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Pág. 158792 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de abril de 1998 ACUÑA, en el cargo público de confianza de Director General de Auditoría, Nivel F-4, del Archivo General de la Nación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 3707 Autorizan a institución funcionar co- mo Centro de Formación y Capacita- ción de Conciliadores RESOLUCION MINISTERIAL Nº 067-98-JUS Lima, 2 de abril de 1998 Vistos los documentos de fecha 12 de febrero de 1998, remitido por el Centro Internacional de Administración y Comercio -CIAC- y el Informe Nº 043-98-JUS/AT; CONSIDERANDO: Que el Centro Internacional de Administración y Co- mercio es una institución que tiene como objetivo la capaci- tación y entrenamiento académico a nivel superior, así como la investigación académica y preparación de concilia- dores; Que para este efecto, ha acreditado suficientemente con la documentación presentada ser una institución especiali- zada en capacitación superior en general; Que el análisis de la documentación presentada revela que el CIAC ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 34º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, para ser autorizado como institución para capacitar conciliadores; Que en virtud de los fundamentos expuestos, es perti- nente atender la petición del Centro Internacional de Admi- nistración y Comercio - CIAC; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Centro Internacional de Administración y Comercio -CIAC- a funcionar como Cen- tro de Formación y Capacitación de Conciliadores. Artículo 2º.- El Centro de Formación y Capacitación de Conciliadores del Centro Internacional de Administración y Comercio -CIAC-, solicitará en cada oportunidad la auto- rización del Ministerio de Justicia, para la realización de los respectivos Cursos de Capacitación, quien verificará que los mismos cumplan con los requisitos señalados en el Artículo 35º del Reglamento de la Ley de Conciliación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 3661 M T C Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio para asistir a la LI Reunión del Comité Ejecutivo de la CLAC a rea- lizarse en Venezuela RESOLUCION SUPREMA Nº 057-98-MTC Lima, 3 de abril de 1998Vista la Nota de Atención Nº 059 de fecha 26 de marzo de 1998, del Director General de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a la que acompaña la Comunicación Nº EC 16/7, de fecha 6 de marzo de 1998, de la Secretaría de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (CLAC), me- diante la cual trasmite la invitación del Presidente de la CLAC, a la Autoridad Aeronáutica Peruana, para que participe en la LI Reunión del Comité Ejecutivo de dicha Comisión, que se realizará en Margarita, Venezuela, los días 21 y 22 de abril de 1998. CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción participar en las Reunio- nes Internacionales que son de interés para el Perú; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26894, Ley del Presupuesto para el Sector Público para 1998, el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25862 y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicio del 20 al 22 de abril de 1998, a Margarita, Venezuela, para asistir a la LI Reunión del Comité Ejecutivo de la CLAC, a los siguientes funcionarios de la Dirección General de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción: - Dr. Jorge Mendoza Melenez, Director General de Transporte Aéreo. - Dr. Juan Garland Combe, Asesor para Asuntos de Política Aérea. - Ing. Carlos Antonioli Delucchi, Asesor Técnico. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje de los mencionados funcionarios, serán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: -Viáticos US$ 1,800.00 -Pago por uso de US$ 300.00 Aeropuertos Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ningu- na clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3706 Reconocen a asociación como Centro de Instrucción Aeronáutica RESOLUCION DIRECTORAL Nº 034-98-MTC/15.16 Lima, 20 de marzo de 1998 Visto la solicitud de la Asociación de Turismo Discovery International, para que sea reconocida como Centro de Instrucción Aeronáutica; CONSIDERANDO: Que, es propósito de los Centros de Instrucción Aero- náutica capacitar al personal para la obtención de las diversas licencias que sobre el personal aeronáutico expide la Dirección General de Transporte Aéreo; Que, mediante Informes Nºs. 384-97-MTC/15.16.6, de fecha 12 de diciembre de 1997 y 079-98-MTC/15.16.05.3, de fecha 27 de febrero de 1998, los inspectores Guido Fernán- dez Lañas y Mónica Jackson de la Dirección de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronáutico, llevaron a cabo la Inspec- ción de la Asociación Promotora de Turismo Discovery International, quienes concluyeron que está en condiciones de ser reconocida como Centro de Instrucción;