Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2010 (16/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, para tal efecto, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 0209-2010/DTIE, referido a los Factores de Reajuste para las Areas Geograficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al periodo del 01 al 30 de Setiembre de 2010 y que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la Aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC), por lo que resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural correspondiente, asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion

y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Factores de Reajuste que debe aplicarse a las obras de edificacion, correspondiente a las seis (6) Areas Geograficas para las Obras del Sector Privado, derivados de la variacion de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el periodo del 01 al 30 de Setiembre de 2010, segun aparece en el cuadro siguiente:

OBRAS DE EDIFICACION AREAS GEOGRAFICAS Nº 1 2 3 4 5 6 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Resto Elem. 0,9979 0,9991 0,9996 0,9990 0,9987 0,9978 Total 0,9979 0,9991 0,9996 0,9990 0,9987 0,9978 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 0,9987 1,0000 1,0003 1,0000 0,9995 0,9980 Total 0,9987 1,0000 1,0003 1,0000 0,9995 0,9980 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Terminada) Resto Elem. 0,9969 0,9978 0,9985 0,9977 0,9976 0,9969 Total 0,9969 0,9978 0,9985 0,9977 0,9976 0,9969 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 0,9979 0,9989 0,9995 0,9991 0,9986 0,9976 Total 0,9979 0,9989 0,9995 0,9991 0,9986 0,9976

Articulo 2º.- Los Factores de Reajuste seran aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el periodo correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores seran aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiendose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Articulo 3º.- Los factores indicados no seran aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variacion mencionada en el periodo correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especificos. Articulo 4º.- Los montos de obra a que se refiere el Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra.

Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Las Areas Geograficas comprenden los departamentos siguientes: a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 556402-2

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Palestino, Distrito Judicial de Huancavelica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 205-2010-CE-PJ MORDAZA, 15 de junio de 2010 VISTOS: El Oficio N° 752-2010-PJ-CSJHU-P cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y el Informe N° 116-2010-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica remite a este Organo de

Gobierno solicitud de creacion de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina de Palestino, Distrito de Lircay, Provincia de Angaraes, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica; Segundo: Que, la solicitud se sustenta en la necesidad de remover las barreras geograficas que impiden el acceso a la justicia de la poblacion que se beneficiara con el organo jurisdiccional, para que los conflictos de estricta competencia de los Juzgados de Paz, MORDAZA solucionados y atendidos de modo oportuno y eficaz, beneficiando a 923 habitantes aproximadamente; Tercero: Que, los organos jurisdiccionales mas cercanos que cubren actualmente la demanda de justicia de la MORDAZA beneficiada con la creacion del organo jurisdiccional, teniendo en cuenta la distancia, costo y que se toma para llegar al Juzgado de Paz de San MORDAZA de MORDAZA a tres kilometros en carretera, y al Juzgado de Paz Letrado y Mixto de Lircay a ocho kilometros demorando treinta minutos en combi, origina gastos economicos perjudicando la precaria economia de los pobladores; Cuarto: Que, el Informe N° 116-2010-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en que es factible la creacion del Juzgado de Paz solicitado; senalandose su competencia geografica; Quinto: Que, entre los objetivos de politica implementadas en este Poder del Estado esta la de eliminar las barreras que impiden el Acceso a la Justicia de

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