Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (28/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

Lima, viernes 28 de agosto de 1998 am Pág. 163435 Vistos, la solicitud de fecha 15 de julio de 1998 de la Coordi- nador a General del Movimiento Manuela Ramos; CONSIDERANDO:Que el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, tiene como misión promover el desarrollo de la mujer y la familia, así como objetivos de fomentar la partici-pación de la mujer y la familia en la sociedad y en los programas orientados a su desarrollo y en la lucha contra la pobreza; Que el Movimiento Manuela Ramos ha organizado el “IV Curso Internacional Mujer y Derechos Humanos” adesarrollar- se en la ciudad de Lima, entre el 30 de noviembre al 4 de diciembre de 1998, con el objetivo de contribuir a la formación teórico práctica de profesionales del derecho y disciplinas afines en América Latina sobre los Derechos Humanos de las mujeres,resultando procedente auspiciar el mencionado evento; Con la opinión favorable de la Gerencia de Promoción de la Muier del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Hukano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 866 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo-ción de la Muier y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legisiati k N” 893 y su reglamento aprobado por Recre- to Supremo N” OOl-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo lo.- Auspiciar el evento “IV Curso Internacional Mujer y Derechos Humanos” ,organizado por el Movimiento Manuela Ramos, que se realizará enlaciudad de Lima del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 1998. Artículo 2”.-E l auspicio del evento a que se hace referencia, no generará egreso alguno al Ministerio de Promoción de la Mu’je r y del DesarrolloHumano. Artículo 3O.- Remitir copia de la presente resolución al Movimiento Manuela Ramos, para los fines pertinentes. Regfstrese, comuníquese y publiquese. MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano Aprueban concurso de monografía, destinado a adolescentes y jóvenes a nivel nacional RESOLUCIONMINISTERIAL N” 231-98-PROMUDEH Lima, 27 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que dentro de los objetivos que cumple el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, se encuentra el de formular y ejecutar políticas orientadas a prevenir y atender a la infancia y la adolescencia en situación de riesgo, promoviendo normas de comportamiento, acordes conlos principios de la ética y moral, a fin de permitir el acceso ala información y cultura como medios de desarrollo personal y colectivo; Que la entidad Apoyo de Programas de Población - APRO- PO. la Embaiada Real de los Países Bajos, el Fondo de Población de ías Nacioke s Unidas - UNFPA y el diario Expreso, auspicia- r$ín el Concurso de Monografía a nivel nacional “Nosotros y el Sexo”, con el objetivo de promover la reflexión y criterio deresponsabilidad de los adolescentes y jóvenes en materia de salud sexual y reproductiva, y con fines de equidad en la relación entre varones y mujeres; Que el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a través de las Gerencias de Promoción de la Niñez yla Adolescencia, y de Desarrollo Humano, será el encargado de realizar el concurso mencionado y de emitir la directiva que señalará las pautas y modalidad del concurso, asi como los premios a ser otorgados a los ganadores, a nivel nacional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 866, modificado por el Decreto Legislativo N” 893 y Decreto Supremo N” OOl-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo lo.-Aproba r el Concurso de Monografía “Nosotros y el Sexo”, que auspician la Embajada Real de los Países Bajos,la entidad Apoyo de Programas de Población - APROPO, el Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA y el diario Expreso, que se realizará del 1 de setiembre al 1 de diciembre,a nivel nacional, de acuerdo alo expuesto en la parte considera-tiva de la presente resolución. Artículo 2”.- Aprobar la directiva del Concurso de Mono- grafia “Nosotros y el Sexo”, que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo 3”.-Agradecer a la Embajada Real de los Países Bajos, ala entidad Apoyo de Programas de Población - APROPO, al Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA y al diario Expreso, por el auspicio al mencionadoevento que hará posible su realización. Artículo 4O.-Remiti r copia de la presente resolución a cada una de las entidades auspiciadoras, para los fines pertinentes. Regístrese, comuniquese y publiquese. MIRIAMSCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 9997 Declaran improcedente impugnación contra resolución que autoriza a pro- curadora iniciar proceso judicial con- tra ex funcionario del IPD Callao RESOLUCIONMINISTERIAL No 232-98-PROMUDEH Lima, 27 de agosto de 1998Vistos, el Recurso de Reconsideración interpuesto por don Walter Pérez Fierro, contra la Resolución Ministerial N” 177-98- PROMUDEH, de fecha 31 de julio de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial N” 177-98-PROMU- DEH, se autorizó a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de 1aMujer y del Desarrollo Humano, a iniciar acciones judiciales, entre otros, contra don Walter Pérez Fierro, ex Administrador de IPD- Callao, al haberse acreditado a través de la acción de controlcontenida en el Informe N” 007 y su ampliación Informe N” Oll- . OAI/IPD-97 “Denuncia contra ex Administrador del IPD-Ca- llao”, indicios razonables de la comisión de ilicito s penales por el irregular manejo de los recursos financieros de la Dirección Departamental del IPD-Callao; Que contra la mencionada resolución y dentro del plazo establecido por ley, el recurrente interpone recurso de reconside- ración, argumentando que no existe prueba que demuestre su responsabilidad en la supuesta comisión de ilícitos penales, manifestando que su grado de responsabilidad debe ser estable- cida en un proceso administrativo disciplinario; Que de la revisión y análisis del recurso interpuesto, se evidencia que el acto que autoriza a la Procuraduría Pública acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción dela Mujer y del Desarrollo Humano a iniciar acciones judicialescontra el recurrente, constituye un acto preparatorio que se emite para hacer posible un acto posterior, y en consecuencia no lesiona un derecho subjetivo, es una medida preparatoria deuna decisión final, que no puede ser impugnada, siendo condi- ción necesaria para la calificación de un recurso impugnativo, laexistencia de un acto generador de efectos jurídicos inmediatos, sean estos generales o individuales, lo que aún no ha sido determinado con la resolución materia de impugnación; Estando a lo opinado por la oficina de Apoyo Legal en el Informe N°234-98-PROMUDEH/OAL; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N 866, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado porDecreto Legislativo No 893 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 001-97-PROMUDEH, y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS, modificado por Ley N” 26810; SE RESUELVE: Artículo lo.- Declarar improcedente el Recurso de Reconsi- deració n interpuesto por don Walter Pérez Fierro contra la Resolución Ministerial N” 177-98-PROMUDEH, por los funda-