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Lima, viernes 28 de agosto de 1998 SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar en vía de regularización el viaje de la señora Enriqueta González de Sáenz, Superint,endenta Ad- junta de Asesoría Jurídica de la Superintendencia de Banca y Seguros, ala ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Améri- ca, del 7 al 11 de junio de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que irrobwe el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros:Aceptan renuncias y designan inte- grantes de la Comisión Administrado- ra de Carteras constituida mediante el D.U. N” 032-95 RESOLUCIONMINISTERIAL No 191.98-EF Lima, 27 de agosto de 1998 US$ Pasajes 533,52 Viáticos 1 100,oo Tarifa de CORPAC 25,00 Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N” 032-95, se constituyó una Comisión Administradora de Carteras, cuyos integrantes fueron designados por Resolución Ministerial N” 094-95-EF/lO; Que, miembros de la referida comisión han formulado re- nuncia a su designación, siendo necesario formalizar la acepta- ción correspondiente, modificar su estructura a fin de que pueda cumplir a cabalidad los objetivos propuestos y designar a sus nuevos integrantes; Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidenc-ialQue, el Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 142-95- EF/lO, precisó que la mencionada Comisión Administradora podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que considere pertinentes para el desarrollo de sus operaciones y el mejor cumplimiento de las acciones que se le han encomendado, incluyendo la administración de las carteras de otras entidades del sector público, pudiendo delegar dichas facultades; JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 9682Que, en tal sentido, se considera conveniente encargarle la administración de la cartera de créditos de la Caja de Ahorros de Lima en Liquidación y dictar otras medidas necesarias para el mejor cumplimiento del encargo, así como de los objetivos de la comisión en mención; RESOLUCIONSUPREMA No 144-9%EFDe conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9” del Decreto de Urgencia N” 032-95; Lima, 27 de agosto de 1998SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Que mediante Oficios Nos. 38 16 y 6643-98, la Superinten- dencia de Banca y Seguros, solicita se autorice en vía de regula- rización el viaje de un funcionario a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 14 de junio al 5 de julio de 1998, quien participó en el International Training Workshop: Managing Political & Legal Risk in a Global Economy; Que en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos fueron cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al ejer- cicio 1998;Artículo lo.- Aceptar las renuncias presentadas por los seíio- res, Adolfo Indacochea Herrera y Luis UmezawaYokoyama, a su designación como integrantes de la Comisión Administradora de Carteras a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución, dándoles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2”.- Establecer que la mencionada Comisión Ad- ministradora de Carteras estará conformada por cinco (5) miem- bros, designados mediante Resolución Ministerial del Titular de Economía y Finanzas. De conformidad con lo establecido en la Directiva N”009-96- OIOE, “Norma de Viajes”, aprobada mediante Resolución Mi- nisterial N” 165-96-EF/l5, y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar en vía de regularización el viaje del señor Néstor Corrochano Moral, Superintendente Adjunto de Seguros de la Superintendencia de Banca y Seguros, ala ciudad deWashingtonD.C.,EstadosUnidosdeAmérica,del14dejunio al 5 de julio de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros:Artículo 3”.- Designar a los señores, Francisco Moreno Ortiz, Julio Zapata Aste, Elfer Lira Linares y José Alejandro Cisneros Zárate, como integrantes de la Comisión Administradora de Car- teras creada por el Decreto de Urgencia N” 032-95 y ratificar al señor Juan Luis Daly Arbulú como Presidente de la misma. Artículo 4”.- Señalar que la designación y ratificación efectuadas en virtud del artículo precedente es por el plazo de ciento ochenta (180) días, renovable, contado a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 5”.- Encargara la referida ComisiónAdministra- dora de Carteras la administración de la cartera de créditos de la Caja de Ahorros de Lima en Liquidación y adscribir a la Procuraduría Ad Hoc creada por el Artículo 7” del Decreto de Urgencia N” 032-95, el proceso de liquidación de la Caja de Ahorros de Lima. Para este efecto, la Comisión Liquidadora de dicha entidad deberá proceder a la entrega correspondiente dentro de los treinta días siguientes a la publicación de la presente resolución. us Pasajes 763,BO Viáticos 4 840,OO Tarifa de CORPAC 25,00 Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho PresidencialLos poderes conferidos por la Comisión Liquidadora de la Caja de Ahorros de Lima para la representación en juicio ola ejecución de determinados actos administrativos, mantienen su vigencia. Artículo 6”.- Señalar que para el ejercicio de los encargos efectuados en el artículo precedente, la Comisión Administrado- ra y la Procuraduría Ad Hoc gozan de todas las facultades establecidas en los Artículos 6” y 7” del Decreto de Urgencia N” 032-95y, en lo pertinente, en las Resoluciones Ministeriales Nos. 093-95-EF/lO, 142-95-EF/lO y 09%96-EF/lO. Artículo 7”.- Facultar expresamente a la Comisión Admi- nistradora de Carteras para que, además de administrar las carteras asignadas, pueda extender sus funciones respecto de los procesos liquidatorios de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros que le encomiende la Superintendencia de Banca y Seguros. Con relación a estos procedimientos, la Comisión Administradora deberá observar lo dispuesto en la Ley N” 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema;l.ers y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BACA CAMPODONICO JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas Ministro de Economía y Finanzas 9683 9673