Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2010 (04/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2010

economia local y la prestacion de servicios publicos de su responsabilidad, ello en MORDAZA con las politicas, planes nacionales y regionales de desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, asimismo, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es funcion exclusiva de las Municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar fiscalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica, de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley Nº 27972); Que, la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, publicada el 25 de septiembre del 2008, en su Articulo 24° sobre Habilitaciones Urbanas de Oficio senala que: "Las municipalidades provinciales en el ambito del Cercado y las municipalidades distritales, en su jurisdiccion, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario... estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las municipalidades a declarar de oficio la habilitacion MORDAZA de predios, que previamente la corporacion MORDAZA identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro de Predios como rustico; Que, la empresa habilitadora no ha podido concluir el procedimiento de habilitacion MORDAZA, habiendose realizado diversos actos administrativos que no han logrado que los adquirientes de los lotes hayan podido inscribir su propiedad ante el Registro de Predios de los Registros Publicos del Callao, hecho que ha generado con los anos malestar entre los ahora ocupantes propietarios, por cuanto pese a que vienen tributando de forma individual ante esta Comuna Provincial de manera regular, sus predios aun se encuentran supeditados a los problemas del terreno matriz, ocasionando informalidad en sus construcciones y en la atencion de sus servicios entre otros; Que, mediante Informe tecnico N° 006­2010-MPCGPUC de fecha 2 de Febrero de 2010, la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro adscrita a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, emite opinion informando que el terreno materia de los actos administrativos MORDAZA descritos aun no han logrado la inscripcion registral de habilitacion MORDAZA de manera definitiva con las condiciones tecnicas actuales, manteniendo su condicion de predio MORDAZA, pese a ser una MORDAZA MORDAZA consolidada que posee servicios publicos (agua, desague y luz); senala ademas que el terreno materia de estudio de acuerdo al Plano de Zonificacion vigente esta calificado con zonificacion RMD (Z-R3), compatible con el uso residencial actual; Que, a pesar de las condiciones tecnicas del sector, no se ha podido conseguir la inscripcion regular de habilitacion MORDAZA de la denominada Urbanizacion Los Jazmines Ampliacion IV Etapa, siendo actualmente un problema social, y por tanto limitando la inversion en el mejoramiento de la calidad de MORDAZA de los habitantes de ese sector del Callao, y estando a las disposiciones legales vigentes, se ha considerado necesaria la participacion de la autoridad municipal, a fin de poder regularizar los predios ubicados en zonas urbanas consolidadas, que se encuentren como urbanas en la Municipalidad e inscritas como rusticos en registro de predios, declarandolos habilitados de oficio; Que, la Municipalidad Provincial del Callao se encuentra facultada a aprobar la Habilitacion MORDAZA de Oficio, conforme lo dispone ahora la Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de

Edificaciones que en su articulo 24, senala que "Las municipalidades provinciales en el ambito del Cercado y las municipalidades distritales, en su jurisdiccion, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario..." concordante con lo senalado en la decimo septima disposicion transitoria el Decreto Supremo Nº 35-2006 VIVIENDA que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27157; por lo que corresponde emitir la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a MORDAZA, en cuanto a la inscripcion individual registral esta debera ser gestionada por su propietario; Que, de acuerdo a la documentacion obrante en los archivos municipales, esta corporacion ha generado las declaraciones juradas mecanizadas del periodo 2009 respecto a las viviendas que se encuentran ubicadas en el sector donde se ha desarrollado la Urbanizacion Los Jazmines Ampliacion IV Etapa, consignandose dichos predios como urbanos, y que de acuerdo a la informacion registral respecto a los terrenos, estos tienen la condicion de MORDAZA segun lo senalado en la Ficha Registral Nº 18431-B y Partida Electronica Nº 70059031 del Registro de Predios del Callao, al no haber concluido el MORDAZA de habilitacion MORDAZA, y que conforme al informe tecnico precitado, la Urbanizacion Los Jazmines Ampliacion IV Etapa es considerada como MORDAZA MORDAZA consolidada, por lo que cumple con las condiciones indicadas en Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y del Decreto Supremo Nº 35-2006 VIVIENDA, en lo que le es aplicable. Que, con Informe Nº 086-2010-MPC-GGAJC del 3 de Febrero de 2010, la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, opina que debe declararse habilitado de oficio, el terreno de 12,700.00 m2 denominado "Urbanizacion Los Jazmines Ampliacion IV Etapa" y se disponga la inscripcion Registral de uso MORDAZA a MORDAZA y la inscripcion individual Registral debe ser gestionada por su propietario; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y lo establecido en el Articulo 24° de la Ley 29090 ­ Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su Reglamento, estando a lo informado por la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, Gerencia General de Desarrollo MORDAZA y Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y, en ejercicio de las atribuciones que le confiere al senor MORDAZA el Articulo 20º inciso 6 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.DECLARAR HABILITADO DE OFICIO, NIVEL DE RECEPCION DE OBRAS, del terreno de 12,700.00 m2 ubicado en el Ex Fundo MORDAZA de la Provincia Constitucional del Callao, con frente a la Av. Japon (Ex Av. Bertello), inscrito en la Ficha Registral Nº 18431-B y Partida Electronica Nº 70059031 del Registro de Predios del Callao de la Superintendencia de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao. ArtIculo Segundo.- APROBAR EL PLANO DE REPLANTEO Y MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA HABILITACION MORDAZA DE OFICIO, consignado con el N° 008-2010 MPC-GGDU-GPUC asi como la Memoria Descriptiva, con el Cuadro de Areas siguiente: ----------------------------------------------------------Denominacion Area (m2) ----------------------------------------------------------- Area Total Bruta 12,700.00 m2 - Area Util 9,731.14 m2 - Area de circulacion 2,968.86 m2

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