Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2014 (08/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 8 de enero de 2014

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de Transportes y Comunicaciones habia aprobado, respecto de la actividad de mejoramiento o conservacion vial, las siguientes normas: i) el "Manual Tecnico de Mantenimiento Periodico para la Red Vial Departamental No Pavimentada" y el "Manual Tecnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Departamental No Pavimentada", mediante Resolucion Directoral N° 015-2006-MTC/14 de fecha 22 de Marzo del 2006, ii) las "Especificaciones Tecnicas Generales para la Conservacion de Carreteras", por Resolucion Directoral N° 051-2007-MTC/14 de fecha 27 de Agosto del 2007, y iii) el "Manual para la Conservacion de Caminos de Bajo Volumen de Transito", el cual fue inicialmente aprobado por Resolucion Directoral N° 003-2007-MTC/14 y, posteriormente, modificado y aprobado, nuevamente, por Resolucion Ministerial N° 240-2008-MTC/02 de fecha 12 de Marzo del 2008; Que, la version definitiva del Manual de CarreterasMantenimiento o Conservacion Vial presentada por la Direccion de Normatividad Vial, comprende todos los conceptos, procedimientos y documentos tecnicos de las normas citadas en el considerando anterior; razon por la cual, una vez aprobado dicho manual, las mismas deberan quedar sin efecto; Que, en virtud de lo expuesto, es pertinente dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 29370-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Ministerial N° 506-2008-MTC/02; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Manual de CarreterasMantenimiento o Conservacion Vial, el cual obra en Anexo que consta de seiscientos setenta y ocho (678) folios, y cuyo original forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Dicho manual, de conformidad con el articulo 18° del Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial, constituye un documento de caracter normativo y de cumplimiento obligatorio. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano", y la publicacion de su Anexo, que contiene el Manual de Carreteras-Mantenimiento o Conservacion Vial, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mintc.gob.pe). Articulo Tercero.- La MORDAZA aprobada por el articulo primero de la presente resolucion, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la: - Resolucion Directoral N° 015-2006-MTC/14 de fecha 22 de Marzo del 2006 que aprobo el "Manual Tecnico de Mantenimiento Periodico para la Red Vial Departamental No Pavimentada" y el "Manual Tecnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Departamental No Pavimentada". - Resolucion Directoral N° 051-2007-MTC/14 de fecha 27 de Agosto del 2007, que aprobo la norma: "Especificaciones Tecnicas Generales para la Conservacion de Carreteras". Articulo Quinto.- Disponer la remision a la Direccion General de Desarrollo y Ordenamiento Juridico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en un plazo no mayor de tres (3) dias habiles de la publicacion de la resolucion directoral en el Diario Oficial "El Peruano", MORDAZA autenticada y el archivo electronico del Anexo respectivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA N. ZECENARRO MATEUS Director General Direccion General de Caminos y Ferrocarriles 1034678-1

Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestion de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento e interpretar las normas tecnicas contenidas en dicho reglamento. Asimismo; el articulo 19°, en concordancia con la Primera Disposicion Complementaria Final de la misma MORDAZA, senala que este Ministerio, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, elabora, actualiza y aprueba los manuales para la gestion de la infraestructura vial; Que, el Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial, ha previsto en su articulo 18°, que los manuales son documentos de caracter normativo y de cumplimiento obligatorio, que sirven como instrumentos tecnicos a las diferentes fases de gestion de la infraestructura vial; Que, dentro de la relacion de manuales previstos en el articulo 20º del mencionado reglamento, se encuentra el Manual de Mantenimiento o Conservacion Vial, el cual, segun el articulo 31° del mismo, contiene las normas, guias y procedimientos para la gestion del conjunto de actividades tecnicas de naturaleza rutinaria y periodica que se ejecuta para que las vias se conserven en niveles de servicio adecuados, tanto en lo referido a las fases de mantenimiento rutinario como los de mantenimiento periodico; Que, de otro lado, de acuerdo con el articulo 60° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Direccion de Normatividad Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, tiene, entre sus funciones, las de formular y actualizar normas de caracter tecnico y/o administrativas relacionadas con la gestion de infraestructura vial (estudios, construccion, rehabilitacion, mejoramiento, mantenimiento y uso de caminos); Que, en ejercicio de tales funciones, y en atencion a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial, la Direccion de Normatividad Vial planteo en el ano 2010, la elaboracion del Manual de Mantenimiento o Conservacion Vial, mediante la contratacion de los servicios de una empresa consultora; Que, para tal efecto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones contrato a la empresa MORDAZA DALL'ORTO S.A.-INGENIEROS CONSULTORES, a fin que elabore la citada norma; Que, luego de la elaboracion del manual y de otorgada la conformidad a los servicios de la citada consultora, la Direccion de Normatividad Vial presento a la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, el proyecto final denominado Manual de Carreteras-Conservacion Vial, para su prepublicacion correspondiente, de acuerdo a lo previsto en el articulo 14° del Decreto Supremo N° 0012009-JUS-"Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", y en la Directiva N° 001-2011-MTC/01-Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicacion de proyectos de normas legales, aprobada por Resolucion Ministerial N° 543-2011-MTC/01; Que, en atencion a ello, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles dispuso, a traves de la Resolucion Directoral N° 017-2013-MTC/14 de fecha 10 de Junio del 2013, la publicacion del proyecto de manual en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadania en general, por un plazo de 45 dias habiles; Que, la publicacion del proyecto de manual motivo la MORDAZA de observaciones, sugerencias, y aportes; siendo que la revision, evaluacion, e integracion de los mismos, ha estado a cargo de la Direccion de Normatividad Vial; Que, una vez concluida tal labor, la citada Direccion ha formulado la version definitiva del Manual de Carreteras-Mantenimiento o Conservacion Vial, la misma que ha sido presentada a la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, para su tramite de aprobacion correspondiente, con Informe N° 071-2013-MTC/14.04 de fecha 12 de diciembre del 2013; Que, de otro lado, se debe precisar que MORDAZA de la emision del Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial (el cual preve al Manual de Mantenimiento o Conservacion Vial), el Ministerio

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