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Aprueban donación en favor de institu- ciones, organizaciones, centros educativos y población de los departa- mentos de Ancash, Arequipa, Ayacu- cho, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, Lima y Tumbés RESOLUCION SUPREMA N| 720-98-PCM Lima, 1 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, con Resoluciclnr s SUNAD N°s. 000995, 000209 y 000579, de fechas 2 junio 1995. 15 marzo y 24 mayo 1996 respectivamente, la Superintendencia Nacional de Aduanas adjudicó al Despacho Presidencial, prendas de vestir, artículospara aseo y de cocina, radios, artefactos electrodomésticos, utiles escolares y otros enseres para ser entregados en donación, en favor de instituciones, organizaciones sociales y población de escasos recursos; Que, es propósito del Gobierno del Perú apoyar a las institu- ciones, organizaciones sociales y población de escasos recursoscuyos integrantes realizan esfuerzos orientados a mejorar sus condiciones de vida: Que, mediante las actas de entrega y recepción respectivas el Despacho Presidencial, I’nida d Ejecutora 001 del Pliego Presiden- cia del Consejo de Ministros, viene procediendo en sucesivos actos públicos, a entregar en calidad de donación los aludidos bienes en favor de instituciones, organizaciones sociales, centros educativos y población dc escasos recursos de los departamentos de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca , Cusco, Ica. Junín, Lima, Tumbes y la Provincia Constitucional l del Callao, por lo que resulta pertinente expedir la resolución que formalice dicha donación para las subse- cuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislat ivo N° 804; SE RESUELVE: Articulo l”.-Aprobar, la donación de prendas de vestir, artículos para aseo y de cocina, útiles escolares y enseres diver-sos valorizados en setentiún mil cuatrocientos ochenta y OO/100 Nuevos Soles (S/. 71 480,OO) efectuada por el llespach o Presi- dencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia a del Con- sejo de Ministros, en favor de las instituciones, organizacionessociales, centros educativos y población de escasos recursos, según detalle que figura en el anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 2”.- Transcribir la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República, dentro de los térmmo s de ley. Artículo 3”.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Ing. Alberto FujimoriPresidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLF I ARBCJLU RESOLUCION SUPREMA Presidente del Conwj o de Ministros N” 723-98-PCM 14112 Lima, 1 de diciembre de 1998Autorizan viaje de titular del MITINCI a Venezuela para que participe en reunión del Directorio de la Corpora- ción Andina de Fomento RESOLUCION SUPREMA N” 722-98-PCM Lima, 1 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el 3 de diciembre de 1998 se llevará a cabo la XCIX Reunión de Directorio de la Corporación Andina de Fomento en la ciudad de Caracas, Venezuela; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del ingeniero Gustavo Caillaux Zazzali, Ministro de Industria, Tu- rismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les, quien actsí a como Presidente del Directorio de la Corpora- ción Andina de Fomento; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por la Corporación Andina de Fomento; De conformidad con el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Supremos N” 053-84-PCM , N” 074-85-PCM , N” 031-89-I?F y N” 135-90-I’CM; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar al Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, ingenie- ro Gustavo Caillaux Zazzali, a viajar del 2 al 3 de diciembre de 1998, ala ciudad de Caracas, Venezuela, en misión oficial, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos por concepto de Tarifa Corpac, ascendentes a US$ 25,OO (veinticinco y OO/10 0 Dólares Ameri- canos) serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Artículo 3”.- La presente resolucró n no da derecho a exone- ración de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la RepúblicaALBERTO PANDOLFI ARBULUPresidente del Consejo de Ministros GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 14114 Encargan la Cartera del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internaciona- les al Ministro de Pesquería SOiiiVARE JURIDICO A LA VANGUARDIA DE LA INFORMATICA JUÜIDICA NACIONAL l Con historial de modificatorias que le permite conocer la situación de la norma: vigencia, derogación, sustitución, etc. LABORAL l Sistema de fácil manejo, con acceso a diversas voces y con Jurisprudencia opciones de búsqueda. l CODEOS Concordados. f. l Normatividad más completa con Legislación desde 1985 y Leye sImportantes desde 1942. Los Pinos 515 San Isidro, Telfs: 22%2600 I221*2!M fax: 2214f99 :Jr, Orbegxo 338 Tek 241418 1257509 Fax: 256Oil TRUJILLO , E-mail: enlsa@nail.cosapidata.com.pe 1