Norma Legal Oficial del día 21 de Enero del año 2011 (21/01/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

434680

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de enero de 2011

sido presentado con normas para la contratacion de personal administrativo y normas para la contratacion de personal docente, 4) Organigrama de la Institucion, ha sido presentados en forma debida, 5) Declaracion Jurada indicando correo electronico, este documento ha sido presentado anteriormente. 6) Constitucion de la Promotora, indicamos que la documentacion presentada cumple con el requisito de admisibilidad, 7) MORDAZA de su inscripcion en la SUNARP, 8) Tasa administrativa por evaluacion para la admision a tramite de solicitudes para la aprobacion de proyectos de nuevas universidades, debemos indicar que se ha presentado MORDAZA del Deposito en cuenta corriente No. 40431525 a favor de la ANR por el monto establecido en el MORDAZA de este Consejo, 9) Certificado de no registrar antecedentes penales cada uno de los integrantes de la promotora, este documento ha sido presentado anteriormente, 10) Declaracion Jurada de quienes fueron las personas o institucion que elaboro el estudio de MORDAZA y elaboro el Plan de Desarrollo Institucional, este documento ha sido presentado anteriormente; por ello la Comision Juridica del CONAFU otorgan la conformidad a los requisitos de admisibilidad asi como a la documentacion presentada por el administrado; por lo que, opina que el administrado ha levantando la totalidad de las observaciones formuladas, de acuerdo a los fundamentos MORDAZA esgrimidos; por lo que recomiendan se admita a tramite el proyecto de Universidad Tecnologica de Chiclayo SAC; Que, de conformidad al Estatuto del CONAFU, en su articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en sesion ordinaria de fecha 15 de diciembre de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 5352010-CONAFU convino por UNANIMIDAD: Admitir a Tramite la Solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologica de Chiclayo S.A.C., presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Representante de la Promotora, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologica de Chiclayo S.A.C., con las Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas e Informatica, 2) Ingenieria Mecatronica, 3) Ingenieria Electronica, 4) Contabilidad y Finanzas y 5) Administracion y Negocios Internacionales cada una de ellas con cuarenta (40) vacantes por ciclo academico; bajo el regimen societario de una Sociedad Anonima Cerrada; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la Solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologica de Chiclayo S.A.C., presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Representante de la Promotora del referido Proyecto Universitario con las Carreras Profesionales: 1) Ingenieria de Sistemas e Informatica, 2) Ingenieria Mecatronica, 3) Ingenieria Electronica, 4) Contabilidad y Finanzas y 5) Administracion y Negocios Internacionales cada una de ellas con cuarenta (40) vacantes por ciclo academico, bajo el regimen societario de una Sociedad Anonima Cerrada. Articulo Segundo.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologica de Chiclayo S.A.C. la misma que se regira a lo dispuesto por la Ley Universitaria Nº 23733 (parte pertinente) y sus modificatorias, y se organiza bajo el regimen legal de la Ley de Promocion de la Inversion en Educacion Decreto Legislativo Nº 882. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes.

Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General 591828-3

Admiten a tramite solicitud de adecuacion de la Universidad Autonoma San MORDAZA al D. Leg. N° 882, Ley de Promocion Privada en la Educacion
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 541-2010-CONAFU MORDAZA, 20 de Diciembre de 2010 "UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO" VISTO: El Oficio Nº 132- P- 2010 recibido con fecha 22 de noviembre de 2010, Informe Legal Nº 473-2010CONAFU-CJ de fecha 03 de diciembre de 2010, Oficio Nº 937-2010-CONAFU-CDAA de fecha 09 de diciembre de 2010 y el Acuerdo Nº 562-2010-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 15 de diciembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... j) Conceder o no la adecuacion al Decreto Legislativo Nº 882 a las universidades privadas que lo soliciten; Que, conforme el Decreto Legislativo Nº 882 de fecha 09 de noviembre de 1996 Ley de Promocion Privada en la Educacion, establece condiciones y garantias para promover la inversion en servicios educativos, con la finalidad de contribuir a modernizar el sistemas educativo y ampliar la oferta y la cobertura, dichas normas se aplican a todas las instituciones educativas particulares en el territorio nacional entre ellas las universidades y las escuelas de postgrado particulares; Que de acuerdo a lo establecido mediante Resolucion Nº 097-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009 que aprueba el Reglamento del MORDAZA de Adecuacion de Universidades al Decreto Legislativo Nº 882, en su articulo 4º senala que: "La solicitud de adecuacion de las universidades que cuenten con autorizacion provisional de funcionamiento, debe ser presentada por la entidad promotora, que debe haber anotado previamente en el Registro de Personas Juridicas, el acuerdo a favor de la adecuacion, adoptado por el organo MORDAZA de gobierno de la entidad promotora y de conformidad con las normas que preve su estatuto social"; Que, por Oficio Nº 132- P- 2010 recibido con fecha 22 de noviembre de 2010, el Dr. MORDAZA Ettore MORDAZA Alcocer, informa que la Sociedad Promotora Educativa MORDAZA S.A.C acordo en Sesion de Junta de Accionista de fecha 17 de setiembre de 2010, la Adecuacion de la Universidad Autonoma San MORDAZA al D. L. 882; por lo que solicita su evaluacion, por lo que adjunta el expediente correspondiente; Que, mediante Informe Legal Nº 473-2010-CONAFUCJ de fecha 03 de diciembre de 2010, la Comision Juridica, informa que mediante Oficio Nº 132- P- 2010 presentado el 22 de noviembre de 2010, el Presidente de la Comision Organizadora UASF, ha solicitado la Adecuacion de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.