Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2011 (17/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de setiembre de 2011

UNIVERSIDADES
Aprueban expedicion de duplicado de titulo profesional de ingeniero de sistemas de la Universidad Nacional de Ingenieria
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 1261 MORDAZA, 12 de setiembre de 2011 Visto el expediente SIGA: 2011-18202 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien solicita duplicado de su diploma del Titulo Profesional de Ingeniero de Sistemas; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 06940227, egresado de esta MORDAZA de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedicion del duplicado de su diploma de Titulo Profesional de Ingeniero de Sistemas, por perdida de dicho documento, adjuntando la documentacion sustentatoria respectiva, segun lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, aprobado por Resolucion Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Oficina de Tramite Documentario de la Secretaria General de la Universidad, mediante informe de fecha 31-082011 precisa que el diploma el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra registrado en el Libro de Titulos Profesionales Nº 14, pagina 169, con el numero 15044; teniendose en cuenta el Oficio Nº 637-2011-1er. VR, de fecha 05 de setiembre del 2011, del Primer Vicerrector, y la recomendacion de la Comision Academica y de Investigacion en su sesion Nº 35-2011 realizada el 05-09-2011; y Que el Consejo Universitario en su sesion ordinaria Nº 29 del 07 de setiembre del 2011 acordo aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Titulo Profesional de Ingeniero de Sistemas al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alegre; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), articulo numero 52º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la expedicion de duplicado del Titulo Profesional de Ingeniero de Sistemas del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgado el 11 de MORDAZA del 1995, anulandose el diploma otorgado anteriormente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Rector 691084-1

dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Declara de Prioridad Regional la Proteccion, Conservacion y Ordenamiento del Santuario Religioso del Senor de Qoyllorit'i, en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi, con dispensa de tramite de comision; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 6º de la Ley precedentemente senalada, establece que, el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, los incisos d) y e) del articulo 10º de la Ley precedentemente senalada, establece que son competencias compartidas, de acuerdo al articulo 36 de la Ley Organica de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, la gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental, y la preservacion y administracion de las reservas y areas naturales protegidas regionales. Dentro de ese MORDAZA el articulo 53º establece las funciones de los gobiernos regionales en materia ambiental y de ordenamiento territorial. Que, para la debida proteccion del Santuario Religioso del Senor de Qoyllorit'i, es necesaria su delimitacion, en razon a que solamente a partir de la delimitacion de su area, las entidades representativas de los devotos y peregrinos, asi como, la Direccion Regional de Cultura del MORDAZA, y demas instituciones afines, podran desarrollar con el sustento apropiado las acciones correspondientes de salvaguarda y proteccion de dicho espacio cultural. Que, en consideracion a su importancia historica, cultural y de identidad, el Santuario Religioso del Senor de Qoyllorit'i y la Festividad de Qoyllorit'i, fueron declarados como Patrimonio Cultural de la Nacion, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 608/INC-2004, de fecha 10 de agosto de 2004; reconociendose mediante dicha disposicion al espacio: Santuario, asi como, a la manifestacion cultural: Festividad, en tanto ambos son indesligables. Que, el articulo 28º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que, en concordancia de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, estos prestaran asistencia y cooperacion a los organismos pertinentes para la ejecucion de proyectos de investigacion, restauracion, conservacion y difusion de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion ubicados en su jurisdiccion. Por lo que; el Consejo Regional de MORDAZA, en uso de la facultad conferida por el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones. Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DECLARAR, DE PRIORIDAD REGIONAL LA PROTECCION, CONSERVACION Y

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de prioridad regional la proteccion, conservacion y ordenamiento del Santuario Religioso del Senor de Qoyllorit'i, en el distrito de Ocongate, provincia de Quispicanchi
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2011-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha diez de junio del ano

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