicos que se requieran para atender a las personas en situacion de peligro; Que, por Decreto Supremo Nº 042-2009-PCM de fecha 9 de MORDAZA de 2009, se amplia el ambito de declaratoria de Estado de Emergencia, y ademas, la finalidad prevista en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2009PCM, incluyendose la ejecucion de acciones inmediatas para proteger la poblacion animal de camelidos, ovinos y vacunos que habitan las zonas declaradas de emergencia, para reducir la mortandad y deficiencias en la productividad de dichas especies, siendo necesario para ello, la adquisicion de medicinas veterinarias, heno, alimento balanceado, asi como la construccion de cobertizos, disponiendo, ademas, que el Ministerio de Agricultura se encargue de estas adquisiciones; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 052-2009-PCM, de fecha 5 de Agosto de 2009, se prorroga por sesenta dias naturales, a partir del 06 de Agosto de el Estado de Emergencia, declarado por Decreto Supremo Nº 036-2009. PCM, debiendose continuar con las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, la Resolucion Ministerial Nº 0618-2009-AG., de fecha 17 de Agosto de 2009, autoriza una modificacion presupuestaria en el Nivel Funcional Programatico en el Presupuesto Institucional del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 011: "Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL en su Partida; Que, el Memorandum Circular Nº 060-2009-AGAGRO RURAL-OPLAN de fecha 9 de setiembre de 2009, la Oficina de Planeamiento de AGRO RURAL hace de conocimiento la distribucion del calendario de compromisos correspondiente al mes de setiembre otorgando un Gasto Corriente la suma de S/. 42´491.00 (Cuarenta y dos mil cuatrocientos noventa y uno y 00/100 Nuevos Soles) para Apoyo al Agro; Que, mediante Memorandum Nº 1299-2009-AG-AGRO RURAL/DO de fecha 31 de Agosto de 2009 la Direccion de Operaciones remite a la Oficina de Administracion la justificacion tecnica para la construccion de cobertizos, asi como la distribucion tecnica de los mismos, en las zonas declaradas en emergencia por los Decretos Supremos referidos en el primer, MORDAZA y tercer considerando de la presente resolucion; Que, asimismo, con Nota Informativa Nº 153-2009AG-AGRO RURAL-DSR de fecha 27 de Agosto de 2009 y Memorandum Nº 539-2009-AG-AGRO RURAL ­DSR de fecha 18 de Setiembre de 2009, la Direccion de Servicios Rurales remite a la Oficina General de Administracion la Justificacion Tecnica y Especificaciones Tecnicas, respectivamente, para la adquisicion de productos veterinarios, para ser distribuidos entre los pobladores de las zonas declaradas en emergencia; Que, el inciso b) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, establece que estan exoneradas de los Procesos de Seleccion, las contrataciones que se realicen ante una situacion de emergencia derivada de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional; Que, en concordancia a la MORDAZA precitada, el inciso b) del articulo 21º de la Ley, dispone que una de las formalidades de las contrataciones exoneradas en las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion, se realizara de manera directa previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la Entidad en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente debera emitirse. Asimismo, senala que MORDAZA de dichas resoluciones e informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones el Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la

Entidad, precisando que esta prohibida la aprobacion de exoneraciones en via de regularizacion, a excepcion de la causal de situacion de emergencia; Que, por otro lado, el Art. 128º del Reglamento de la Ley, aprobada por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento, establece que en virtud a la declaracion de Estado de Emergencia, la Entidad debera contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir y atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, agregando que posteriormente debera convocar los respectivos procesos de seleccion y que cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la contratacion definitiva; Que, asimismo, el citado articulado establece que "toda contratacion para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministros, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, publicando la resolucion y los informes tecnico y legal sustentatorios en el SEACE, debiendo remitir dicha informacion a la Contraloria General de la Republica, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones"; Que, en el presente caso y conforme a lo senalado en el Informe Tecnico Nº 34-2009-AG-AGRO RURAL/OADM, la Unidad de Logistica, en el MORDAZA de los Decretos Supremos Nºs. 036, 042 y 052-2009-PCM, que declaran la Emergencia, y de acuerdo a lo previsto en los articulos 23º de la Ley y 128º de su Reglamento procedio a efectuar la adquisicion en forma directa, y sin procesos de seleccion medicinas, insumos para cobertizos y Heno, solicitados por las Direcciones de Operaciones y Servicios Rurales, para contrarrestar el friaje de las zonas comprendidas en los Decretos Supremos y que fueron entregados en su oportunidad; Que, se debe precisar que para efectos de la regularizacion, el Jefe de la Unidad de Logistica ha hecho llegar los requerimientos correspondientes, mediante Memorandum Nº 1299-2009-AG-AGRO RURAL/DO de fecha 31 de Agosto de 2009, Nota Informativa Nº 1532009-AG-AGRO RURAL-DSR de fecha 27 de Agosto de 2009 y Memorandum Nº 539-2009-AG-AGRO RURAL ­DSR de fecha 18 de Setiembre de 2009; Que, mediante Informe Legal Nº 085-2009AG-AGRO RURAL-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica de AGRO RURAL emite opinion favorable respecto a la exoneracion, via regularizacion, de las contrataciones realizadas por la Unidad de Logistica en el MORDAZA de la Declaracion de Emergencia decretada por el Gobierno para contrarrestar las bajas temperaturas en distintos departamentos del pais; Que, estando a las facultades conferidas al Director Ejecutivo de AGRO RURAL en el literal q) del Articulo 2.1.1 del Manual de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1120-2008-AG: con la delegacion contenida en la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 079-2009-AG-AGRO RURAL-DE, y con la visacion de las Oficinas de Planeamiento, Administracion y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXONERAR, del MORDAZA de seleccion correspondiente, por la causal de Situacion de Emergencia declarada mediante los Decreto Supremo Nº 036-2009PCM, 042-2009-PCM y 052-2009-PCM, de fechas 5 de junio de 2009, 9 de MORDAZA de 2009 y 052-2009-2009PCM, respectivamente, y en el MORDAZA de lo previsto en el articulo 23º de la Ley de Contrataciones del Estado, las contrataciones para la adquisicion de medicinas veterinarias, heno, insumos para la construccion de cobertizos y servicios de supervision y mano de obra, segun consta en el Informe Tecnico Nº 034-2009-AG- AGRO RURAL/OADM-ULP, en base a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER que la Oficina de Administracion de AGRO RURAL incluya las contrataciones referidas en el Informe Tecnico senalado en el articulo precedente en el Plan Anual de Contrataciones de AGRO RURAL.

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