Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2011 (21/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

434681

Universidad Autonoma San MORDAZA al D. Leg. 882, en base al acuerdo adoptado por la Sociedad Promotora Educativa MORDAZA S.A.C; asimismo informa que el expediente presentado cumple con todos los requisitos de ley; por lo que opinan: Se admita a tramite la solicitud de Adecuacion de la Universidad Autonoma San MORDAZA al D. Leg. Nº 882. Que, por Oficio Nº 937-2010-CONAFU-CDAA de fecha 09 de diciembre de 2010, la Comision Academica, senala que en referencia al Informe Legal 473-2010-CONAFUCJ, opinan: Se admita a tramite la referida solicitud de Adecuacion de la Universidad Autonoma San Francisco; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "son atribuciones del Pleno del CONAFU: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU."; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 15 de diciembre 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 562-2010CONAFU convino por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de Adecuacion de la Universidad Autonoma San MORDAZA al Decreto Legislativo Nº 882; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero: ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Adecuacion de la Universidad Autonoma San MORDAZA al Decreto Legislativo Nº 882; Articulo Segundo: HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General 591828-4

Reconocen en el cargo a Presidente y Vicepresidente Academico de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Arte ORVAL
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 024-2011-CONAFU MORDAZA, 10 de enero de 2011 "UNIVERSIDAD PERUANA DE ARTE ORVAL" VISTOS: La Resolucion Nº 029-2010-CONAFU de fecha 29 de enero de 2010, Resolucion Nº 179-2010CONAFU de fecha 24 de marzo de enero de 2010, Carta Nº 001-2010-PROM-ORVAL recibido el 26 de noviembre de 2010, Oficio Nº 920-2010-CONAFU-CDAA de fecha 06 de diciembre de 2010, Oficio Nº 1823-2010-CONAFU-P de fecha 13 de diciembre de 2010, Oficio Nº 023-2010PCO-UORVAL presentado el 22 de diciembre de 2010, Oficio Nº 014-2011-CDAA de fecha 03 de enero de 2011, y Acuerdo Nº 030-2011-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 05 de enero de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades

- CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, Titulo Primero, articulo 3º: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de la Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..." Que, en el articulo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 1002005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal."; Que, en el articulo 20º del Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, por Resolucion Nº 029-2010-CONAFU de fecha 29 de enero de 2010, se resuelve: Otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Universidad Peruana de Arte ORVAL, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Departamento y Provincia de MORDAZA, con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Semestre Academico; con las siguientes carreras profesionales, 1) Arquitectura de Interiores, 2) Direccion de Arte Graficas y Publicitarias 3) Arqueoarquitectura y Gestion Turistica; cada una con 35 vacantes por ciclo academico; Que, por Resolucion Nº 179-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de enero de 2010, se resolvio: Reconocer a los integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Arte ORVAL, quedando la referida Comision integrada de la siguiente manera: Dr. MORDAZA Nepali MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Ludena Saldana e Ing. Martial Borzee MORDAZA, en calidad de Presidente, Vicepresidente Academico y Gerente General, respectivamente; Que, por Carta Nº 001-2010-PROM-ORVAL recibido el 26 de noviembre de 2010, el Presidente de la Promotora Educativa ORVAL S.A.C de la Universidad Peruana de Arte ORVAL, senala que, habiendo el Presidente y el Vicepresidente Academico de la Comision Organizadora de la referida MORDAZA de estudios, renunciado a sus cargos; solicita que se declare la vacancia y se proceda con el reconocimiento de una nueva Comision Organizadora, proponiendo a los siguiente profesionales: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. Martial Borzee MORDAZA, en el cargo de Presidente, Vicepresidente Academico y Gerente General, respectivamente; asimismo, indica que se tenga en cuenta que los ex integrantes de la Comision Organizadora no ejercieron su funcion, por lo cual se reserva el derecho de pago de la tasa administrativa correspondiente; Que, mediante Oficio Nº 920-2010-CONAFU-CDAA de fecha 06 de diciembre de 2010 el Consejero de Asuntos Academicos informa que el Presidente de la Promotora de la Universidad Peruana de Arte ORVAL ha solicitado el reconocimiento de una nueva Comision Organizadora, ante la renuncia de los profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente y Dr. MORDAZA Ludena Saldana Vicepresidente Academico de la Comision Organizadora de la Universidad; e indicando que dichos profesionales no ejercieron su funcion, por lo que se reservan el derecho de pago de la tasa administrativa correspondiente. Ante ello el Consejero indica que se debera comunicar a la Universidad Peruana de Arte Orval que debera efectuar el derecho de pago de la tasa administrativa establecida en el MORDAZA ­ CONAFU en el Item 13, para proceder con el reconocimiento de los miembros de la Comision Organizadora por vacancia de cargos;

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