Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 1998 (05/04/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 5 de MORDAZA de 1998
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 158795

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO 3689

Que, mediante Resolucion Nº 002-96-CNM del 11 de enero de 1996, el Consejo Nacional de la Magistratura nombro a los Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Convocatoria Nº 002-95CNM; Que, la Resolucion citada en el considerando anterior fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de enero de 1996, advirtiendose de MORDAZA que el nombre consignado del recurrente aparece como MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guevara; Que, de la revision del legajo personal y de los antecedentes del magistrado se ha acreditado que en efecto su verdadero nombre corresponde a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guevara; Que, al constatarse el error material incurrido en la Resolucion es oportuno proceder a la correspondiente Resolucion rectificatoria; El Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, en cumplimiento del Acuerdo del Pleno de fecha 11 de marzo del presente ano y en uso de la facultad concedida por el Articulo 37º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion Nº 00296-CNM, en el extremo que nombra al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se le reconozca por su nombre correcto debiendo ser MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guevara. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PARODI REMON Presidente 3663

INEI
Sancionan con multa a personas naturales y juridicas omisas a MORDAZA de la Encuesta Mensual 1997 de Establecimientos de Hospedaje
RESOLUCION SUBJEFATURAL Nº 04-98 INEI MORDAZA, 3 de MORDAZA de 1998 Visto el Oficio Nº 037-98-MITINCI/SG-OGIER del Viceministerio de Industria, Turismo, Integracion, y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITINCI), dando cuenta de las personas naturales y juridicas que no han cumplido con presentar los formularios debidamente absueltos de la "Encuesta Mensual 1997 de los Establecimientos de Hospedaje" correspondiente al periodo comprendido entre enero y diciembre 1997; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica es el organismo central y rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadistica e informatica oficiales del pais; Que, el Decreto Supremo Nº 018-91-PCM, en sus Articulos 92º y 94º establece que las personas naturales o juridicas que se negaren a suministrar informacion, la dieren falseando la verdad maliciosamente o dilatasen injustificadamente los terminos senalados se haran acreedores a las multas establecidas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar; Que, no obstante haberse vencido ampliamente los plazos establecidos para la MORDAZA de los formularios de la mencionada encuesta, existen empresas que reiteradamente han incumplido con presentar la informacion requerida; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 96º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Multar a las empresas omisas a la MORDAZA de la "Encuesta Mensual 1997 de los Establecimientos de Hospedaje" correspondiente al periodo enero a diciembre, cuya relacion forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El monto de la multa sera equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para las personas juridicas y el 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para las personas naturales, vigente a la fecha de cancelacion, la cual sera abonada por las empresas infractoras al Banco de la Nacion en la Cuenta Corriente Nº 0000-180270 Ingresos Propios - INEI, dentro de los tres (3) dias habiles posteriores a la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El pago de la multa no exime a las empresas sancionadas de la obligacion de presentar el formulario debidamente diligenciado, de la "Encuesta Mensual 1997 de los Establecimientos de Hospedaje" a la Oficina General de Informatica, Estadistica y Racionalizacion del MITINCI, adjuntado MORDAZA del documento de cancelacion, a efecto de evitar la cobranza coactiva por el mismo concepto. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subjefe de Estadistica

CONSEJO DE COORDINACION JUDICIAL
Autorizan viaje de Secretario Ejecutivo encargado del Consejo de Coordinacion Judicial a Espana para participar en MORDAZA sobre sistemas judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO DE COORDINACION JUDICIAL Nº 002-98-CCJ MORDAZA, 24 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que con fecha 15 de marzo del presente ano el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario Ejecutivo encargado del Consejo de Coordinacion Judicial, recibio la invitacion del Instituto Internacional de Sociologia Juridica de Onati, MORDAZA Vasco, Espana, para participar en el MORDAZA internacional sobre sistemas judiciales que se realizara los dias 6 y 7 de MORDAZA del presente ano en dicho instituto; Que, en virtud de lo dispuesto por el inciso j) del Articulo 6º de la Resolucion Administrativa Nº 002-96-CCJ, Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo de Coordinacion Judicial, es funcion del Consejo expedir resoluciones dentro del ambito de su competencia, y estando a lo previsto por el Articulo 16º, MORDAZA parrafo, de la mencionada resolucion; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje a Espana, del 2 al 8 de MORDAZA de 1998, del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario Ejecutivo encargado del Consejo de Coordinacion Judicial, para que participe en el MORDAZA internacional indicado en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- El cumplimiento de esta resolucion no irrogara gasto alguno para el tesoro publico.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.