Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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categorias de instrumentos de inversion y/o subclases de activos, incluyendo sus correspondientes limites de inversion maximos y minimos y su MORDAZA de modificacion. - Los indicadores de referencia de rentabilidad para cada una de las categorias de instrumentos de inversion y/ o sub clases de activos, asi como el MORDAZA de seleccion o modificacion que corresponda. - Los porcentajes de inversion MORDAZA en cada moneda extranjera sin cobertura cambiaria, asi como, el porcentaje de inversion MORDAZA en el conjunto de monedas extranjeras sin cobertura cambiaria. - La diversificacion geografica del portafolio global. c) La politica de diversificacion tactica o de corto y mediano plazo del portafolio global: - Los criterios estrategicos por los que la diversificacion a corto y mediano plazo puede divergir de la diversificacion objetivo a largo plazo, considerando los limites de inversion maximos y minimos para cada categoria de instrumento de inversion y/o subclases de activos. - Criterios para seleccionar estrategias de inversion activas (inversiones que impliquen desviaciones con respecto a los indicadores de referencia de rentabilidad) y estrategias pasivas (inversiones similares a la estructura de los indicadores de referencia de rentabilidad) en cada categoria de instrumento de inversion o subclase de activo. Asimismo, se deben definir los estilos de inversion y/o estrategias de dichas categorias de instrumentos o subclases de activo. - Criterios de seleccion de la administracion interna o externa de las categorias de instrumentos de inversion y/o subclases de activo y sus componentes. - Metodologia de monitoreo de los mercados en los que se negocian las categorias de instrumentos de inversion y/o subclases de activo, y de las variables macroeconomicas, sectoriales, politicas, demograficas, riesgos u otros que afecten las decisiones de inversion. d) La construccion del portafolio global: - Los criterios para la construccion del portafolio global, incluyendo el portafolio de las categorias de instrumentos de inversion y/o subclases de activo que lo componen. - El modelo de maximizacion del retorno ajustado por riesgo de los portafolios de inversion a utilizarse, asi como los principales criterios de analisis. - La politica de compras y ventas (politica de negociacion) por cada categoria de instrumento de inversion o subclase de activo. e) El monitoreo y rebalanceo del portafolio global: - El analisis de desempeno de los retornos ajustados por riesgo y los criterios para el monitoreo del portafolio global y de cada categoria de instrumento de inversion o subclase de activo. - La politica de rebalanceo para el portafolio global y para cada categoria de instrumento o subclase de activo. f) La politica de liquidez del portafolio global y de las categorias de instrumentos de inversion y/o subclases de activo que lo componen, senalando entre otros aspectos: la definicion de liquidez, el porcentaje minimo de activos liquidos, entre otros. g) La politica de valorizacion de los instrumentos de inversion liquidos e iliquidos dentro de cada categoria de instrumento o subclase de activo. h) La politica de desinversion de las categorias de instrumentos de inversion y/o subclases de activo, en caso corresponda. i) La estructura organizacional del MORDAZA de inversion de los recursos de los Fondos administrados. j) Las responsabilidades claves y actores del MORDAZA de inversion, indicando su participacion en la toma de decisiones. k) El MORDAZA de elaboracion y aprobacion de la politica de inversion. l) La politica de administracion de riesgos. m) La politica de restricciones aplicables a las categorias de instrumentos de inversion y/o subclases de activo. n) La politica de registro de operaciones, contabilidad y custodia de los instrumentos de inversion.

o) Otros aspectos relevantes de la politica de inversion global. II. Otras politicas de inversion a) La politica de negociacion de moneda extranjera. b) La politica de instrumentos derivados. c) La politica de instrumentos de inversion estructurados. d) La politica de prestamo de valores. e) La politica de operaciones de reporte. f) La politica de seleccion y evaluacion de intermediarios financieros y de ejecucion de operaciones financieras. g) La politica para operar con contrapartes. h) Otras politicas relevantes." El detalle del contenido de los lineamientos minimos MORDAZA senalados sera establecido por la Superintendencia mediante MORDAZA de aplicacion general." "Articulo 101º.- Obligacion de evaluar cualquier incumplimiento al presente Capitulo. El area de auditoria interna o la unidad equivalente, sera la responsable de evaluar cualquier incumplimiento a lo senalado en el presente Capitulo, debiendo informar oportunamente al Directorio de la AFP sobre tales hechos, incluyendo las medidas preventivas y correctivas adoptadas. Las AFP deberan informar a la Superintendencia dichas situaciones en merito a su condicion de gestor de fondos de pensiones, a mas tardar durante los cinco (5) dias posteriores de haber identificado el incumplimiento MORDAZA senalado. Asimismo, las AFP seran las encargadas de informar a la Superintendencia de cualquier modificacion de la politica de inversiones y de los prospectos informativos de cada una de las Carteras Administradas correspondientes a los Fondos obligatorios y voluntarios que ofrezca. Para dicho fin, la AFP debera remitir a la Superintendencia los documentos impresos MORDAZA senalados, los mismos que deberan contar con el/los visto(s) bueno(s) que sustenten la aprobacion de dichas politicas o prospectos informativos y deberan encontrarse adecuadamente numerados. Del mismo modo, se debera remitir el acta de Directorio en la que se constate la aprobacion MORDAZA senalada. Por otro lado, y en caso la AFP haga referencia en la politica de inversiones a algunos manuales y/ o procedimientos, estos deberan ser remitidos a la Superintendencia en la misma oportunidad que la politica de inversiones y cada vez que exista una creacion, actualizacion y/o modificacion. Dichos manuales y/o procedimientos deberan contar con la aprobacion del Directorio o del comite delegado por este, asi como del Comite de Riesgos de Inversion." Articulo Segundo.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION FINAL Y TRANSITORIA Primera.- La AFP contara con un plazo de ciento veinte (120) dias contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolucion para remitir a la Superintendencia las politicas de inversion actualizadas de cada MORDAZA de Fondo, tomando en consideracion los lineamientos minimos establecidos en el articulo 100Cº del Titulo VI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 670092-1

Modifican el Titulo V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP
RESOLUCION SBS N° 8611-2011 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2011

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