Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2010 (04/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES
Anexo

415021

PROCEDIMIENTO DE SORTEO DE UBICACION DE BLOQUES DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS EN LA CEDULA DE SUFRAGIO DE LAS NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2010 Articulo 1º.- El sorteo se llevara a cabo en la sede central de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, estando a cargo de la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional. Articulo 2º.- Previamente al sorteo, la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional confirmara la presencia de un Notario Publico, la concurrencia de representantes de los organismos electorales, de observadores, de los personeros de las Organizaciones Politicas y de la Defensoria del Pueblo. Articulo 3º.- Para efectos de este sorteo, se consideran tres bloques de organizaciones politicas: el de partidos politicos, el de movimientos, el de organizaciones politicas locales. Estos bloques se ubicaran en la cedula de sufragio de acuerdo al resultado del sorteo que se realizara teniendo en cuenta los pasos siguientes: a) De acuerdo al orden alfabetico, para efectos del sorteo, se asignara al bloque de movimientos el numero uno (1), al bloque de organizaciones politicas locales el numero dos (2) y al bloque de partidos politicos el numero tres (3). b) Se utilizaran bolillos, los cuales se identificaran con los numeros que correspondan a cada bloque de las organizaciones politicas. c) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. d) Se invitara a un menor de edad para que, luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. e) El Notario Publico MORDAZA conformidad a los bolilleros extraidos y los funcionarios de la ONPE anotaran los resultados. f) El bloque al que corresponda el primer bolillo extraido ocupara el primer lugar; el bloque al que corresponda el MORDAZA bolillo ocupara el MORDAZA lugar y, finalmente, el bloque al que corresponda el tercer bolillo ocupara el tercer lugar. Articulo 4º.- El resultado del sorteo a que se refiere el articulo anterior, es valido para determinar el orden de los bloques de organizaciones politicas en la cedula de las Nuevas Elecciones Municipales 2010. Articulo 5º.- El resultado de organizaciones politicas locales quedara conformado por dos sub-bloques: a) organizaciones politicas locales provinciales y b) organizaciones politicas locales distritales. La ubicacion de estos sub bloques en la cedula de las Nuevas Elecciones Municipales se determinara luego de efectuar el sorteo a que se refiere el articulo tercero, conforme a los pasos siguientes: a) De acuerdo al orden alfabetico, para efectos del sorteo, se asignara al sub bloque de organizaciones politicas locales distritales el numero uno (1) y al sub bloque de organizaciones politicas locales provinciales el numero dos (2). b) Se utilizaran bolillos, los cuales se identificaran con los numeros que correspondan a cada sub bloque de las organizaciones politicas locales. c) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. d) Se invitara a un menor de edad para que, luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. e) El Notario Publico MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y los funcionarios de la ONPE anotaran los resultados. f) El sub bloque al que corresponda el primer bolillo sorteado, ocupara el primer lugar en el bloque de organizaciones politicas locales y al que corresponda al MORDAZA bolillo se ubicara en la parte inferior del referido bloque.

Articulo 6º.- En aquellas circunscripciones donde no participe ninguna organizacion politica correspondiente a alguno de los bloques o sub bloques, en la cedula de sufragio se considerara unicamente a los bloques respecto de los cuales si existen organizaciones politicas que participan en el MORDAZA, respetandose la secuencia determinada por los sorteos a que se refieren los articulos tercero y quinto. Articulo 7º.- Una vez obtenidos los resultados de los sorteos mencionados, se hace publico el orden final de ubicacion de los bloques y sub bloques de organizaciones politicas. De lo anterior se levantara el acta respectiva en cuatro ejemplares. Uno de los ejemplares se entregara al Notario Publico, otro al MORDAZA Nacional de Elecciones, otro al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el MORDAZA quedara en poder de la ONPE. Asimismo, se entregaran copias del acta, debidamente autenticadas por un fedatario de la ONPE, al representante de la Defensoria del Pueblo, a los personeros y a los observadores que lo soliciten. 463738-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a persona natural a actuar como representante en el Peru de UBS AG
RESOLUCION SBS Nº 11055-2009 MORDAZA, 18 de agosto del 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por la empresa bancaria del exterior UBS AG, mediante carta del 10 de MORDAZA de 2009, para que esta Superintendencia autorice al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a actuar como su Representante en el Peru, en reemplazo del senor MORDAZA Stoecklin del Castillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1247-2004 del 20 de MORDAZA de 2004, se autorizo al senor MORDAZA Stoecklin del MORDAZA, identificado con CE Nº 403434 y con pasaporte suizo Nº F0800488, a actuar como representante en el Peru de la empresa bancaria del exterior UBS AG establecida en Suiza; Que, por la documentacion adjuntada en la mencionada solicitud, se acredito que el 23 de marzo de 2009, UBS AG designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de nacionalidad peruana e identificado con DNI Nº 08774459, para actuar como el MORDAZA representante autorizado en el Peru de dicha entidad y le otorgo las facultades correspondientes; solicitando, ademas, la revocacion del nombramiento del senor MORDAZA Stoecklin del MORDAZA como su Representante en el Peru; Que, la documentacion presentada por UBS AG, cumple con los requisitos establecidos por la regulacion vigente; Estando a lo informado por el Departamento Legal y por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas; De conformidad con el articulo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y

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