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gas antes del inicio de la Rueda correspondiente al día siguienteal de la fecha de pago, a los efectos de su difusión y anotación en el registro de anotaciones en cuenta, respectivamente; d) La sociedad se responsabiliza por las consecuencias deri- vadas del incumplimiento o retardo en efectuar la comunicación a que se refiere el apartado anterior. Que, es necesario condicionar la negociación de las acciones emitidas por MIBANCO, RANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. a la adopción del mencionado acuerdo; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 11” inciso h) del Texto Unico (Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley N” 26126, así como en el Artículo 16” del Reglamento del Registro Publico del Mercado de Valores, apro-bado por Resolución CONASEV N” 079-97-EFi94.10. que facul- ta al Gerent,e General a disponer la inscripción de los valores en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo l”.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores las acciones representativas del capital social de MI- BANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. Artículo 2”.- La negociación de los valores a que se refiere el artículo anterior se efectuará a partir de las setentidós (72) horas de presentada a la Bolsa de Valores de Lima v a CONA- SEV copia del acuerdo de Junta General de Accionistas de MIBANCO, BAIICO DE LA MICROEMPRESA S.A. en los términos a que se refiere el sexto considerando de la presente resolución. Artículo 3”.- Transcribir la presente resolución a MIBAN- CO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., la Bolsa de Valo-res de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General5084 COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS Fijan el valor nuevo de reemplazo ini- cial del sistema de transmisión Manta- ro-Socabaya RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS N° 027-98-P/CTE Lima 24 de noviembre de 1998 LA COMISIÓN DE TARIFAS ELECTRICAS VISTOS: El Informe SEG/CTE N” 030-98 elaborado por la Secretaría Ejecutiva de la Comisicín de Tarifas Eléctricas y el Informe N” AL-DC-094-98 preparado por la Asesoría Legal; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N” 25844 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N” 009- 93-EM y sus modificatorias y, la Ley N” 26885; Con la facultad establecida en el Artículo 22”, inciso bl del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; y,89 10 ll 1213 CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de enero de 1998, el PROMCEPRI adjudi- có la Buena Pro del Concurso Público Internacional en la Modalidad de Proyecto Integral para la entrega en Concesión al sector privado del Sistema de Transmisión Mantaro - Socaba- ya, al Consorcio TransMantaro S.A.; Que, el Monto de la Inversión del Adjudicatario ha sido establecido en Ciento Setentinueve Millones Ciento Setenti- nueve Mil y OO/100 Dólares Americanos <US$ 179’179,OOO.OO).14 15 16 17 18 19 20 21 22232425 26 27 29 3031 Que, en el Contrato BOOT (Build, Own, Operate and Trans- fer) para el diseño suministro de bienes y servicios y explotación del Sistema de Transmisión Mantaro - Socabaya y la Prestación del Servicio de Transmision de Electricidad, suscrito entre el Estado Peruano y el Consorcio TransMantaro S.A. se establece que el Organismo Regulador fijará el VNR inicial de acuerdo al monto del ad.judicatario;5,27562 5,275685,275745,27579 5,275855,275915,275975,276035,276095,276155,276205,276265,276325,27638 5,276445,276505,27656 5,276615,27667 5,27673 5,276795,276855,276915,276975,27702 5,277085,277145,277205,277265,277325,27738 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el Artículo 1235”del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: Que, la Cláusula 5.2.5. del Contrato de Concesión suscrito con el Consorcio TransMantaro S.A., señala que el VNR que fijea. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. el organismo regulador correspondiente deberá ser igual alb. Determinar el valor al día de1 pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicialmonto de la inversión del adjudicatario, es decir, US$ 179’179,000.00, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N” 26885; Que, mediante comunicación de fecha 13 de noviembre de 1998, el Consorcio TransMantaro S.A. ha presentado la infor-mación requerida por la CTE para fijar el VNR inicial del sistema de transmisión Mantaro - Socabaya. Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su sesión N” 028-98 de fecha 24 de noviembre de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Fíjase el Valor Nuevo de Reemplazo (VNR) inicial del sistema de transmisión Mantaro - Socabaya, integrado por la línea de transmisión Mantaro - Socabaya, asi como sus celdas, subestaciones y equipo de compensación aso- ciado para la correcta operación de la interconexión, en Ia suma de Ciento Setentinueve Millones Ciento Setentinueve Mil y OO/ 100 Dólares Americanos (US$ 179’179,OOO.OO) conforme a los términos del Contrato BOOT. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO ZOLEZZI CHACON Presidente 14009 BANCO CENTRAL DE RESERVA Indice de reajuste diario a que se refie- re el Artículo 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros CIRCULAR N° 027-98-EF/90 Lima, 1 de diciembre de 1998 El índice de reajuste diario, a que se refiere el Artícul o 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la S uerintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de Criciembre es el siguiente: DIA INDICE