Norma Legal Oficial del día 09 de Octubre del año 1998 (09/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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encuentran descritas en el "Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico" numero TMA-011: y, estan limitadas alo senalado en las "Especificaciones de Operacion"; las que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la empresa debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Transporte Aereo. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho Manual. debera solicitarse la anrobacion corresoondiente a la Direccion General de Transporte Aereo. I Articulo Cuarto.- La Direccion General de Transnorte Aereo efectuara inspecciones al Taller de Mantenkmento Aeronautico de la empresa J.P. PROPELLER SERVICE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente resolucion. Articulo Quinto.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la em resa J.P. PROPELLER SERVICE SOCIEDAD DE RESP 8 NSABILIDAD LIMITADA queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil. a su reglamento., a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las Directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR: FLOTA OPERATIVA

I,ima. viernes 9 dc octuhm dc 19% : HUANCAYO : Tres (3) semanales Dos (21 omnibus

: Un (11 omnibus:UI-5272 11986) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus:UI-6286 11986) HORARIOS : Salida de Acobamba:l9.00 horas (Martes, jueves y sabado) Salida de Satipo:19.00 horas (Lunes, miercoles y viernes)

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad.

Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 0595-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (301 dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17" del reglamento aprobado por Decreto Supremo N 0595-MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16" del citado reglamento.
Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional.

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Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL N" 896-SS-MTC05.18
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro N' 01890010, organizado por la Empresa de Transportes "EXPRESO TURISMO NACIONAL" S.A. sobre nueva concesion de ruta: Aeobamba - Satipo y viceversa e Informe N" 593-9%MTCl 15.18.04.l.rcm., de la Direccicin de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13" del Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado or Decreto Supremo N" 0595MTC y en el Texto Unico de $ rocedimientos Administrativos aprobado por Decreto .. Supremo N" 019-97-MTC, para la prestacion del servicio

Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley.
Registrese y comuniquese MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre

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Autorizan a empresa de transportes la ampliacion de ruta
RESOLUCION DIRECTORAL W 1206~9%MTC115.18
MORDAZA, 29 de setiembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro N" 02291010, organizado por la Empresa de Transportes EXPRESO MORDAZA S.R.Ltda., sobre Ampliacion de Ruta e Informe Tecnico N" 87598-MTC/15.18.04.atr. de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transporte ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento de Servicio aprobado por Decreto Supremo N" 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" OlS-97-MTC, para la Ampliacion de Ruta del servicio autorizado por Resolucion Directoral N" 444-98-MTC/15.18, de fecha 5 de marzo de 1998, modificado por Resolucion Directoral N" 661-9%MTCi15.18 de fecha 30 de MORDAZA de 1998; Estando a las opiniones de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en MemorandumN"2789-9%MTC/15.18.04ydeAsesoriaLegal en Informe W 1117-9%MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Servicio, aprobado por Decreto Supremo N" 05-95 M T C , L e y N" 25035 y su R e g l a m e n t o a p r o b a d o p o r D e c r e t o S u p r e m o N" 070.89.PCM, T e x t o U n i c o d e Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo N" 019.97.MTC, Texto Unico Ordena-

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Estando alas opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum N" 1879-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 717.98.~~TC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 05-95MTC, Ley N" 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 070.89.PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA> aprobado por Decreto Supremo N" 019.97.MTC y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE:

Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes "EXPRESO TURISMO NACIONAL" S.A. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (101 anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion, en la ruta: Acobamba - Satipo v viceversa. de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA : ACOBAMBA SATIPO y

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