Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2014 (08/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Miercoles 8 de enero de 2014

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los dos tercios del numero legal de sus miembros que exige el articulo 23 de la LOM. Esta decision se formalizo a traves del Acuerdo de Concejo Nº 158-2013-MDS. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 17 de setiembre de 2013 (fojas 1014 a 1027), MORDAZA Alava MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 019, adoptado en la sesion extraordinaria, de fecha 26 de MORDAZA de 2013, sobre la base de los argumentos expuestos en el MORDAZA de vacancia. CUESTION EN DISCUSION En el presente caso, este Supremo Tribunal Electoral debe determinar: a) Si el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrio en la causal de ejercicio de funciones administrativas o ejecutivas, establecida en el articulo 11 de la LOM. b) Si el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrio en la causal de ejercicio de funciones administrativas o ejecutivas, establecida en el articulo 11 de la LOM, e infringio las restricciones contratacion sobre bienes municipales, prevista en los articulos 22, numeral 9, y 63, de la LOM. c) Si la regidora Dalith MORDAZA MORDAZA incurrio en la causal de ejercicio de funciones administrativas o ejecutivas, establecida en el articulo 11 de la LOM, y en la causal de nepotismo, prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. CONSIDERANDOS Respecto al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA La declaratoria de vacancia por ejercicio de funciones administrativas o ejecutivas 1. El articulo 11 de la LOM dispone, en su MORDAZA parrafo, lo siguiente: "[...] Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de cargos de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdiccion. Todos los actos que contravengan esta disposicion son nulos y la infraccion de esta prohibicion es causal de vacancia en el cargo de regidor". En ese sentido, resulta importante para este organo electoral recordar que, mediante la Resolucion Nº 2412009-JNE, se realizo una interpretacion de la referida disposicion, en la que se senala que esta "[...] responde a que de acuerdo al numeral 4 del articulo 10 de la citada ley, el regidor cumple una funcion fiscalizadora, siendo ello asi, se encuentra impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas dentro de la misma municipalidad, de lo contrario entraria en un conflicto de intereses asumiendo un doble papel, la de administrar y fiscalizar". 2. La finalidad de la causal de declaratoria de vacancia prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM es la de evitar la anulacion o menoscabo relevante a las funciones fiscalizadoras que son inherentes al cargo de regidor. En ese sentido, si es que los hechos imputados a algun regidor no suponen, en cada caso concreto, una anulacion o afectacion del deber de fiscalizacion de la citada autoridad municipal, no deberia proceder una solicitud de declaratoria de vacancia en dicho caso. Analisis del caso concreto 3. Sobre el primer hecho que configuraria la causal de funcion administrativa se verifica que del Comprobante de Pago Nº 161, fechado el 12 de MORDAZA de 2011 (fojas 38), del Memorando Nº 769-2011-MDS/GM, fechado el 17 de junio de 2011 (fojas 39), y del Informe Nº 0022011-TFSJ/S, fechado el 30 de junio de 2011 (fojas 100), que fue el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA el responsable de recibir, ejecutar y sustentar el encargo de S/. 20 000,00 (veinte mil y 00/100 nuevos soles) que la Municipalidad Distrital de Soritor presupuesto para la celebracion de la Fiesta de San MORDAZA, correspondiente al ano 2011.

b) Con relacion a la causal de restricciones en la contratacion sostiene que la adjudicacion de terrenos en favor de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se llego a materializar porque no tomaron posesion de los lotes y porque el gerente municipal, por Memorando Nº 2024-2012-MDS/GM, anulo todo acto administrativo de compraventa a favor de ellos. Dalith MORDAZA MORDAZA a) En lo referente a la causal de funciones ejecutivas o administrativas refiere que el Informe Nº 001-2012-CECDMDS/P esta suscrito unicamente por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que los responsables de los gastos por las actividades del Dia de la MORDAZA y de la Fiesta de San MORDAZA fueron servidores municipales designados por resolucion gerencial municipal. b) Con relacion a la prohibicion de nepotismo sostiene que, la contratacion de la docente Bessy MORDAZA MORDAZA estuvo a cargo de la I.E. Nº 00499 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de un MORDAZA de concurso publico. Pronunciamiento del Concejo Distrital de Soritor y la decision del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones En sesion extraordinaria, de fecha 21 de setiembre de 2012 (fojas 180 a 196 vuelta), el Concejo Distrital de Soritor, con el MORDAZA unanime de sus miembros, desestimo la solicitud de vacancia formulada en contra de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dalith MORDAZA Montoya. Esta decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 208-2012-MDS. Con fecha 12 de octubre de 2012 (fojas 259 a 257), MORDAZA Alava MORDAZA interpuso recurso de reconsideracion, reiterando los argumentos expuestos en su solicitud de vacancia. En sesion extraordinaria del 19 de octubre de 2012 (fojas 264 a 267), el concejo distrital, por MORDAZA unanime de sus integrantes, declaro infundado el recurso de reconsideracion. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo Nº 241-2012-MDS (fojas 268 a 271). Con fecha 22 de noviembre de 2012 (fojas 273 a 278), el recurrente interpuso recurso de apelacion, reproduciendo los argumentos ya expuestos en su solicitud de vacancia y en el recurso de reconsideracion. Elevado el recurso de apelacion al MORDAZA Nacional de Elecciones, se dio origen al Expediente Nº J-2012-1593, en el cual se emitio la Resolucion Nº 378-2013-JNE, del 2 de MORDAZA de 2013 (fojas 610 a 616). A traves de la citada resolucion, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones declaro nulos los Acuerdos de Concejo Nº 208-2012-MDS y Nº 241-20012-MDS, y dispuso que se renueven los actos, resolviendo, en primer termino la tacha interpuesta por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el recibo de entrega, de fecha 8 de marzo de 2012 (fojas 40), y la Carta Nº 01-2012-DCB/MDS (fojas 41); asimismo, a efectos de que incorporen y valoren, entre otros, las partidas de nacimiento que acrediten el vinculo del MORDAZA con sus supuestos sobrinos, los Acuerdos de Concejo Nº 196-2607-2011-MDS y Nº 126-26-07-2011, que se mencionan en el Informe Nº 001-C.T.D.U.Y.R./MDS; las partidas de nacimiento de las personas senaladas como padres y hermanos del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incluyendo la suya propia, a fin de establecer o descartar fehacientemente el vinculo de consanguinidad; los expedientes administrativos, informes y/o documentos que dieron merito a la emision de los comprobantes de pago a nombre de MORDAZA MORDAZA Valles de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los cuales han sido incorporados al presente pedido de vacancia. Respecto al MORDAZA pronunciamiento del Concejo Distrital de Soritor En merito a lo dispuesto por este organo colegiado, el Concejo Distrital de Soritor convoco a una nueva sesion extraordinaria para el dia 30 de MORDAZA de 2013 (fojas 1052 a 1070), a efectos de tratar la solicitud de vacancia formulada por MORDAZA Alava Portocarrero. Realizada la votacion, el concejo municipal rechazo la declaracion de vacancia de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dalith MORDAZA MORDAZA, por cuatro votos en contra y un MORDAZA a favor, al no alcanzarse

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