Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2014 (08/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Miercoles 8 de enero de 2014

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la que el Concejo Distrital de Ataura declaro procedente, por mayoria, la solicitud de vacancia contra el MORDAZA cuestionado (cuatro votos a favor de la vacancia y dos votos en contra de la vacancia), conforme a la MORDAZA obrante de fojas 381 a 384 (Expediente Nº J-2012-00034). La MORDAZA del Acta de Sesion Extraordinaria Nº 10-2012, en el que se plasmo el acuerdo de concejo del 15 de junio de 2012, le fue remitida a los miembros del concejo distrital entre el 22 y el 25 de junio de 2012, mediante la Carta Multiple Nº 02-2012-MDA/SG, del 22 de junio de 2012 (fojas 68) Recurso de reconsideracion

el cargo de regidores del Concejo Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, a fin de que completen el periodo de gobierno municipal 2011-2014, otorgandoseles la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1034884-4

Declaran infundada solicitud de vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ataura, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1093-2013-JNE Expediente Nº J-2013-01276 ATAURA - JAUJA - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, doce de diciembre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de fecha 12 de diciembre de 2013, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ataura, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo Nº 12-2012, emitido en la sesion extraordinaria del 20 de agosto de 2012, que declaro procedente la solicitud de vacancia presentada en contra dicha autoridad, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el Expediente acompanado Nº J2012-0034, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia Con fecha 13 de enero de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento al MORDAZA Nacional de Elecciones la solicitud de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ataura, por haber incurrido en la causal de nepotismo, prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), obrante de fojas 1 a 7 del Expediente Nº J-2012-00034. Mediante Auto Nº 1, de fecha 13 de enero de 2012, recaido en el Expediente Nº J-2013-0034 (foja 23), se efectuo el traslado de la solicitud de vacancia y se dispuso que el concejo municipal cumpliera, entre otros puntos, el de convocar a sesion extraordinaria para tratar la solicitud de vacancia contra el MORDAZA cuestionado. Con fecha 28 de febrero de 2013, se llevo a cabo la sesion extraordinaria correspondiente en la que se trato la referida solicitud de vacancia, acordando el Concejo Distrital de Ataura declarar procedente la solicitud (foja 136, del Expediente Nº J-2012-00034). Por Resolucion Nº 0251-A-2012-JNE, del 10 de MORDAZA de 2012, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, declaro nulo el acuerdo adoptado por el Concejo Distrital de Ataura en la sesion extraordinaria llevada a cabo el 28 de febrero de 2012, ordenandose se convocara a nueva sesion de concejo (fojas 274 a 278, del Expediente Nº J-2012-00034). Posicion del Concejo Distrital de Ataura En merito de la resolucion MORDAZA mencionada, se llevo a cabo la sesion extraordinaria del 15 de junio de 2012 en

Con fecha 13 de MORDAZA, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ataura interpuso recurso de reconsideracion contra el acuerdo de concejo emitido en sesion extraordinaria del 15 de junio de 2012 (fojas 341 a 344, Expediente Nº J-2012-00034), consignando doctrina y haciendo mencion a la normatividad referente al tema de nepotismo. En sesion extraordinaria del 28 de agosto de 2012, el Concejo Distrital de Ataura acordo, por mayoria, declarar infundado el recurso de reconsideracion (cinco votos a favor de denegar el recurso, y uno a favor de declararla fundada). Mediante Carta Multiple Nº 04-2012MDA/SG, del 3 de setiembre de 2012, se remitio MORDAZA fedateada del Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 12-2012, del 20 de agosto de 2012, a los miembros del concejo distrital (fojas 17). Recurso de apelacion Con fecha 14 de setiembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 12-2012, que declaro infundado su recurso de reconsideracion, bajo los mismos argumentos consignados en este ultimo medio impugnatorio en mencion (fojas 2 a 6). CUESTION EN DISCUSION La materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ataura, ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM. CONSIDERANDOS Sobre la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 8, de la LOM 1. La causal de vacancia invocada por el recurrente es la de nepotismo, conforme a la ley de la materia, segun lo senala el articulo 22, numeral 8, de la LOM. Por ello, resultan aplicables la Ley Nº 26771, que establece la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 0172002-PCM (en adelante, el Reglamento). 2. Constituye reiterada jurisprudencia, por parte de este organo colegiado, que la determinacion del acto de nepotismo comporta la realizacion de un examen desarrollado en tres pasos, a saber: a) la verificacion del vinculo conyugal o del parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el familiar MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal; y c) que la autoridad MORDAZA MORDAZA realizado la contratacion, nombramiento o designacion, o ejercido injerencia con la misma finalidad. 3. De la revision de los autos se aprecia que el solicitante senala, en su solicitud de vacancia, que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria contratado, bajo la modalidad de locador de servicios, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el objeto de realizar labores de apoyo a las festividades del 15 de enero de 2011 en el distrito de Ataura. Dicha persona seria esposo de Heraclita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien seria prima hermana del MORDAZA cuestionado. Por otra parte, en la solicitud de vacancia tambien se senala que el MORDAZA cuestionado habria contratado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo la modalidad de locador de servicios para

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