Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2010 (29/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de marzo de 2010

PODER EJECUTIVO ENERGIA Y MINAS
Aprueban modelos de convenios de remediacion voluntaria a que se refieren los articulos 15º y 15º-A del D.S. Nº 059-2005-EM que aprobo el Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 136-2010-MEM/DM MORDAZA, 25 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de MORDAZA de 2004, se promulgo la Ley Nº 28271, Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad minera; Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, de fecha 7 de diciembre de 2005, se aprobo el Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera; Que, el mencionado reglamento establece los mecanismos que aseguran la identificacion de los pasivos ambientales de la actividad minera, la responsabilidad y el financiamiento para la remediacion de las areas impactadas por aquellos, con la finalidad de mitigar sus impactos negativos a la salud de la poblacion, al ecosistema circundante y a la propiedad; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1042 de fecha 25 de junio de 2008, se modifico y adiciono diversos articulos de la Ley Nº 28271, Ley que regula los pasivos ambientales mineros, a fin de posibilitar una mayor variedad de modalidades de participacion de terceros en la remediacion de pasivos ambientales, establecer incentivos para su identificacion y remediacion, y permitir su reutilizacion, reaprovechamiento, uso alternativo o turistico, entre otros aspectos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-EM de fecha 15 de enero de 2009, se modifico el Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM con el fin de desarrollar, en su regulacion, las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1042 y concordar sus diversos articulos con los objetivos de dicha legislacion; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 003-2009-EM establecio un plazo de sesenta (60) dias habiles para que el Ministerio de Energia y Minas apruebe los modelos de convenios mencionados en los articulos 15º y 15º-A del Decreto Supremo Nº 059-2005EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM; Que, en consecuencia, la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas ha elaborado los modelos de convenios de remediacion voluntaria que celebraran el remediador voluntario con la Direccion General de Mineria, correspondientes a los articulos 15º y 15º-A del Decreto Supremo Nº 059-2005-EM; De conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los modelos de convenios de remediacion voluntaria correspondientes a lo senalado en los articulos 15º y 15º-A del Decreto Supremo Nº 0592005-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0032009-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

CONVENIO DE REMEDIACION VOLUNTARIA CON DECLARACION DE FALTA DE RESPONSABILIDAD (ART. 15-Aº DEL D.S. Nº 059-2005-EM) Conste por el presente documento, el Convenio de Remediacion Voluntaria en adelante "EL CONVENIO", que celebran de una parte el Ministerio de Energia y Minas, en adelante "EL MEM", con domicilio en Av. Las Artes Sur Nº 260, San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con R.U.C Nº 20131368829, debidamente representado por .......................................... (cargo), con D.N.I. Nº ................, autorizado a suscribir el presente convenio mediante .........................................; y, de la otra parte, ..........................................., en adelante "EL REMEDIADOR VOLUNTARIO", con domicilio en ........... ........................................................., con R.U.C. Nº ....... ..................., debidamente representado por ................... ................... (cargo) con D.N.I. Nº .................., designado mediante ..................................... ; en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA.- LAS PARTES 1.1. EL REMEDIADOR VOLUNTARIO esta interesado en asumir la remediacion voluntaria del integro del/los siguiente/s pasivo/s ambiental/es:
Denominacion: ______________, ubicacion: _____________, consistente en: ________________________, con los siguientes principales vertices en coordenadas UTM: ____________________. El/los anterior/es pasivo/s ambiental/es sera/n referidos en adelante como EL PAM/LOS PAM. La modalidad mediante la cual EL REMEDIADOR VOLUNTARIO planea remediar EL PAM/LOS PAM es mediante (i) un plan de cierre de pasivos ambientales mineros, (ii) su inclusion en el plan de cierre de minas ______________________, (iii) su reutilizacion en _______________, (iv) su reaprovechamiento, (v) la modalidad aprobada en la Resolucion Ministerial Nº ________ _________.

1.2. EL MEM es la entidad del Estado a cargo de celebrar convenios de remediacion voluntaria, segun lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, y el articulo 15º-A de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0592005-EM (en adelante EL REGLAMENTO).
Notas a la Clausula Primera: -En caso se pretenda la remediacion de mas de un pasivo ambiental, estos deberan ser enumerados e incluirse la informacion de cada uno por separado. -En el MORDAZA parrafo eliminar las modalidades que no correspondan. En el caso de los espacios en MORDAZA, el primero (punto ii) debe ser completado con la informacion que permita identificar el plan de cierre -aprobado, en evaluacion o a ser presentado- que va a contener el pasivo o pasivos ambientales, el MORDAZA (punto iii) debe ser completado con los detalles de la concesion y unidad minera en las que sera(n) incluido(s), y el tercero (punto v) debe ser completado con el numero de resolucion ministerial por la que se apruebe la modalidad de remediacion, segun lo senalado en el tercer parrafo del articulo 12º del Decreto Supremo Nº 059-2005-EM.

CLAUSULA SEGUNDA.- DEL OBJETO Por el presente Convenio, EL REMEDIADOR VOLUNTARIO se obliga a asumir la remediacion voluntaria del integro de EL PAM/LOS PAM, para lo cual se compromete a presentar el respectivo ......................... ..............................................., dentro de .......................... .................. (plazo). Asimismo, se compromete a cumplir con el integro de las obligaciones contenidas en dicho instrumento ambiental de remediacion y aquellas que correspondan ser incorporadas en dicho instrumento para lograr la remediacion del integro de EL PAM/LOS PAM.
Notas a la Clausula Segunda: -Se completara el primer espacio en MORDAZA con el nombre del instrumento ambiental de remediacion que corresponda segun la modalidad de remediacion que MORDAZA sido senalada en el MORDAZA parrafo de la clausula anterior.

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