Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 239

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Diario Oficial El Peruano el 27 de MORDAZA del 2001, en consecuencia ratificar dicha Resolucion de Alcaldia en todos sus extremos por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion de Concejo. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion, Unidad de Personal, Oficina de Planificacion y Presupuesto y Oficina de Asesoria Legal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 37075

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prohiben circulacion o MORDAZA de unidades de transporte publico de pasajeros por las avenidas Los Conquistadores y MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 038-MSI EL MORDAZA DE SAN ISIDRO; POR CUANTO; EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO: En Sesion Ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2001; CONSIDERANDO: Que, el numeral 5) Articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, dispone que las Municipalidades tienen competencia para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, en el numeral 5) del Articulo 65º establece como funcion municipal entre otros, la de mantener la infraestructura MORDAZA vial, concordante con lo prescrito por el numeral 1) del Articulo 66º que establece como funcion municipal la potestad de normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental; Que, por Ordenanza Nº 127-MML, de fecha 29.SET.97, el Concejo Metropolitano de MORDAZA, aprobo el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA signado con el numero SV-01A, que define la Clasificacion y las Secciones Viales en categorias tales como: Vias Expresas, Vias Arteriales, Vias Colectoras, Vias Locales y en el Articulo MORDAZA establece que las Municipalidades distritales que conforman la provincia de MORDAZA, tendran a su cargo el mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA de las Vias Locales de su jurisdiccion; Que, mediante Ordenanza Nº 341-MML, emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6.DIC.2001, se aprobo la actualizacion del Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, consignando la relacion de Avenidas Expresas, Arteriales y Colectoras de MORDAZA Metropolitana, MORDAZA que no incluye la Av. Los Conquistadores del distrito de San MORDAZA, por lo que esta tiene la categoria de Via Local, correspondiendo por tanto su mantenimiento, administracion, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA a la Municipalidad de San Isidro; Que, en Sesion Ordinaria de Concejo Distrital de San MORDAZA de fecha 23.11.01, se acordo por unanimidad acoger y respaldar el pedido de las Juntas Vecinales de los cinco (5) Sectores del distrito, para eliminar el MORDAZA de las unidades de transporte publico por las avenidas Los Conquistadores y MORDAZA MORDAZA, como una de las medidas de proteccion a favor del Bosque "El MORDAZA de San Isidro", area

declarada MORDAZA Monumental por el Instituto Nacional de Cultura (INC), desde 1959; Que, segun Oficio Nº 026-01-DP-ORLC-A de fecha 4.DIC.2001, la Defensoria del Pueblo, hace de conocimiento de la Municipalidad de San MORDAZA, la peticion formulada por la Junta Vecinal de Orrantia, Conquistadores y MORDAZA Real para la intervencion de la Defensoria del Pueblo en la atencion de los problemas de contaminacion ambiental (atmosferica y sonora) que estarian causando los vehiculos de transporte publico que circulan por las avenidas Los Conquistadores y MORDAZA MORDAZA, en perjuicio de los vecinos de la MORDAZA y del Bosque El MORDAZA, MORDAZA Monumental, solicitando se informe respecto de las medidas implementadas en relacion del control del ruido, MORDAZA y transporte publico; Que, la crisis del Sistema de Transporte Publico de Pasajeros de MORDAZA Metropolitana se ha agravado en los ultimos anos entre otros, por los siguientes factores: Falta de control de Licencias de Conducir cuyos titulares son conductores de vehiculos de transporte publico, debiendo ser profesionales; falta de Control de rutas y numero de unidades para racionalizar el servicio; falta de Control de emision de humos y gases contaminantes provenientes de vehiculos automotores; falta de imposicion y/o aplicacion de multas a los conductores que infringen las disposiciones de MORDAZA y municipales; falta de efectivizacion de sanciones; falta de revisiones tecnicas semestrales; y falta de control de ruidos molestos y nocivos; Que, por lo expuesto, resulta pertinente adoptar las acciones correspondientes a fin de salvaguardar, proteger y conservar la calidad del aire, la sanidad ambiental, la calidad de MORDAZA Monumental del Bosque El MORDAZA, garantizando un ambiente saludable para el desarrollo de la MORDAZA, salud y bienestar de los vecinos; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 3º, numerales 1) y 5) del Articulo 47º, numeral 7) del Articulo 68º y Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades y demas normas conexas; Aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion y lectura de Actas la siguiente: ORDENANZA QUE ELIMINA EL MORDAZA DE UNIDADES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS POR LAS AVENIDAS LOS CONQUISTADORES Y MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- PROHIBIR la circulacion y/o MORDAZA de las unidades de transporte publico por las avenidas Los Conquistadores y MORDAZA MORDAZA ubicadas en la jurisdiccion del distrito de San Isidro. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Desarrollo MORDAZA a traves de la Division de Obras Municipales efectuar las coordinaciones pertinentes con la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en la busqueda de alternativas para el desvio permanente de las unidades de transporte publico, que conlleve una optima aplicacion de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Direccion de Seguridad Ciudadana efectue las coordinaciones pertinentes y necesarias con la Policia Nacional del Peru para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- COMUNICAR a las Municipalidades el contenido de la presente Ordenanza con el objeto de lograr su participacion en la solucion integral al problema ocasionado por el Sistema de Transporte Masivo de Pasajeros. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia, al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 37078

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