Norma Legal Oficial del día 27 de Julio del año 2011 (27/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 174

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2011

destinada a financiar los requerimientos del Ministerio de Defensa, a traves de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, para la adquisicion de un resonador magnetico para el Centro Medico MORDAZA y de una flota de transporte pesado para los centros educativos y de formacion naval; Que, de conformidad con el Articulo 3° del citado Decreto Supremo, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y el Ministerio de Defensa, a traves de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, suscribiran un Convenio de Traspaso de Recursos, para efectos del traslado de los recursos de la acotada operacion de endeudamiento interno, el cual sera aprobado por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas; Que, en adicion, el Articulo 5° del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la citada operacion de endeudamiento, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que para tal fin le proporcione el Ministerio de Defensa, a traves de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 011-2007EF/75.01, se dispone que en el caso de las operaciones de endeudamiento que acuerde el Gobierno Nacional, cuyo servicio de deuda sea atendido con cargo a los fondos de la unidad ejecutora, proveniente de una fuente de financiamiento distinta a la de "Recursos Ordinarios", dicha entidad y la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico (hoy, Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico) deberan suscribir un Convenio de Traspaso de Recursos, donde se establezcan los terminos y condiciones del correspondiente traspaso de fondos; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, senala que el reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos generados en el MORDAZA de las operaciones realizadas bajo el ambito del Sistema Nacional de Endeudamiento, es efectuado a traves de la constitucion de un fideicomiso; Que, en concordancia con lo dispuesto en la Decimo Sexta Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley N° 28563, el citado Contrato de Fideicomiso debera establecer que a traves de dicho fideicomiso se proporcionaran al Ministerio de Economia y Finanzas los recursos correspondientes al servicio de deuda de la mencionada operacion; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 134-2011-EF y la Resolucion Directoral Nº 011-2007-EF/75.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, y el Ministerio de Defensa, a traves de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, mediante el cual se establecen los terminos y condiciones para el traslado de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondientes a la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 134-2011-EF. Articulo 2º.- Aprobar la constitucion de un fideicomiso entre el Ministerio de Defensa, a traves de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, con la participacion del Banco de la Nacion, como Fiduciario, para los fines a que se refiere la parte considerativa de esta resolucion ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir, en representacion del Ministerio de Economia

y Finanzas, los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en esta resolucion ministerial Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 671569-17

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXVIII
DECRETO SUPREMO Nº 043-2011-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, conforme lo dispone el literal b) del Articulo 6° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, PERUPETRO S.A. se encuentra facultado a negociar, celebrar y supervisar, en su calidad de Contratante, los Contratos para la Exploracion y/o Explotacion de Hidrocarburos, a que se refiere el articulo 10° de la citada Ley; Que, el articulo 11° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los Contratos podran celebrarse, a criterio del Contratante, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, mediante Acuerdo de Directorio N° 065-2010, de fecha 13 de MORDAZA de 2010, se aprobaron las Bases del MORDAZA de Seleccion N° PERUPETRO-001-2010, destinado a seleccionar empresas que suscriban futuros Contratos de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos; Que, como resultado del MORDAZA de Seleccion N° PERUPETRO-001-2010, la Comision encargada de PERUPETRO S.A. en fecha 14 de octubre de 2010, otorgo la Buena Pro de la Convocatoria, para el Lote XXVIII a favor de PITKIN PETROLEUM PLC.; Que, el articulo 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que las empresas extranjeras, para celebrar Contratos al MORDAZA de dicha Ley, deberan establecer sucursal o constituir una sociedad conforme a la Ley General de Sociedades, fijar domicilio en la capital de la Republica del Peru y nombrar Mandatario de nacionalidad peruana; Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, dispone que la extension y delimitacion del area inicial de Contrato se determinara en cada Contrato en funcion al potencial hidrocarburifero, MORDAZA geografica, programa de trabajo minimo garantizado y area en que efectivamente se realizaran las actividades de exploracion o explotacion de Hidrocarburos o MORDAZA actividades; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas, PERUPETRO S.A. y PITKIN PETROLEUM PERU XXVIII S.A.C., rubricaron el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXVIII, de conformidad con lo establecido en las Bases del MORDAZA de Seleccion N° PERUPETRO-0012010, ubicado entre las provincias de Sechura, MORDAZA y Morropon de la Region MORDAZA, MORDAZA de la Region Lambayeque;

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