Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2011 (17/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450081

o dimension supra regional o nacional, la competencia resolutiva recae, de forma exclusiva y excluyente, en la Direccion General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 4º.Resoluciones administrativas expedidas al MORDAZA del articulo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo Las resoluciones administrativas, de primera y MORDAZA instancia, que se expiden al MORDAZA del articulo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo tienen la naturaleza de laudo arbitral, siendoles aplicables los articulos 65º y 66º del referido texto unico ordenado. Articulo 5º.- Medidas complementarias Por resolucion ministerial se podran establecer disposiciones complementarias a lo establecido en el presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. DISPOSICION FINAL TRANSITORIA Unica.- Hasta que se culmine la implementacion del Registro Nacional de Arbitros en Negociaciones Colectivas, la Direccion General de Trabajo es competente para designar directamente al arbitro o arbitros de las negociaciones colectivas en tramite, en los casos en que por MORDAZA se requiera que la Autoridad Administrativa de Trabajo realice tales designaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 692113-2

Ejecutivo; y el articulo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto, con efectividad al 09 de setiembre de 2011, la autorizacion de viaje dispuesta mediante Resolucion Ministerial N° 268-2011-TR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 691678-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Precisan vigencia de derechos de autorizaciones otorgadas a personas natural y juridica formalizadas mediante Resoluciones Viceministeriales Nºs. 301 y 355-2009-MTC/03
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 761-2011-MTC/03 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2011 VISTO, el Expediente Nº 2008-002905 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de MORDAZA de 2009, quedo aprobada por resolucion ficta la autorizacion otorgada a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Zarumilla, departamento de Tumbes; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 3012009-MTC/03 de fecha 20 de MORDAZA de 2009, se declaro aprobada la autorizacion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Zarumilla, departamento de Tumbes, conforme a lo indicado en el considerando precedente; Que, a efectos de que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones derivadas de la autorizacion en mencion, corresponde precisar la Resolucion Viceministerial Nº 3012009-MTC/03; Que, respecto a los derechos derivados de la autorizacion se debe precisar que estas rigen a partir de su otorgamiento efectuado mediante resolucion ficta en aplicacion del silencio administrativo positivo, de conformidad a lo establecido en el articulo 2º de la Ley Nº 29060 ­ Ley del Silencio Administrativo, concordado con el numeral 24.1 del articulo 24º y numeral 188.1 del articulo 188º, ambos de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, es decir rigen desde el 06 de MORDAZA de 2009; Que, respecto a las obligaciones de la autorizacion estas rigen a partir de la notificacion de la Resolucion Viceministerial Nº 301-2009-MTC/03, es decir a partir del 23 de MORDAZA de 2009, de acuerdo a lo estipulado en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278: "El plazo MORDAZA de vigencia de la autorizacion es de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de notificacion

Dejan sin efecto autorizacion de viaje dispuesta mediante R.M. Nº 268-2011TR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 275-2011-TR MORDAZA, 13 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 268-2011TR del 07 de setiembre de 2011, se autorizo el viaje en mision oficial del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARBA, Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a la MORDAZA de Chicago, Estados Unidos, del 09 al 15 de setiembre de 2011, para que en representacion del Sector participe en la VIII Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPP); Que, asimismo, mediante Resolucion Ministerial N° 2702011-TR del 07 de setiembre de 2011, se designa al referido funcionario, en el cargo de Director Regional, Nivel Remunerativo F-5, de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Metropolitana del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, teniendo en consideracion lo expuesto y por convenir al servicio, resulta conveniente dejar sin efecto, la citada autorizacion de viaje, con efectividad al 09 de setiembre de 2011, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder

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