Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2011 (21/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de enero de 2011

PROYECTO

434697

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso g) del Articulo 8° de la Ley Nº 26285, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones -OSIPTELtiene asignadas, entre otras, las funciones relacionadas con la interconexion de servicios en sus aspectos tecnicos y economicos; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 3º de la Ley Nº 27332 -Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos-, el OSIPTEL tiene asignada, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ambito y en materia de su competencia, los reglamentos, normas que regulan los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, en el Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion -aprobado mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL y sus modificatorias(en adelante, TUO de las Normas de Interconexion) se definen los conceptos basicos de la interconexion, y se establecen las normas tecnicas, economicas y legales a las cuales deberan sujetarse: a) los contratos de interconexion que se celebren entre operadores de servicios publicos de telecomunicaciones; y, b) los pronunciamientos sobre interconexion que emita el OSIPTEL; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL se aprobo el Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope, (en adelante, el Procedimiento), en el que se detallan las etapas y reglas a las que se sujeta el OSIPTEL para el ejercicio de su funcion normativa en la fijacion o revision de cargos de interconexion tope, de oficio o a solicitud de una empresa operadora; Que, dentro del MORDAZA normativo vigente, el OSIPTEL ha aprobado Contratos de Interconexion y ha emitido Mandatos de Interconexion, en cuya virtud se vienen aplicando Cargos por el Acceso a Plataformas de Pago, para escenarios de comunicacion en los que, involucrando el uso de dichas plataformas de un operador, es otro operador quien establece la tarifa al usuario llamante o se trata de comunicaciones cursadas en el MORDAZA de los servicios especiales con interoperabilidad; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 076-2009-CD/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruano el 08 de enero de 2010, se dispuso dar inicio al procedimiento de oficio para el establecimiento del "cargo de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago", en virtud de lo establecido por el Articulo 7º del Procedimiento; Que, Americatel Peru S.A. mediante carta C.2412010-GAR recibida el 18 de MORDAZA de 2010, MORDAZA Movil Peru S.A.C. mediante carta DMR/CE/Nº 500/10 recibida el 01 de junio de 2010, Telefonica del Peru S.A.A. mediante carta DR-107-C-0766/CM-10 recibida el 01 de junio de 2010, Telefonica Moviles S.A. mediante carta TM-925-A-161-10 recibida el 01 de junio de 2010 y Nextel del Peru S.A. mediante carta CGR 1339/10 recibida el 02 de junio de 2010, presentaron al OSIPTEL sus propuestas de cargos de interconexion tope por acceso a sus plataformas de pago, conjuntamente con los estudios de costos correspondientes; Que, luego de evaluar las propuestas de cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago y sus respectivos estudios de costos, asi como la informacion proporcionada por los concesionarios en respuesta a los requerimientos realizados, y de acuerdo con lo establecido en el Articulo 7º del Procedimiento y en merito a los fundamentos que sustentan el Proyecto de Resolucion senalado en la seccion de VISTOS, se considera pertinente disponer su publicacion en el diario oficial El Peruano, definiendo el plazo para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto de dicho proyecto, convocar a la correspondiente Audiencia Publica y disponer la publicacion de la respectiva documentacion sustentatoria en la pagina web del OSIPTEL;

Que, forma parte de la motivacion de la presente resolucion el Informe Sustentatorio Nº 768-GPRC/2010 elaborado por la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; En aplicacion de las funciones senaladas en el Articulo 23º, en el inciso i) del Articulo 25º y en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 409; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion, en el diario oficial El Peruano, del Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago, conjuntamente con su Exposicion de Motivos. Asimismo, seran publicados en la pagina web del OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe ) el referido Proyecto Normativo, su Exposicion de Motivos, los modelos de costos y el Informe Sustentatorio Nº 768GPRC/2010. Articulo 2°.- Otorgar un plazo de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del proyecto normativo referido en el articulo precedente, a la Gerencia de Comunicacion Corporativa del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima), pudiendo remitirlos via fax al numero: (511) 4751816 o mediante correo electronico a la direccion: sid@ osiptel.gob.pe. En todos los casos, los comentarios deberan enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente Resolucion. Articulo 3°.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Articulo 4º.- Convocar a Audiencia Publica en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA e Iquitos, para el dia 25 de febrero de 2011, haciendo publica dicha convocatoria a traves de un diario de circulacion nacional. Articulo 5º.- Notificar a las empresas concesionarias de servicios publicos de telecomunicaciones que cuentan con plataforma de pago, el Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los cargos de interconexion tope por acceso a la plataforma de pago, conjuntamente con su Exposicion de Motivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

ANEXO Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto de Resolucion mediante el cual se estableceran los Cargos de Interconexion Tope por Acceso a la Plataforma de Pago. Articulo del Proyecto 1º 2º ... ... 8º 9º Comentarios Generales Otros Comentarios Comentarios

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