Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001

cia tiene por finalidad atender las necesidades de la poblacion a traves del desarrollo de obras de infraestructura basica social y economica; asi como promover el desarrollo de obras de infraestructura basica social y economica asi como promover el desarrollo regional y local; Que, en tal sentido, el dinero materia de donacion sera destinado para efectuar las obras de reconstruccion del distrito de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, en el departamento de MORDAZA, el cual fue afectado por el sismo ocurrido el 23 de junio ultimo, a traves de la suscripcion del Convenio pertinente; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25556 y Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y agradecer la donacion efectuada por la firma Transportadora de Gas del Peru S.A. y Techint S.A.C. por US$ 15 000,00 y US$ 10 000,00 respectivamente, a favor del Ministerio de la Presidencia, la misma que sera destinada a efectuar obras de reconstruccion en el distrito de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, afectado por el sismo ocurrido el 23 de junio de 2001. Articulo 2º.- Facultar al Viceministro de Infraestructura para que suscriba con el Organismo para la Reconstruccion y Desarrollo del Sur - ORDESUR un Convenio de Financiamiento para las obras que dicha entidad tenga programada en el citado distrito. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 36958

al Complejo Policial de Villacuri; asi como la obra "Sellado de la Cancha de Tenis del IPD" en la cual se utilizaron 216 galones de liquido asfaltico; identificandose como presuntos responsables a los senores MORDAZA MORDAZA Apesteguia, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mesias; Que, de acuerdo con el capitulo III Fundamentos de Derecho, se presume que la conducta de los ex Jefes de Almacen, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA Soriano, acerca del faltante de liquido asfaltico se encuentra tipificada en el Articulo 387º del Codigo Penal, como delito de peculado agravado; pronunciandose asimismo respecto de la responsabilidad civil, toda vez que no actuaron diligentemente en las funciones inherentes al cargo y haber incurrido y actuado con negligencia inexcusable al no haber salvaguardado y cautelado los intereses del Estado; Que, se ha determinado que la conducta atribuida al ex Presidente Ejecutivo del CTAR Ica, MORDAZA MORDAZA Apesteguia; al ex Gerente Regional de Operaciones, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el ex Responsable de Obra, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta prescrita en el Articulo 389º del Codigo Penal, tipificada como delito de peculado en la modalidad de malversacion; estableciendose asimismo, responsabilidad extracontractual subjetiva, por un monto de S/. 9 775,00, de conformidad con el Articulo 1321º y 1969º del Codigo Civil; Que, conforme lo establece el Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162. Ley del Sistema Nacional de Control, los resultados de una accion de control, emitidos por cualquier organo del sistema, estan considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537 de Representacion de Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 26922, Ley Nº 26162 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE:

Autorizan a procurador iniciar acciones contra funcionarios y servidores del CTAR Ica por presunta responsabilidad penal y civil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 426-2001-PRES MORDAZA, 21 de diciembre del 2001 Visto el Oficio Nº 1600-2001-CTAR ICA/PE-GRCI, del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Ica y el Informe Nº 015-200102-4662; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Memorando Nº 249-2000CTAR-ICA/PE-GRADM, la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR Ica, expidio el Informe Nº 015-2001-024662 "Informe Especial sobre presunta responsabilidad penal y civil de funcionarios y servidores del CTAR Ica diferencia o faltante de liquido asfaltico"; Que, conforme el numeral 2.1 del capitulo II "Fundamentos de Hecho" del citado Informe Especial, se ha evidenciado perjuicio economico en contra del CTAR Ica ascendente a la suma de S/. 33 050,68, en tanto se determino que existe un faltante de 8 452,86 galones de liquido asfaltico, cantidad que no ha sido sustentada; identificandose como presuntos responsables a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA Soriano; Que, asimismo, segun el numeral 2.2 de los Fundamentos de Hecho, se determino que durante el periodo agosto 1999 a diciembre de 2000, se adquirieron 8 334,00 galones de liquido asfaltico para la obra "Pavimentacion Avenida Siete" determinandose mediante la accion de control que dicho liquido asfaltico se utilizo en obras que no contaron con Expedientes Tecnicos debidamente aprobados, como el caso de la obra "Pavimentacion PP.JJ. MORDAZA Valdelomar", cuyos 2000 galones fueron destinados

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones judiciales pertinentes contra el ex Presidente Ejecutivo del CTAR Ica, MORDAZA MORDAZA Apesteguia; al ex Gerente Regional de Operaciones, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Responsable de Obra, MORDAZA MORDAZA Mesias; los ex Jefes de Almacen, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA Soriano y demas responsables, por las razones y los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al Procurador Publico del Sector para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 36959

Designan miembros de la Comision de Transferencia del Subsector Saneamiento al MTC, constituida por D.S. Nº 020-2001-PRES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 427-2001-PRES MORDAZA, 27 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27570, se aprobo la Transferencia de las Funciones relativas a la politica de Saneamiento y el Subsector Saneamiento del Ministerio de la Presidencia, al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion;

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