Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2010 (04/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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Ley Nº 27972, dispone que mediante ordenanzas los gobiernos locales pueden crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias y derechos dentro de los limites establecidos por la ley; Que, por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, que establece los tributos y rentas de los gobiernos locales, entre los cuales se encuentra el impuesto predial, que grava el valor de los predios urbanos y rusticos cuya recaudacion y fiscalizacion del impuesto corresponde a la municipalidad distrital donde se encuentra ubicado el predio; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 296-2009VIVIENDA se aprueba los valores unitarios oficiales de edificacion para la Costa, MORDAZA y MORDAZA asi como por Resolucion Ministerial Nº 295-2009-VIVIENDA se aprueba los planos basicos arancelarios de los distritos de la Provincia de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao, vigentes a la fecha; Que, con Decreto Supremo Nº 311-2009-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas determina el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 3,600.00 (Tres Mil Seiscientos Nuevos Soles), para el ano 2010; Que el articulo 13º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal faculta a las municipalidades a establecer un monto minimo a pagar por concepto de impuesto equivalente a 0,6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano al que corresponde el impuesto, para el caso, segun Decreto Supremo Nº 311-2009-EF fijado en S/. 3,600.00 (Tres Mil Seiscientos Nuevos Soles), para el ano 2010; Que, por ultimo la cuarta disposicion final del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, no mas de 0,4% de la UIT vigente al 1º de enero de cada ejercicio; Estando a lo expuesto, por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, El Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2010 Articulo 1º.- Aprobar la emision mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto predial correspondiente al ano fiscal 2010.

Articulo 2º.- Fijar en S/. 4.50 (Cuatro y 50/100 Nuevos Soles) el monto por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de declaracion jurada y determinacion del impuesto predial del ano fiscal 2010, el cual se abonara conjuntamente con el pago fraccionado, asimismo, en caso de predios adicionales, se abonara S/. 2,00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) por cada predio adicional (PU). Articulo 3º.- Establecer como fecha de vencimiento de pago del impuesto predial del ano fiscal 2010 segun sigue: a) Al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero 2010. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales segun sigue: 1ra. Cuota: hasta el 26 de febrero de 2010 2da. Cuota: hasta el 31de MORDAZA de 2010 3ra. Cuota: hasta el 31 agosto de 2010 4ta. Cuota: hasta el 30 de noviembre de 2010 Articulo 4º.- Aprobar la estructura de costos del derecho de emision mecanizada de la hoja de liquidacion del impuesto predial correspondiente al ano 2010, que figura como anexo I y forma parte de la ordenanza. Articulo 5º.- Establecer que el monto minimo del impuesto predial para el ano fiscal correspondiente al 2010, es el 0,6% de la UIT vigente, de conformidad con el articulo 13º de Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Articulo 6º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y la Subgerencia de Informatica el cumplimiento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES Primera.Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto deAlcaldia dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Tercera.- Dejese sin efecto cualquier otra disposicion que se oponga a la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

ANEXO I ESTRUCTURA DE COSTOS - DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE LA DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL ANO 2010 ( En nuevos soles ) DETALLE COSTOS DIRECTOS COSTOS DE MANO DE OBRA DIRECTA PERSONAL NOMBRADO Determinacion de Impuestos Actualizacion de Valores Procesamiento de Informacion *** Clasificacion, Empaquetado y Etiquetado (Obreros) Distribucion Domiciliaria (Obreros) PERSONAL CONTRATADO Programacion de la Emision Distribucion Domiciliaria MORDAZA de Valores Arancelarios COSTO DE MATERIALES Formato Pre Impreso PU a todo color 46,620 Unidad 0.15 100.0% 7,142.18 10 20 13 Contratados Contratados Contratados 2,838.54 1,476.04 1,476.04 60.00% 60.00% 60.00% 17,031.25 17,712.50 11,513.13 26 10 10 40 20 Personal Personal Personal Personal Personal 1,861.08 1,624.92 1,624.92 2,396.61 2,396.61 60.00% 60.00% 60.00% 30.00% 60.00% 29,032.90 9,749.50 9,749.50 28,759.30 28,759.30 CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA COSTO UNITARIO % DE DEDICACION % DE DEPRECIACION COSTO MENSUAL COSTO ANUAL 212,240.69 152,307.38 106,050.50 29,032.90 9,749.50 9,749.50 28,759.30 28,759.30 46,256.88 17,031.25 17,712.50 11,513.13 49,263.42 7,142.18

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