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Pág. 162932 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de agosto de 1998 Autorizan viaje de Director de la Academia Diplomática del Perú para suscribir convenio de cooperación con Instituto de Estudios Diplomáti- cos de México RESOLUCION SUPREMA Nº 346-98-RE Lima, 8 de agosto de 1998 Debiendo suscribirse el Convenio de Cooperación In- terinstitucional entre la Academia Diplomática del Perú y el Instituto "Matías Romero" de Estudios Diplomáticos de México, en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 20 al 21 de agosto de 1998; Considerando la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2315, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro y Secre- tario General de Relaciones Exteriores, de 22 de julio de 1998; De conformidad con el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89- EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135- 90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del licenciado Estuardo Marrou Loayza, Director de la Academia Diplomática del Perú, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 20 al 21 de agosto de 1998, para que suscriba el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Academia Di- plomática del Perú y el Instituto "Matías Romero" de Estudios Diplomáticos de México. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución por concepto de pasajes US$ 745.76, de viáticos US$ 660.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente resolución no da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos de ninguna clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDUARDO FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 8825 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionarios de ADUANAS a Chile, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 126-98-EF Lima, 7 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Vol. 236-3096 de fecha 11 de junio de 1998, la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direccio- nes Nacionales de Aduanas cursó invitación a la Supe- rintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS- a parti- cipar en el "Seminario de Alto Nivel para el Reglamento de Empresas Courier", que se llevó a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 28 al 30 de julio de 1998; Que, con Oficio Nº 420-98-ADUANAS-INA-GRRHH de fecha 7 de julio de 1998, ADUANAS comunica que dada la importancia del evento designó como representantes a los señores Alexzander Lino Galindo, Intendente de la Aduana Marítima del Callao y Francisco Gonzales Flores, Gerente de Regímenes, Nomenclatura y Valoración Adua- nera de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, solicitando se autorice su viaje a la indicada ciudad del 28 al 30 de julio de 1998; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos fueron cubiertos con recursos del Presupuesto de ADUANAS correspondiente al ejercicio 1998; De conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 009-96-OIOE, "Norma de Viajes", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 165-96-EF/15, precisada por Resolución Ministerial Nº 171-96-EF/15 y prorrogada por el Artículo 3º de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 019- 97-EF/15 y 065-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje de los señores, Alexzander Lino Galindo, Intendente de la Aduana Marítima del Callao y Francisco Gonzales Flores, Gerente de Regímenes, Nomenclatura y Valora- ción Aduanera de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS-, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 28 al 30 de julio de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de ADUANAS: US$ Pasajes 578,20 Viáticos 1 200,00 Tarifa de CORPAC 50,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación, a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 8834 EDUCACION Autorizan a Presidente del CONCYTEC para que asista a diversos eventos a realizarse en Argentina RESOLUCION SUPREMA Nº 096-98-ED Lima, 7 de agosto de 1998 Vistas las cartas remitidas por la Organización de Estados Americanos, del MERCOCYT y de la Uni- versidad Nacional de La Plata, al Presidente del CONCYTEC; CONSIDERANDO: Que, debiendo llevarse a cabo la Primera Reunión de la Comisión de Ciencia y Tecnología (COMCYT) en