Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2007 (29/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2007

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- De la conducta en el Procedimiento de Fiscalizacion El Agente Fiscalizador y el Sujeto Fiscalizado deben cumplir, durante el transcurso del Procedimiento de Fiscalizacion, con el MORDAZA de conducta procedimental establecido en el inciso a) del articulo 92º del Codigo Tributario asi como en el numeral 1.8 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Segunda.- Configuracion de infracciones La no MORDAZA de las observaciones a que se refiere el articulo 75º del Codigo Tributario no constituye un incumplimiento que configure la infraccion tipificada en el numeral 1 del articulo 177º del Codigo Tributario. Tercera.- De las solicitudes de devolucion o compensacion o restitucion de tributos De realizarse una fiscalizacion a raiz de una solicitud de devolucion o compensacion de tributos o restitucion de derechos arancelarios se aplicara lo dispuesto en el Titulo I y en las Disposiciones Complementarias Transitorias del presente Reglamento, con excepcion de lo senalado en el MORDAZA parrafo del inciso a) del articulo 8º. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- De los Procedimientos de Fiscalizacion en tramite No seran aplicables a los Procedimientos de Fiscalizacion que se encuentren en tramite: a) Los requisitos minimos de los documentos, respecto de aquellos emitidos MORDAZA de la entrada en vigencia del presente dispositivo. b) El inicio del Procedimiento de Fiscalizacion conforme a lo previsto en el primer parrafo del articulo 1º. Segunda.- De las solicitudes de prorroga pendientes La SUNAT en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles computados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento debera responder las solicitudes de prorroga que los Sujetos Fiscalizados hubieran presentado y se encuentren pendientes de atencion. En caso de no emitirse respuesta, la prorroga sera concedida en forma automatica durante cinco (5) dias habiles, los cuales seran contados desde el dia habil siguiente a la fecha en que se vence el plazo senalado en el parrafo anterior para que la SUNAT notifique las respectivas respuestas. 78681-12

aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2006-EF, tendrian vigencia hasta el 30 de junio de 2007; Que, por Decreto Supremo Nº 121-2006-EF se sustituyo la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2006-EF y se dispuso que tendria vigencia hasta el 30 de junio del 2007; Que, por Decreto Supremo Nº 183-2006-EF se sustituyo la Tabla Aduanera del Maiz aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y se dispuso que tendria vigencia hasta el 30 de junio del 2007; Que, dada la dificil coyuntura nacional por la que atraviesa la produccion de los bienes agricolas bajo el Sistema de Franjas de Precios es necesario prorrogar la vigencia de las Tablas aduaneras hasta el 30 de junio de 2008; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25896; DECRETA: Articulo 1º.- Vigencia de las Tablas aduaneras. Las Tablas Aduaneras del Arroz y Lacteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF, la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 121-2006-EF y la Tabla Aduanera del Maiz aprobada por el Decreto Supremo Nº 183-2006-EF, tendran vigencia hasta el 30 de junio de 2008. Articulo 2º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil siete MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Cosntitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura. 78681-13

Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION
RESOLUCION SUPREMA Nº 054-2007-EF MORDAZA, 28 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2006-EF, se ratifico la designacion del senor MORDAZA Helbert MORDAZA MORDAZA como Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Reglamento de Organizacion y Funciones del PROINVERSION, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2006-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia que al cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, formula el senor MORDAZA Helbert MORDAZA MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados.

Establecen vigencia de las Tablas Aduaneras del Sistema de Franjas de Precios
DECRETO SUPREMO N° 086-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios como un mecanismo que permitiese estabilizar las fluctuaciones de los precios internacionales de algunos productos agropecuarios incluidos en este Sistema, mediante la aplicacion de derechos variables adicionales y rebajas arancelarias determinados en funcion de Tablas Aduaneras; Que, por Decreto Supremo Nº 094-2006-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos

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